Acuerdo por el que se emite el Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas de la Fiscalía General de la República.

EdiciónMatutina
EmisorFiscalia General de la Republica

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Fiscalía General de la República.

ACUERDO A/OIC/004/2020

ACUERDO POR EL QUE SE EMITE EL CÓDIGO DE ÉTICA DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.

ARTURO SERRANO MENESES, Titular del Órgano Interno de Control de la Fiscalía General de la República, con fundamento en los Artículos 34 fracción XVI de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República; 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y 5 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, y;

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 109, fracción III estatuye que las personas servidoras públicas deben observar en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones, los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia;

Asimismo, en su artículo 102, Apartado A, párrafo sexto, se establece que, para la formación y actualización de las y los servidores públicos de la Fiscalía, así como para el desarrollo de su carrera profesional, se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos;

Que en el marco de los compromisos internacionales asumidos y ratificados por el Estado Mexicano en materia de combate a la corrupción, se crearon obligaciones para fomentar y garantizar la integridad en el servicio público mediante la instauración del Código de Ética, tendente al correcto, honorable y adecuado cumplimiento de las funciones públicas;

Que la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción prevé en su artículo 1, que es de orden público y de observancia general en toda la República y en su artículo 2, fracciones VII y VIII señala como objetivos el de establecer las bases y políticas para la promoción, fomento y difusión de la cultura de integridad en el servicio público; establecer las acciones permanentes que aseguren la integridad y el comportamiento ético de las y los servidores públicos, y crear las bases mínimas para que todo órgano del Estado Mexicano establezca políticas eficaces de ética pública y responsabilidad en el servicio público;

Que de conformidad con los artículos 5, párrafo primero de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y 7 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la disciplina, la legalidad, la objetividad, el profesionalismo, la honradez, la lealtad, la imparcialidad, la eficiencia, la eficacia, la equidad, la transparencia, la economía, la integridad y la competencia por mérito, son los principios que rigen al servicio público;

Que en términos del artículo 5, segundo párrafo de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; de los artículos 6, 16 y 49, fracción I de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, será obligación de los entes públicos crear y mantener condiciones que permitan la actuación ética y responsable de cada persona servidora pública, por lo que el personal que labore en el servicio público debe observar el Código de Ética que emitan las Secretarías o los Órganos Internos de Control, conforme a los lineamientos que emita el Sistema Nacional Anticorrupción, para que, en su actuación, impere una conducta digna que responda a las necesidades de la sociedad y que oriente su desempeño asimismo, incurrirá en falta administrativa no grave la persona servidora pública cuyos actos u omisiones incumplan o transgredan el cumplimiento de las funciones, atribuciones y comisiones encomendadas, observando en su desempeño disciplina y respeto, en los términos en los que se establezca en el Código de Ética;

Que el 12 de octubre del 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO por el que se dan a conocer los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas;

Que el 14 de diciembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expidió la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, en el que se prevé que la Fiscalía General de la República tiene como fines, entre otros, otorgar una procuración de justicia eficaz, efectiva, apegada a derecho y fortalecer el Estado de derecho en México;

Que el 20 de diciembre de 2018, se publicó en Diario Oficial de la Federación la Declaratoria de la entrada en vigor de la Autonomía Constitucional de la Fiscalía General de la República, de conformidad con el primer párrafo del artículo décimo sexto transitorio del Decreto publicado en el mismo medio de difusión oficial el 10 de febrero de 2014;

Que la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, en su artículo 3 señala que la Fiscalía General de la República regirá su actuación por los principios de autonomía, legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, respeto a los derechos humanos, perspectiva de género, interculturalidad, perspectiva de niñez y adolescencia, accesibilidad, debida diligencia e imparcialidad asimismo, que el artículo 44 párrafo segundo de la ley establece que el personal de la Fiscalía en el desempeño de sus funciones deberá actuar con estricto apego al Código de Ética que emita el Órgano Interno de Control, por lo que cualquier incumplimiento constituirá una falta administrativa no grave en los términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas;

Que el artículo 34 de la Ley en comento, señala que el Órgano Interno de Control tendrá a su cargo prevenir, corregir, investigar y calificar actos u omisiones que pudiera constituir responsabilidades administrativas del personal de la Fiscalía y de particulares vinculados con faltas graves; y que emitir el Código de Ética de los servidores públicos de la Fiscalía General de la República y las Reglas de Integridad para el ejercicio de la procuración de justicia; por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO

ÚNICO. - Se expide el Código de Ética de la Fiscalía General de la República para el ejercicio de la Procuración de Justicia.

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 10
ARTÍCULO 1

El presente Código de Ética tiene por objeto:

Ser el instrumento que establezca las bases, los principios y los valores fundamentales que fortalecen el servicio ético e íntegro de la Fiscalía General de la República, y tiene como fin incidir en el comportamiento y desempeño de las personas servidoras públicas para formar una ética e identidad profesional compartida y un sentido de orgullo de pertenencia al servicio público.

ARTÍCULO 2 El Código de Ética establece los mecanismos de capacitación de las personas servidoras públicas de la Fiscalía General de la República sobre los principios y los valores éticos de la función pública en la toma de decisiones, conjuntamente con las áreas de la propia Fiscalía involucradas en la capacitación de la materia.
ARTÍCULO 3 El Código de Ética es de observancia obligatoria y aplicación general a todas las personas servidoras públicas que desempeñen un empleo, cargo o comisión, al interior de la Fiscalía General de la República.
ARTÍCULO 4

Será obligación de la Fiscalía General de la República proporcionar el Código de Ética a todo el personal en activo, así como de nuevo ingreso, a través de medios físicos y/o electrónicos y de acuerdo con las políticas de austeridad, a fin de que éste tome conocimiento de su contenido y suscriba una carta compromiso de alinear su conducta, el desempeño de su empleo, cargo o comisión, a lo previsto en el presente instrumento.

ARTÍCULO 5

Además de las definiciones previstas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para efectos del Código de Ética, se entenderá por:

  1. Código de Ética: Es el Instrumento al que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y el artículo 34 fracción XVI de la Ley Orgánica de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR