Acuerdo dictado por el Pleno del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, en sesión ordinaria de tres de noviembre dos mil veinte, por el que se amplía el periodo de aplicación y vigencia de los Lineamientos sanitarios establecidos en los acuerdos de veintisiete de julio y treinta de septiembre de dos mil veinte, en las Salas y Unidades Administrativas que integran este Órgano Colegiado.

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EmisorTribunal Federal de Conciliación y Arbitraje

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.- Secretaría General de Acuerdos.

ACUERDO DICTADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, EN SESIÓN ORDINARIA DE TRES DE NOVIEMBRE DOS MIL VEINTE, POR EL QUE SE AMPLÍA EL PERIODO DE APLICACIÓN Y VIGENCIA DE LOS LINEAMIENTOS SANITARIOS ESTABLECIDOS EN LOS ACUERDOS DE VEINTISIETE DE JULIO Y TREINTA DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTE, EN LAS SALAS Y UNIDADES ADMINISTRATIVAS QUE INTEGRAN ESTE ÓRGANO COLEGIADO.

CONSIDERANDOS:

PRIMERO. Con motivo de la pandemia del virus SARS-CoV2 (COVID-19) y, en seguimiento a las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Gobierno Federal; el Pleno de este Tribunal en sesiones extraordinarias de diecinueve y veintiséis de marzo, dieciséis y veintinueve de abril, veintiocho de mayo, once y veintinueve de junio de dos mil veinte, adoptó las medidas conducentes, a fin de procurar la seguridad en la salud de sus trabajadores y, eventualmente, del público usuario que visita las instalaciones del edificio sede de este Órgano Jurisdiccional.

SEGUNDO. Mediante acuerdos de veintisiete de julio de dos mil veinte, publicados en el Boletín Laboral Burocrático en la misma fecha, dictados por el Pleno de este Órgano Jurisdiccional, se aprobó el Protocolo Sanitario para el Reinicio de Actividades en el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, así como el diverso por el que se establecen los Lineamientos para la Reapertura de Actividades y la Aplicación del Protocolo Sanitario en las Salas y Unidades Administrativas que integran este Órgano Colegiado, mismos que entraron en vigor a partir del tres de agosto de dos mil veinte, los cuales, son de observancia obligatoria para todos los servidores públicos adscritos a este Tribunal, así como las personas visitantes que ingresen y permanezcan en el edificio sede y el inmueble del archivo de concentración, en los horarios de trabajo.

Lo anterior, con el propósito de neutralizar en medida de lo posible, el riesgo de contagio del SARS-CoV2 (COVID-19) y salvaguardar la salud de los trabajadores y usuarios del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

TERCERO.El treinta de septiembre de dos mil veinte, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se reforma el diverso que establece los criterios aplicables para la administración de los recursos humanos en las...

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