Acuerdo por el que se designa al Titular de la Unidad encargada del Control y Vigilancia de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, así como a los Titulares de las Áreas de Auditoría, Quejas y Responsabilidades de esa Comisión

Fecha de disposición20 Abril 2015
Fecha de publicación20 Abril 2015
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se designa al Titular de la Unidad encargada del Control y Vigilancia de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, así como a los Titulares de las Áreas de Auditoría, Quejas y Responsabilidades de esa Comisión. VIRGILIO ANDRADE MARTÍNEZ, Secretario de la Función Pública, con fundamento en los artículos 37, fracciones I, VIII y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en relación con el Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013; 62 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 37 del Reglamento de la Ley General de Atención a Víctimas; 6, fracción XVIII, 79 y 80 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y

CONSIDERANDO

Que la Ley General de Víctimas publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 2013, establece al Sistema Nacional de Atención a Víctimas como una instancia de coordinación y formulación de políticas públicas que tiene por objeto proponer, establecer y supervisar las directrices, servicios, programas, proyectos, acciones institucionales e interinstitucionales, y demás que se implementen para la protección, la ayuda, la asistencia, la atención, el acceso a la justicia, a la verdad y a la reparación integral a las víctimas, en los ámbitos local, federal y municipal;

Que de conformidad con el ordenamiento antes referido y su Reglamento, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas es el órgano operativo del Sistema Nacional de Atención a Víctimas, con carácter de organismo descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, autonomía técnica y de gestión, la cual estará a cargo, entre otros aspectos, de garantizar el acceso a los servicios multidisciplinarios y especializados que el Estado proporcionará a las víctimas de delitos o por violación a sus derechos humanos para lograr su reincorporación a la vida social;

Que de conformidad con lo previsto por el artículo 37 del Reglamento de la Ley General de Víctimas, la citada Comisión cuenta con un Comisario Público y con una unidad encargada del control y vigilancia, cuyos Titulares son designados en los términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y ejercen las facultades que les confiere dicho ordenamiento, así como la Ley Federal de las Entidades...

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