Acuerdo por el que se destina al servicio de la Empresa Productiva Subsidiaria denominada CFE Generación III, la superficie de 161,064.61 metros cuadrados de zona federal marítimo terrestre del estero y terrenos ganados al estero, así como las obras existentes en la misma, ubicada en el estero La Sirena, Municipio de Mazatlán, Estado de Sinaloa, para uso de operación de parte de las instalaciones de la Central Termoeléctrica José Aceves Pozos.

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EmisorSecretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. RAFAEL PACCHIANO ALAMÁN, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción II, 6, fracciones II y IX, 7 fracción V, 9, 13, 42 fracción XIII, 59 fracción III, 61, 62, 66, 68, 69, 70 y 71 de la Ley General de Bienes Nacionales; 5, 6, 22, 23 y 35 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar; 4, 5 fracción XXV y 31 fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y

CONSIDERANDO

Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación, se encuentra una superficie 161,064.61 m2 de zona federal marítimo terrestre del estero y terrenos ganados al estero, así como las obras existentes en la misma, ubicada en el estero La Sirena, Municipio de Mazatlán, Estado de Sinaloa, la cual se identifica en el plano de levantamiento topográfico con clave No. ZFMTGMCFEMZ031013-01 elaborado a escala 1:1250, de fecha octubre de 2013, acorde con la delimitación oficial con clave No. 25012/2017/03 de fecha abril de 2017, elaborado a escala 1:2,000, Sistema de Coordenadas UTM, zona 12, Datum WGS-84, elaborada por la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, que obra en el expediente 630/SIN/2014 del archivo de la mencionada Dirección General, cuya descripción técnico-topográfica está señalada en el artículo primero de este Acuerdo.

Que la Comisión Federal de Electricidad, entonces en su carácter de organismo público descentralizado, mediante solicitud recibida con fecha 20 de mayo de 2014, pidió se le destine la superficie descrita en el considerando anterior, para continuar con la operación de parte de las instalaciones de la Central Termoeléctrica José Aceves Pozos, iniciada desde el 11 de noviembre de 1976.

Que en virtud de la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia energética, que transformó a la Comisión Federal de Electricidad en Empresa Productiva del Estado, mediante oficio No. CFE-GENERACIÓN III-139/2018 de 13 de febrero de 2018, el Director General de CFE Generación III, Empresa Productiva Subsidiaria, ratificó la solicitud descrita en el párrafo precedente, para que la superficie de zona federal marítimo terrestre del estero y terrenos ganados al estero, se destine al servicio de la actual Empresa Productiva Subsidiaria denominada CFE Generación III.

Que mediante oficio No. 012/14 de fecha 24 de enero de 2014, la Dirección de Planeación del Desarrollo Urbano Sustentable del Municipio de Mazatlán, Estado de Sinaloa, emitió constancia que acredita la compatibilidad del uso del suelo para la superficie solicitada en destino por la Comisión Federal de Electricidad.

Que mediante oficio SG/145/2.1.1/0011/10.-43 de fecha 13 de enero de 2010, la Delegación Federal de esta Secretaría en el Estado de Sinaloa, emitió resolución en materia de impacto ambiental, mediante la cual exenta de la presentación de la manifestación de impacto ambiental para el "Proyecto Regularización para la solicitud de destino a favor de la Comisión Federal de Electricidad, Central Termoeléctrica José Aceves Pozos".

Que la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, emitió las opiniones técnicas No. SGPA-DGZFMTAC-DDPIF-98/17 de fecha 14 de noviembre de 2017, de la Dirección de Delimitación, Padrón e Instrumentos Fiscales, y la No. SGPA-DGZFMTAC-DMIAC-1088/2017 de fecha 11 de diciembre de 2017, por la Dirección de Manejo Integral de Ambientes Costeros, por lo que determinó que la solicitud realizada por la Empresa Productiva Subsidiaria denominada CFE Generación III, cumple técnica y ambientalmente con los requerimientos establecidos en la normatividad vigente.

