Acuerdo por el que se determina el domicilio de Ferrocarriles Nacionales de México en liquidación, por conducto de su liquidador el Instituto de Administración de Bienes y Activos, organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos relacionados con los asuntos de su competencia.

Fecha de disposición08 Noviembre 2019
Fecha de publicación08 Noviembre 2019

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración de Bienes y Activos.

ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA EL DOMICILIO DE FERROCARRILES NACIONALES DE MÉXICO EN LIQUIDACIÓN, POR CONDUCTO DE SU LIQUIDADOR EL INSTITUTO DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y ACTIVOS, ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, PARA OÍR Y RECIBIR TODA CLASE DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LOS ASUNTOS DE SU COMPETENCIA.

MAXIMILIANO CARDENAS DENHAM, Director Corporativo Jurídico y Fiduciario del Instituto de Administración de Bienes y Activos, organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con fundamento en los artículos transitorios Primero y Séptimo, del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el día nueve de agosto de dos mil diecinueve, por el que se expide la Ley Nacional de Extinción de Dominio, y se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, de la Ley de Concursos Mercantiles y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 del Código Civil Federal; 76, 78 fracciones V y XII, de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público; 13 fracción I y 17 fracción I del Estatuto Orgánico del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes; 235 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y

CONSIDERANDO

Que el 04 de junio del año 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se extingue en organismo público descentralizado denominado Ferrocarriles Nacionales de México y se abroga su Ley Orgánica;

Que el 29 de agosto de 2001, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes designó al Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito como liquidador responsable de Ferrocarriles Nacionales de México;

Que el 14 de julio de 2010, mediante acuerdo 10-XII-4, inciso b), la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación, requirió a esta Secretaría de Comunicaciones y Transportes llevara a cabo las gestiones inherentes para formalizar la designación del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes como Liquidador en sustitución del Banco Nacional de Obras y Servicios...

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