Acuerdo que desincorpora del régimen de dominio público de la Federación una fracción de terreno, localizada en el Municipio de Chimalhuacán, Estado de México y se autoriza su donación a favor de la empresa Paramunicipal de Participación Mayoritaria denominada Desarrollos de Infraestructura Sustentable Nuevo Chimalhuacán, S.A. de C.V.

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EmisorSecretaría de la Función Pública

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública. JAVIER VARGAS ZEMPOALTECATL, Subsecretario de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas, en ausencia del Secretario de la Función Pública, con fundamento en los artículos 37, fracción XXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 29 fracciones II y VI, 84 fracción X y 95, de la Ley General de Bienes Nacionales y 1, 7, fracción XII y 86 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, en relación con el Tercero Transitorio del Decreto por el que se reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en Materia de Control Interno del Ejecutivo Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016, y

CONSIDERANDO

PRIMERO.- Que dentro de los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación se encuentra una fracción de terreno con superficie de 150-00-00.134 hectáreas, que forma parte de un inmueble de mayor extensión con superficie total de 735-25-09.423 hectáreas, denominado "El Moño o Los Tlateles", ubicado en la avenida Bordo de Xochiaca sin número, Municipio de Chimalhuacán, Estado de México;

SEGUNDO.- Que la propiedad del inmueble de mayor extensión, del que forma parte la fracción de terreno a que se refiere el Considerando precedente, se acredita con el contrato de donación de fecha 26 de noviembre de 2015, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Inmobiliaria Federal, bajo el folio real número 146309 de fecha 2 de diciembre de 2015, con las medidas, colindancias y datos de localización que se consignan en el plano número SC-477-2016, elaborado en julio de 2012 por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de la Función Pública, registrado y certificado por la Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria, unidad administrativa de dicho Instituto;

TERCERO.- Que no existe diferencia entre la superficie señalada en el plano topográfico mencionado, y la consignada en el contrato a que se refiere el Considerando Segundo de este ordenamiento, en virtud de tratarse de una fracción de terreno;

CUARTO.- Que la documentación legal y técnica que sustenta la situación jurídica y administrativa del inmueble, así como del presente Acuerdo de desincorporación, obra en el expediente número CEDOC 15-14287-1 integrado por el...

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