Que en virtud de que la Empresa Productiva Subsidiaria denominada CFE Generación III, conforme al artículo 22 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar y con base en las disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales, ha integrado debidamente su solicitud de destino, y siendo propósito del Ejecutivo Federal dar el óptimo aprovechamiento al patrimonio inmobiliario federal, dotando en la medida de lo posible a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal con los inmuebles que requieran para la atención de los servicios públicos a su cargo, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

ARTÍCULO PRIMERO

Se destina al servicio de la Empresa Productiva Subsidiaria denominada CFE

Generación III, la superficie de 161,064.61 m2 de zona federal marítimo terrestre del estero y terrenos ganados al estero, así como las obras existentes en la misma, ubicada en el estero La Sirena, Municipio de Mazatlán, Estado de Sinaloa, para uso de operación de parte de las instalaciones de la Central Termoeléctrica José Aceves Pozos, cuya descripción técnico-topográfica es la siguiente:

Cuadro de coordenadas de zona federal marítimo terrestre del estero

V
COORDENADAS
X
Y
ZF32
360922.4741
2564989.6040
ZF31
360939.3768
2565000.2449
ZF30
360965.8950
2565012.3560
ZF29
360999.8949
2565003.3155
ZF28
361017.1173
2564995.2594
ZF27
361034.3835
2565006.5218
ZF26
361070.4166
2565014.1819
ZF25
361096.2355
2564892.7301
ZF24
361107.3835
2565017.1989
ZF23
361114.7200
2565114.9430
ZF22
361150.0946
2565169.2310
ZF21
361220.2810
2565106.9705
ZF20
361214.0648
2565101.2090
ZF19
361280.2566
2565042.5308
ZF18
361251.6692
2565018.5971
ZF17
361241.4043
2564889.3338
ZF16
361258.7681
2564888.6951
ZF15
361267.9910
2564884.7136
ZF14
361283.3132
2564895.5890
ZF13
361324.1444
2564876.5534
ZF12
361336.2481
2564863.7060
ZF11
361430.2775
2564792.4403
ZF10
361524.6421
2564796.7143
ZF9
361539.5730
2564791.3857
ZF8
361544.4168
2564785.8028
ZF7
361666.0178
2564931.7511
ZF6
361675.9666
2564934.1974
ZF5
361677.1350
2564944.3264
ZF4
361687.1622
2564963.0278
ZF3
361734.6002
2565019.7617
ZF2
361817.9521
2565120.2264
ZF1
361851.5505
2565115.7811
ZF0
361863.1247
2565105.8212
PM1
361854.0502
2565095.2760
PM2
361826.2866
2565098.9494
PM3
361749.9679
2565006.9619
PM4
361703.8200
2564951.7709
PM5
361696.5657
2564938.2411
PM6
361694.5112
2564920.4309
PM7
361693.1329
2564919.0979
PM8
361684.9526
2564915.8113
PM9
361677.1761
2564913.8991
PM10
361551.6761
2564763.2712
PM11
361547.9574
2564758.7576
PM12
361543.4733
2564757.0302
PM13
361538.2069
2564755.1048
PM14
361535.2893
2564756.4563
PM15
361532.0367
2564761.6994
PM16
361531.3529
2564770.3415
PM17
361527.9065
2564774.3138
PM18
361521.6211
2564776.5570
PM19
361423.9594
2564772.1336

PM20
361322.8363
2564848.7757
PM21
361312.2173
2564860.0472
PM22
361285.4043
2564872.5474
PM23
361270.3929
2564861.8926
PM24
361254.2847
2564868.8465
PM25
361245.8637
2564869.1562
PM26
361237.6296
2564815.1842
PM27
361233.7349
2564807.3741
PM28
361222.0259
2564807.5918
PM29
361215.3620
2564814.0382
PM30
361232.3963
2565028.5454
PM31
361249.6184
2565042.9640
PM32
361212.7920
2565075.6101
PM33
361182.4632
2565049.6546
PM34
361161.6033
2564818.2971
PM35
361142.8549
2564817.2817
PM36
361139.0143
2564822.5637
PM37
361163.8557
2565081.9415
PM38
361184.2875
2565100.8790
PM39
361190.5090
2565106.6455
PM40
361154.1823
2565138.8699
PM41
361134.2796
2565108.3261
PM42
361127.3166
2565015.5583
PM43
361110.7915
2564831.0532
PM44
361105.6022
2564824.7413
PM45
361102.6405
2564820.2932
PM46
361092.9920
2564826.5645
PM47
361087.2986
2564844.8288
PM48
361077.7156
2564883.6654
PM49
361055.0126
2564990.4603
PM50
361042.1882
2564987.7341
PM51
361018.7232
2564972.4283
PM52
360993.0341
2564984.4448
PM53
360967.6832
2564991.1856
PM54
360948.9011
2564982.6075
PM55
360933.1291
2564972.6786
ZF32
360922.4741
2564989.6040

Superficie: 44,494.05

Cuadro de coordenadas de terrenos ganados al estero, polígono 1

V
COORDENADAS
X
Y
TGM1
360943.7386
2565081.3436
TGM2
360947.5435
2565082.5492
TGM3
360952.7118
2565085.7556
TGM4
360957.4379
2565088.5046
TGM5
360961.3736
2565092.1780
TGM6
360965.1444
2565097....

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