Acuerdo dictado por el Pleno del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, en sesión de veintinueve de octubre de dos mil diecinueve, por el que se declara la suspensión de labores del uno de noviembre de dos mil diecinueve.

Fecha de disposición31 Octubre 2019
Fecha de publicación31 Octubre 2019
EmisorTRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE
SecciónUNICA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

ACUERDO DICTADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, EN SESIÓN DE VEINTINUEVE DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECINUEVE, POR EL QUE SE DECLARA LA SUSPENSIÓN DE LABORES DEL UNO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.

RESULTANDO

PRIMERO.- Que por acuerdo del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, aprobado en sesión del once de diciembre de dos mil dieciocho, con fundamento en los artículos 29 y 124-A, fracción V de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y 8, fracción V del Reglamento Interior de este Órgano Colegiado, se establecieron los días de suspensión de labores del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, para el año dos mil diecinueve, durante los cuales, no correrán términos. Este acuerdo fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el catorce de diciembre de dos mil dieciocho.

SEGUNDO.- Que conforme a lo dispuesto por el artículo 8, fracción V, del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, al Pleno del mismo, corresponde fijar el calendario de labores del propio Tribunal, procurando hacerlo coincidir con el del Poder Judicial de la Federación.

TERCERO.- Que las Condiciones Generales de Trabajo de este Tribunal en sus artículos 37 y 38 fracción III, determina que serán días de descanso obligatorio los que se señalen en el Calendario Oficial y los que acuerde el Pleno del Tribunal, en concordancia con el Poder Judicial Federal.

CUARTO.- Que por acuerdo de dieciséis de octubre de dos mil diecinueve, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por unanimidad de votos, declaró como no laborable para las áreas administrativas del propio Consejo; para los Órganos Auxiliares; para los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito; Juzgados de Distrito, incluidos los Centros Auxiliares, los de Justicia Penal Federal y los del Centro Nacional de Justicia Especializado en Control de Técnicas de Investigación, Arraigos e Intervención de Comunicaciones, el día viernes 1 de noviembre de dos mil diecinueve, mismo que fue dado a conocer a través de la Circular 43/2019.

En consecuencia, y con fundamento en los citados preceptos legales y 124 "A" de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, este Tribunal en Pleno expide el siguiente:

ACUERDO:

ÚNICO.- Se establece el uno de noviembre de dos mil diecinueve, como...

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