Acuerdo que determina a los servidores públicos de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y su rgano Administrativo Desconcentrado Registro Agrario Nacional, que deberán presentar un informe de separación por escrito de los asuntos a su cargo, al retirarse de su empleo, cargo o comisión.

Fecha de disposición26 Diciembre 2017
Fecha de publicación26 Diciembre 2017
EmisorSECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. MARÍA DEL ROSARIO ROBLES BERLANGA, Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, en ejercicio de las atribuciones que me confieren los artículos 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 3, 5 y 6 fracción XXVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; Noveno del Acuerdo por el que se establecen las bases generales para la rendición de cuentas de la Administración Pública Federal y para realizar la entrega-recepción de los asuntos a cargo de los servidores públicos y de los recursos que tengan asignados al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión; y 44 del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales para la regulación de los procesos de entrega-recepción y de rendición de cuentas de la Administración Pública Federal; y

CONSIDERANDO

Que por Acuerdo del Ejecutivo Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de julio de 2017 y por Acuerdo de la Secretaría de la Función Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de julio de 2017, se ordena a los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y los servidores públicos hasta el nivel de director general en el sector centralizado, o sus equivalentes en el sector paraestatal o en las empresas productivas del Estado, a rendir al separarse de su empleo, cargo o comisión, un informe de separación que refiera los asuntos a su cargo y del estado que guardan, y entregar los recursos presupuestarios, financieros, humanos y materiales que, en su caso, hayan tenido asignados para el ejercicio de sus atribuciones, así como la documentación y archivos debidamente ordenados y clasificados de conformidad con la normatividad aplicable a la materia, a quienes los sustituyan en sus funciones;

Dichos Acuerdos disponen que, corresponderá a los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, determinar en sus respectivas áreas de competencia, los servidores públicos de nivel inferior a los señalados en dichos ordenamientos, que deberán presentar un informe de separación, ello debido a la naturaleza e importancia de las funciones...

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