Acuerdo por el que se destina al servicio del Municipio de Puerto Vallarta, Estado de Jalisco, la superficie de 90.373 metros cuadrados de zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar, ubicada en calle Abedul, colonia Emiliano Zapata, para uso de protección, a fin de mantener la bocacalle libre de obstrucciones y así garantizar el libre tránsito.

Fecha de disposición04 Octubre 2018
Fecha de publicación04 Octubre 2018
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. RAFAEL PACCHIANO ALAMÁN, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción II, 6 fracciones II y IX, 7 fracción V, 9, 13, 42 fracción XIII, 59 fracción IV, 61, 62, 66, 68, 69, 70 y 71 de la Ley General de Bienes Nacionales; 5, 6, 22, 23 y 35 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar; 4, 5 fracción XXV y 31 fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y

CONSIDERANDO

Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación, se encuentra una superficie de 90.373 m2 de zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar, ubicada en calle Abedul, colonia Emiliano Zapata, municipio de Puerto Vallarta, Estado de Jalisco, la cual se identifica en el plano de levantamiento topográfico con clave No. 14067/2016/01, hoja 16/38, de fecha septiembre de 2016, a escala 1:200, el cual se ajusta a la delimitación oficial con clave 14067/2016/01, elaborada en septiembre de 2016, a escala 1:1,000, zona UTM 13, con un Datum de referencia WGS84 y que obra en el expediente 759/JAL/2015 del archivo de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, cuya descripción técnico-topográfica está señalada en el artículo primero de este Acuerdo.

Que el Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, mediante solicitud recibida con fecha 20 de julio de 2015, pidió se le destine la superficie descrita en el considerando anterior, para uso de protección, a fin de mantener la bocacalle libre de obstrucciones y así garantizar el libre tránsito.

Que mediante oficio No. 2603/15 de fecha 29 de mayo de 2015, la Dirección General de Ecología y Ordenamiento Territorial del Ayuntamiento de Puerto Vallarta, Estado de Jalisco, emitió constancia que acredita la compatibilidad del uso del suelo para la superficie solicitada en destino.

Que la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, emitió las opiniones...

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