Acuerdo por el que se desincorpora del Sistema Penitenciario Federal el Centro Federal de Readaptación Social número 2 'Occidente'.

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EmisorSecretaria de Seguridad y Proteccion Ciudadana

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana. FRANCISCO ALFONSO DURAZO MONTAÑO, Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción I, 26 y 30 Bis fracciones IX y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, fracción III y 14 de la Ley Nacional de Ejecución Penal; 3, apartado C, fracción IV, 6 fracción II, XI y XII, 53 y 54 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; 8, fracción II del Reglamento del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, así como 6, fracción II, del Reglamento de los Centros Federales de Readaptación Social, y

CONSIDERANDO

Que el párrafo tercero del artículo de la Constitución Política de los Estados Mexicanos establece que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad

Que el artículo 21, párrafo noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, prevé que la seguridad pública es una función del Estado a cargo de la Federación, de las entidades federativas y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos, la investigación y su persecución; así como la sanción de las infracciones administrativas, en términos de la ley;

Que en el artículo 6, fracción II del Reglamento de los Centros Federales de Readaptación Social, establece que el Centro Federal de Readaptación Social número 2 "Occidente" ubicado en el Complejo Metropolitano de Puente Grande, Jalisco, es un integrante del Sistema Penitenciario Federal;

Que el Plan Nacional de Desarrollo en su objetivo número 7, señala que la Recuperación y Dignificación de las Cárceles, precisando la necesidad de que las instalaciones penitenciarias cuenten con la infraestructura, recursos humanos y materiales suficientes para atender a la población penitenciaria que se alberga en los centros penitenciarios federales;

Que es necesario generar acciones para la modernización y reingeniería en materia penitenciaria, privilegiando lo establecido en el artículo 18 de nuestra Carta Magna que señala que el sistema penitenciario se...

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