Acuerdo por el que se destina al servicio de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, la superficie de 6,987.43 metros cuadrados de zona federal marítimo terrestre, ubicada en Playa Miramar, Cabo Pulmo, Municipio de Los Cabos, Estado de Baja California Sur, para uso de protección, vigilancia de los recursos naturales, atención y prevención de contingencias ambientales, de restauración ecológica, saneamiento, recuperación de especies protegidas y actividades de cultura ambiental
Fecha de disposición | 26 Febrero 2016 |
Fecha de publicación | 26 Febrero 2016 |
Emisor | SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES |
Sección | CUARTA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. RAFAEL PACCHIANO ALAMÁN, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción II, 6 fracción II, 7 fracción V, 9, 13, 42 fracción XIII, 59 fracción III, 61, 62, 66, 68, 69, 70 y 71 de la Ley General de Bienes Nacionales; 5, 6, 22, 23 y 35 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar; 4, 5 fracción XXV y 31 fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y
CONSIDERANDO
Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación, se encuentra una superficie de 6,987.43 m2 de zona federal marítimo terrestre, ubicada en Playa Miramar, Cabo Pulmo, Municipio de Los Cabos, Estado de Baja California Sur, la cual se identifica en el plano de levantamiento topográfico con clave No. PNCBOPULMO/01/02/11, de fecha mayo de 2013, que cumple con la delimitación oficial con clave No. DDPIF/BCS/2012/05, de julio de 2012, escala 1:2,000, basado en un sistema de coordenadas UTM, Zona 12, proyectadas en WGS84 y que obra en el expediente 381/BCS/2012 del archivo de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, cuya descripción técnico-topográfica está señalada en el artículo primero de este Acuerdo.
Que el C. Titular de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, mediante solicitud recibida con fecha 21 de mayo de 2013, pidió se le destine la superficie descrita en el considerando anterior, para uso de protección, vigilancia de los recursos naturales, atención y prevención de contingencias ambientales, de restauración ecológica, saneamiento, recuperación de especies protegidas y actividades de cultura ambiental.
Que mediante oficio No. US/341/PU/2011 de fecha 19 de septiembre de 2011, la Dirección General de Planeación y Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de Los Cabos, Baja California Sur, emitió constancia que acredita la compatibilidad del uso del suelo para la superficie solicitada en destino por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas.
Que la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, emitió las opiniones técnicas No. SGPA-DGZFMTAC-DMIAC-132/13 de fecha 12 de febrero de 2013, por la Dirección de Manejo Integral de Ambientes Costeros, y la N° SGPA-DGZFMTAC-DDPIF-556/13 de fecha 10 de julio de 2013, de la Dirección de Delimitación, Padrón e Instrumentos Fiscales, por lo que determinó que la solicitud realizada por la Comisión...
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