Acuerdo por el que se destina al servicio de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, la superficie de 18,704.728 metros cuadrados de zona federal marítimo terrestre, ubicada en Cabo Pulmo, Municipio de Los Cabos, Estado de Baja California Sur, para uso de protección

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EmisorSecretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. RAFAEL PACCHIANO ALAMÁN, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción II, 6 fracción II, 7 fracción V, 9, 13, 42 fracción XIII, 59 fracción III, 61, 62, 66, 68, 69, 70 y 71 de la Ley General de Bienes Nacionales; 5, 6, 22, 23 y 35 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar; 4, 5 fracción XXV y 31 fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y

CONSIDERANDO

Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación, se encuentra una superficie de 18,704.728 m2 de zona federal marítimo terrestre, ubicada en Cabo Pulmo, Municipio de Los Cabos, Estado de Baja California Sur, la cual se identifica en el plano de levantamiento topográfico con clave No. PNCBOPULMO/01/05/11, de fecha octubre de 2013, que cumple con la delimitación oficial con clave No. DDPIF/BCS/2012/05 de fecha julio de 2012, elaborado a escala 1:2,000, que consta de 16 planos, basado en un sistema de coordenadas UTM, Zona 12, con un Datum de referencia WGS84, y que obra en el expediente 384/BCS/2012 del archivo de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, cuya descripción técnico-topográfica está señalada en el artículo primero de este Acuerdo.

Que el C. Titular de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, mediante solicitud recibida con fecha 14 de diciembre del 2011, pidió se le destine la superficie descrita en el considerando anterior, para uso de protección.

Que mediante oficio No. US/344/PU/2011 de fecha 19 de septiembre de 2011, la Dirección General de Planeación y Desarrollo Urbano del H. Ayuntamiento de Los Cabos, Estado de Baja California Sur, emitió constancia que acredita la compatibilidad del uso del suelo para la superficie solicitada en destino por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas.

Que la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, emitió las opiniones técnicas No. SGPA-DGZFMTAC-DMIAC-35/13 de fecha 22 de enero del 2013, por la Dirección de Manejo Integral de Ambientes Costeros, y la No. SGPA-DGZFMTAC-DDPIF-084/15 de fecha 30 de septiembre de 2015, de la Dirección de Delimitación, Padrón e Instrumentos Fiscales, por lo que determinó que la solicitud realizada por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, cumple técnica y ambientalmente con los requerimientos establecidos en la normatividad vigente.

Que en virtud de que la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, conforme al artículo 22 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar y con base en las disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales, ha integrado debidamente su solicitud de destino, y siendo propósito del Ejecutivo Federal dar el óptimo aprovechamiento al patrimonio inmobiliario federal, dotando en la medida de lo posible a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal con los inmuebles que requieran para la atención de los servicios públicos a su cargo, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

ARTÍCULO PRIMERO

Se destina al servicio de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, la superficie de 18,704.728 m2 de zona federal marítimo terrestre, ubicada en Cabo Pulmo, Municipio de Los Cabos, Estado de Baja California Sur, para uso de protección, cuya descripción técnico-topográfica es la siguiente:

Cuadro de coordenadas de zona federal marítimo terrestre, polígono 1

V
COORDENADAS
X
Y
zf1
660696.3565
2592694.6117
zf2
660696.6630
2592692.6380
zf3
660696.9250
2592680.2880
zf4
660698.1570
2592659.0390
zf5
660702.4460
2592645.2480
zf6
660706.9520
2592630.7640
zf7
660726.5560
2592635.0770
zf8
660721.5440
2592651.1890
zf9
660717.2550
2592664.9790
zf10
660716.9280
2592680.3540
zf11
660716.6460
2592693.6355

Cuadro de coordenadas de zona federal marítimo terrestre, polígono 2

V
COORDENADAS
X
Y
zf12
660684.8471
2592834.2791
zf13
660666.3879
2592828.2730
zf14
660669.8340
2592815.7810
zf15
660674.5660
2592797.1670
zf16
660682.8310
2592769.5730
zf17
660685.7788
2592756.8846
zf18
660706.5432
2592755.8856
zf19
660702.1670
2592774.7240
zf20
660693.7560
2592802.6680
zf21
660689.0630
2592821.3220

Cuadro de coordenadas de zona federal marítimo terrestre, polígono 3

V
COORDENADAS
X
Y
zf22
660653.4120
2592934.5210
zf24
660647.0200
2592965.4890
zf25
660642.5670
2592986.6650
zf26
660642.4530
2593000.3800
zf27
660639.4950
2593025.5480

zf28
660638.7850
2593043.2970
zf29
660639.1490
2593057.0120
zf30
660641.2110
2593070.9930
zf31
660640.0330
2593091.2630
zf32
660642.6720
2593123.7440
zf33
660650.1800
2593154.4780
zf34
660652.1130
2593172.4720
zf35
660658.6580
2593213.1120
zf36
660673.7350
2593238.7500
zf37
660679.6180
2593260.2190
zf38
660687.2290
2593276.8180
zf39
660689.0280
2593284.1520
zf40
660696.4240
2593297.5870
zf41
660704.3110
2593320.2890
zf42
660711.2250
2593346.0060
zf43
660716.4360
2593369.9400
zf44
660720.5670
2593393.6060
zf45
660725.3170
2593414.4080
zf46
660730.9260
2593449.9490
zf47
660738.8820
2593480.8430
zf48
660749.5090
2593519.8350
zf49
660764.0820
2593558.3980
zf50
660782.8400
2593599.1...

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