Acuerdo por el que se determina la circunscripción territorial de las Direcciones Generales Adjuntas Regionales y de las Delegaciones Estatales de la Secretaría de Gobernación

Fecha de disposición04 Febrero 2016
Fecha de publicación04 Febrero 2016
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. MIGUEL ÁNGEL OSORIO CHONG, Secretario de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 12, 17 Bis, 26, 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 2, apartado B, fracción XVIII-A, 4, 5, fracción XXXIX Bis, 12-A, 12-B y 12-C del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013, prevé como metas nacionales México en Paz; México Incluyente, y México con Responsabilidad Global, las cuales tienen por objeto, entre otros, fortalecer la gobernabilidad democrática, mejorar las condiciones de seguridad y justicia, promover los derechos humanos, desarrollar las políticas de población y migración, y fortalecer la protección civil;

Que el Programa Sectorial de Gobernación 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2013, establece como objetivo promover y fortalecer la gobernabilidad democrática, mediante el impulso de un federalismo articulado que promueva una mayor coordinación y corresponsabilidad entre los tres órdenes de gobierno;

Que, de conformidad con lo previsto por el artículo 17 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de acuerdo a lo establecido en los reglamentos interiores pueden contar con delegaciones en las entidades federativas o, en su caso, en regiones geográficas que abarquen más de una entidad federativa, siempre y cuando sea indispensable para prestar servicios o realizar trámites en cumplimiento de los programas a su cargo;

Que, con base en lo establecido por el artículo 3 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, esta dependencia planea y conduce sus actividades con sujeción a lo dispuesto en los instrumentos emitidos en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática y con base en las políticas que para el logro de los objetivos y prioridades del desarrollo nacional determine el Titular del Ejecutivo Federal;

Que, de conformidad con el artículo 12-B del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, corresponde a las Direcciones Generales Adjuntas Regionales, coordinar las acciones que realizan las Delegaciones Estatales de la Secretaría dentro de su circunscripción territorial para fortalecer y desarrollar las relaciones del Poder Ejecutivo Federal con otras autoridades federales, de las entidades federativas y municipales, así como organizaciones políticas;

Que el artículo segundo transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación y se abroga el diverso por el que se creó la Comisión para la Seguridad y el Desarrollo Integral; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de septiembre de 2015, establece el plazo de noventa días hábiles, contados a partir del inicio de la vigencia del mismo para la expedición del Acuerdo por el que se determine la circunscripción territorial de las Direcciones Generales Adjuntas Regionales y de las Delegaciones Estatales de la Secretaría;

Que entre las atribuciones de las Direcciones Generales Adjuntas Regionales se encuentran la implementación de acciones destinadas a...

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