Acuerdo por el que se destina al servicio de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, la superficie de 5,627.99 metros cuadrados de zona federal marítimo terrestre, ubicada en Barra del Tordo, Playa Dos de Aldama, Municipio de Aldama, Estado de Tamaulipas, para uso de protección de las especies de tortuga marina lora y verde, recorridos de vigilancia, manejo de nidadas, instalaciones temporal de viveros o corrales de incubación

Fecha de disposición26 Febrero 2016
Fecha de publicación26 Febrero 2016
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónCUARTA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. RAFAEL PACCHIANO ALAMÁN, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción II, 6 fracción II, 7 fracción V, 9, 13, 42 fracción XIII, 59 fracción III, 61, 62, 66, 68, 69, 70 y 71 de la Ley General de Bienes Nacionales; 5, 6, 22, 23 y 35 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar; 4, 5 fracción XXV y 31 fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y

CONSIDERANDO

Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación, se encuentra una superficie de 5,627.99 m2 de zona federal marítimo terrestre, ubicada en el lugar conocido como Barra del Tordo, Playa Dos de Aldama, Municipio de Aldama, Estado de Tamaulipas, la cual se identifica en el plano de levantamiento topográfico con No. RPBRRTORDO/12/001/12, de fecha julio de 2012, que cumple con la delimitación oficial con clave No. Dd_tam-2006_04, de fecha 9 de julio de 2006, escala 1:2,000, basado en un sistema de coordenadas UTM, Zona 14, proyectadas en WGS84, y que obra en el expediente 1473/TAMPS/2012 del archivo de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, cuya descripción técnico-topográfica está señalada en el artículo primero de este Acuerdo.

Que el C. Titular de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, mediante solicitud recibida con fecha 5 de septiembre de 2012, pidió se le destine la superficie descrita en el considerando anterior, para uso de protección de las especies de tortuga marina lora y verde, recorridos de vigilancia, manejo de nidadas, instalaciones temporal de viveros o corrales de incubación.

Que mediante oficio No. 115/12 de fecha 24 de abril de 2012, el Presidente Municipal de Aldama, Tamaulipas, emitió constancia que acredita la compatibilidad del uso del suelo para la superficie solicitada en destino por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas.

Que la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, emitió las opiniones técnicas No. SGPA-DGZFMTAC-DMIAC-1406/12 de fecha 11 de diciembre de 2012, por la Dirección de Manejo Integral de Ambientes Costeros, y la No. SGPA-DGZFMTAC-DDPIF-635/13 de 25 de septiembre de 2013, de la Dirección de Delimitación, Padrón e Instrumentos Fiscales, por lo que determinó que la solicitud realizada por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, cumple técnica y...

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