Acuerdo por el que se emite la convocatoria para definir la sede del Tianguis Turístico México 2018

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Turismo

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Turismo. ENRIQUE DE LA MADRID CORDERO, Secretario de Turismo, con fundamento en los artículos 1o., 2o., fracción I, 3o., fracción II, 9, 11, 26, 42, fracciones I, XIV, XVIII y XIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4, fracciones III y IV, 38 de la Ley General de Turismo; 9 y 16, fracciones II, VII y VIII de la Ley de Planeación; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2, 7, 8, fracciones I y XXI, y 9, fracción XXVII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo; 5 y 6, fracciones II y IX del Estatuto Orgánico del Consejo de Promoción Turística de México, y

CONSIDERANDO

Que la Secretaría implementó desde 1975 la celebración del Tianguis Turístico, el cual tiene como objetivo principal impulsar la promoción y comercialización de los destinos, productos y servicios turísticos mexicanos;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece en la Cuarta Meta Nacional "México Próspero" objetivo 4.11 el aprovechar el potencial turístico de México para generar una mayor derrama económica en el país y dentro de su estrategia 4.11.1 el impulsar el ordenamiento y la transformación del sector turismo, en la cual se estableció como línea de acción, el promover la concurrencia de las acciones gubernamentales de las Entidades Federativas en materia de turismo con las del Gobierno Federal;

Que corresponde a la Secretaría de Turismo (Secretaría) formular y conducir la política de desarrollo de la actividad turística nacional, promover y apoyar la coordinación de los prestadores de servicios turísticos, así como proyectar, promover y apoyar el desarrollo de la infraestructura turística y estimular la participación de los sectores social y privado;

Que la Secretaría debe conducir sus actividades en forma programada, con base en las políticas que, para el logro de los objetivos y prioridades de la planeación del desarrollo establezca el Ejecutivo Federal;

Que la Secretaría y el Consejo de Promoción Turística de México (CPTM) deben planear y conducir sus actividades con sujeción a los objetivos y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo, a fin de cumplir con la obligación del Estado de garantizar que el desarrollo sea equitativo, integral y sustentable;

Que la Política Nacional Turística, establecida por instrucción presidencial el 13 de febrero de 2013, tiene como primera de cuatro directrices, la del "Ordenamiento y Transformación Sectorial", la cual se refiere a la reestructura del marco institucional, para lograr una mejor toma de decisiones y una eficaz aplicación de los programas orientados a impulsar el turismo;

Que, en atención a la primera directriz de la Política Nacional Turística, es necesario determinar lineamientos claros y específicos por los cuales la Secretaría y el CPTM, llevarán a cabo el Tianguis Turístico y determinarán su sede;

Que la tercera directriz de la Política Nacional Turística, relativa al "Fomento y Promoción" de los destinos...

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