Acuerdo por el que se destina al servicio del Ayuntamiento de La Huerta, Jalisco, la superficie de 5,550.39 metros cuadrados de zona federal marítimo terrestre, ubicada en el Estero de los Leones, Punta Pérula, Municipio de La Huerta, Jalisco, para uso de protección

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EmisorSecretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. RAFAEL PACCHIANO ALAMÁN, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción II, 6 fracción II, 7 fracción V, 9, 13, 42 fracción XIII, 59 fracción IV, 61, 62, 66, 68, 69, 70 y 71 de la Ley General de Bienes Nacionales; 5, 6, 22, 23 y 35 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar; 4, 5 fracción XXV y 31 fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y

CONSIDERANDO

Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación, se encuentra una superficie de 5,550.39 m2 de zona federal marítimo terrestre, ubicada en el Estero de Los Leones, Punta Pérula, Municipio de La Huerta, Estado de Jalisco, la cual se identifica en el plano con clave DDPIF/JAL/2007/02, de fecha enero de 2014, hoja 6 de 34, que cumple con la delimitación oficial con clave DDPIF/JAL/2007/02, de fecha de julio de 2007, escala 1:2,000, hoja 6 de 34, basado en un sistema de coordenadas UTM, zona 13, con un Datum de referencia WGS84, el que obra en el expediente 953/JAL/2014 del archivo de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, cuya descripción técnico-topográfica está señalada en el artículo primero de este Acuerdo.

Que con fecha 12 de mayo de 2014, se recibió la solicitud del Ayuntamiento de La Huerta, Jalisco, para que se le destine la superficie descrita en el considerando anterior, para uso de protección.

Que mediante oficio No. 080/2014, de fecha 6 de marzo de 2014, el Presidente Municipal de La Huerta, Estado de Jalisco, emitió constancia que acredita la compatibilidad del uso del suelo para la solicitud de destino a que se refiere el considerando anterior.

Que la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, mediante las opiniones técnicas No. SGPA-DGZFMTAC-DDPIF-043/15 de fecha 08 de abril de 2015, de la Dirección de Delimitación, Padrón e Instrumentos Fiscales, y la No. SGPA-DGZFMTAC-DMIAC-593/15 del 25 de mayo de 2015, de la Dirección de Manejo Integral de Ambientes Costeros, determinó que la solicitud realizada por el Ayuntamiento de La Huerta, Jalisco, cumple técnica y ambientalmente con los requerimientos establecidos en la normatividad vigente.

Que en virtud de que la solicitud realizada por el Ayuntamiento de La Huerta, Jalisco, conforme al artículo 22 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar y con base en las disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales, ha integrado debidamente su solicitud de destino, y siendo propósito del Ejecutivo Federal dar el óptimo aprovechamiento al patrimonio inmobiliario federal, dotando...

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