Acuerdo por el que se designa al Titular de la Unidad encargada del Control y Vigilancia de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, así como a los Titulares de las Áreas de Auditoría, Quejas y Responsabilidades de esa Comisión
Fecha de disposición | 20 Abril 2015 |
Fecha de publicación | 20 Abril 2015 |
Emisor | SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
ACUERDO por el que se designa al Titular de la Unidad encargada del Control y Vigilancia de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, así como a los Titulares de las Áreas de Auditoría, Quejas y Responsabilidades de esa Comisión. VIRGILIO ANDRADE MARTÍNEZ, Secretario de la Función Pública, con fundamento en los artículos 37, fracciones I, VIII y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en relación con el Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013; 62 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 37 del Reglamento de la Ley General de Atención a Víctimas; 6, fracción XVIII, 79 y 80 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y
CONSIDERANDO
Que la Ley General de Víctimas publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 2013, establece al Sistema Nacional de Atención a Víctimas como una instancia de coordinación y formulación de políticas públicas que tiene por objeto proponer, establecer y supervisar las directrices, servicios, programas, proyectos, acciones institucionales e interinstitucionales, y demás que se implementen para la protección, la ayuda, la asistencia, la atención, el acceso a la justicia, a la verdad y a la reparación integral a las víctimas, en los ámbitos local, federal y municipal;
Que de conformidad con el ordenamiento antes referido y su Reglamento, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas es el órgano operativo del Sistema Nacional de Atención a Víctimas, con carácter de organismo descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, autonomía técnica y de gestión, la cual estará a cargo, entre otros aspectos, de garantizar el acceso a los servicios multidisciplinarios y especializados que el Estado proporcionará a las víctimas de delitos o por violación a sus derechos humanos para lograr su reincorporación a la vida social;
Que de conformidad con lo previsto por el artículo 37 del Reglamento de la Ley General de Víctimas, la citada Comisión cuenta con un Comisario Público y con una unidad encargada del control y vigilancia, cuyos Titulares son designados en los términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y ejercen las facultades que les confiere dicho ordenamiento, así como la Ley Federal de las Entidades...
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