Acuerdo por el que se destina al servicio de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, la superficie de 15,610.70 metros cuadrados de zona federal marítimo terrestre, ubicada en Playa Arroyo Los Tesos, Cabo Pulmo, Municipio de Los Cabos, Estado de Baja California Sur, para uso de protección, vigilancia, atención y prevención de contingencias ambientales, de restauración ecológica, saneamiento, recuperación de especies protegidas, actividades de cultura ambiental, difusión y capacitación

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EmisorSecretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. RAFAEL PACCHIANO ALAMÁN, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción II, 6, fracción II, 7 fracción V, 9, 13, 42 fracción XIII, 59 fracción III, 61, 62, 66, 68, 69, 70 y 71 de la Ley General de Bienes Nacionales; 5, 6, 22, 23 y 35 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar; 4, 5 fracción XXV y 31 fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y

CONSIDERANDO

Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación, se encuentra una superficie de 15,610.70 m2 de zona federal marítimo terrestre, ubicada en Playa Arroyo Los Tesos, Cabo Pulmo, Municipio de Los Cabos, Estado de Baja California Sur, la cual se identifica en el plano de levantamiento topográfico con clave No. PNCBOPULMO/01/01/11, hoja 1 de 1, de fecha octubre de 2013, escala 1:2,000, basado en un sistema de coordenadas UTM, proyectadas en WGS84, y que obra en el expediente 380/BCS/2012 del archivo de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, cuya descripción técnico-topográfica está señalada en el artículo primero de este Acuerdo.

Que el C. Titular de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, mediante solicitud recibida con fecha 14 de diciembre de 2011, pidió se le destine la superficie descrita en el considerando anterior, para uso de protección, vigilancia, atención y prevención de contingencias ambientales, de restauración ecológica, saneamiento, recuperación de especies protegidas, actividades de cultura ambiental, difusión y capacitación.

Que mediante oficio No. US/226/PU/2011 de fecha 4 de julio de 2011, la Dirección General de Planeación y Desarrollo Urbano del H. Ayuntamiento de Los Cabos, Estado de Baja California Sur, emitió constancia que acredita la compatibilidad del uso del suelo para la superficie solicitada en destino por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas.

Que la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, emitió las opiniones técnicas No. SGPA-DGZFMTAC-DMIAC-33/13 de fecha 22 de enero del 2013, por la Dirección de Manejo Integral de Ambientes Costeros, y la No. SGPA-DGZFMTAC-DDPIF-120/14 de fecha 15 de mayo de 2014, de la Dirección de Delimitación, Padrón e Instrumentos Fiscales, por lo que determinó que la solicitud realizada por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, cumple técnica y ambientalmente con los requerimientos establecidos en la normatividad vigente.

Que en virtud de que la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, conforme al artículo 22 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar y con base en las disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales, ha integrado debidamente su solicitud de destino, y siendo propósito del Ejecutivo Federal dar el óptimo aprovechamiento al patrimonio inmobiliario federal, dotando en la medida de lo posible a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal con los inmuebles que requieran para la atención de los servicios públicos a su cargo, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

ARTÍCULO PRIMERO

Se destina al servicio de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, la superficie de 15,610.70 m2 de zona federal marítimo terrestre, ubicada en Playa Arroyo Los Tesos, Cabo Pulmo, Municipio de Los Cabos, Estado de Baja California Sur, para uso de protección, vigilancia, atención y prevención de contingencias ambientales, de restauración ecológica, saneamiento, recuperación de especies protegidas, actividades de cultura ambiental, difusión y capacitación, cuya descripción técnico-topográfica es la siguiente:

Cuadro de coordenadas de zona federal marítimo terrestre polígono 1

V
COORDENADAS
Y
X
PM1
2600683.6400
655753.5158
PM2
2600695.8910
655770.5193
PM3
2600714.3470
655796.1360
PM4
2600714.5640
655816.8963
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