Acuerdo por el que se emite el Manual para la Interconexión de Centrales Eléctricas y Conexión de Centros de Carga. (Continúa en la Tercera Sección).

Fecha de disposición09 Febrero 2018
Fecha de publicación09 Febrero 2018
EmisorSECRETARIA DE ENERGIA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía. PEDRO JOAQUÍN COLDWELL, Secretario de Energía, con fundamento en el Tercero Transitorio de la Ley de la Industria Eléctrica y en los artículos 33, fracción XXVI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía

CONSIDERANDO

Que de conformidad con el artículo 25, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas que se señalan en el artículo 28, párrafo cuarto, de la Constitución;

Que el artículo 27, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que corresponde exclusivamente a la Nación la planeación y el control del Sistema Eléctrico Nacional, así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, y que en estas actividades no se otorgarán concesiones, sin perjuicio de que el Estado pueda celebrar contratos con particulares en los términos que establezcan las leyes, mismas que determinarán la forma en que los particulares podrán participar en las demás actividades de la industria eléctrica;

Que el artículo 3, fracción XXXVIII, de la Ley de la Industria Eléctrica establece que las Reglas del Mercado que rigen al Mercado Eléctrico Mayorista se integran por las Bases del Mercado Eléctrico y por las Disposiciones Operativas del Mercado, formando parte de dichas Disposiciones Operativas los Manuales de Prácticas del Mercado, los cuales tienen por objeto desarrollar con mayor detalle los elementos de las Bases del Mercado Eléctrico;

Que el Transitorio Tercero, tercer párrafo, de la Ley de la Industria Eléctrica establece que, por única ocasión, la Secretaría de Energía emitirá las primeras Reglas del Mercado, y que dichas Reglas incluirán las Bases del Mercado Eléctrico y las Disposiciones Operativas del Mercado que la referida Secretaría determine;

Que el 8 de septiembre de 2015 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Bases del Mercado Eléctrico, mismas que definen las reglas y procedimientos que deberán realizar los Participantes del Mercado y las autoridades para mantener una adecuada administración, operación y planeación del Mercado Eléctrico Mayorista;

Que el Manual para la Interconexión de Centrales Eléctricas y Conexión de Centros de Carga desarrollará a mayor detalle la Base 5 de las Bases del Mercado Eléctrico y establece los requisitos, procesos, procedimientos, obligaciones y derechos que deben observarse en la atención de la Solicitud de Interconexión de Centrales Eléctricas o de Conexión de Centros de Carga; así como la mecánica bajo la cual se lleva a cabo el análisis y atención de los Estudios de Interconexión y Conexión, la suscripción del Contrato respectivo y el procedimiento para la Interconexión física de Centrales Eléctricas y Conexión física de Centros de Carga a la Red Nacional de Transmisión y las Redes Generales de Distribución, y

Que dicho Manual se considera un acto administrativo de carácter general que debe publicarse en el Diario Oficial de la Federación, a fin de que produzca efectos jurídicos, he tenido a bien emitir el siguiente

ACUERDO

ARTÍCULO ÚNICO

La Secretaría de Energía emite el Manual para la Interconexión de Centrales Eléctricas y Conexión de Centros de Carga.

TRANSITORIO

ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, sin menoscabo de lo previsto en las Disposiciones Transitorias del Manual para la Interconexión de Centrales Eléctricas y Conexión de Centros de Carga.

Ciudad de México, a 19 de diciembre de 2017.- El Secretario de Energía, Pedro Joaquín Coldwell.- Rúbrica.

MANUAL PARA LA INTERCONEXIÓN DE CENTRALES ELÉCTRICAS Y CONEXIÓN DE CENTROS DE CARGA

capítulo 1 introducción

1.1 Propósito de los Manuales de Prácticas del Mercado

1.2 Propósito y Contenido de este Manual

1.3 Objetivos General y Específicos del Manual

1.4 Alcance del Manual

1.5 Definiciones y Nomenclaturas

1.6 Reglas de Interpretación

capítulo 2 obligaciones y responsabilidades

2.1 Del CENACE

2.2 Del Transportista, Contratista o Distribuidor

2.3 Del Solicitante

capítulo 3 opciones de interconexión y conexión

3.1 Modalidades, Características, Clasificaciones, Estudios y Análisis para la Interconexión de Centrales Eléctricas

3.2 Solicitud, Características, Modalidades, Clasificaciones y Estudios de Conexión

3.3 Modalidad Individual

3.4 Modalidad Planeación

3.5 Modalidad Existente

3.6 Cambio de Modalidad

3.7 Clasificación

3.8 Cambio de Clasificación

3.9 Agrupaciones y Clúster

3.10 Cambio de Régimen

3.11 Cambio de Régimen para Centrales Eléctricas o Centros de Carga en Operación

3.12 Obras de Interconexión o Conexión y Obras de Refuerzo

3.13 Modificaciones a las Obras de Interconexión o Conexión y Obras de Refuerzo

3.14 Obras Sujetas a Aportaciones

capítulo 4 solicitud de interconexión y solicitud de conexión

4.1 Consideraciones Generales

4.2 Interconexión de Centrales Eléctricas Modalidad Individual Clasificación Independiente

4.3 Interconexión de Centrales Eléctricas Modalidad Individual Clasificaciones Agrupadas

4.4 Interconexión de Centrales Eléctricas Modalidad Individual Clasificación Agrupadas en Clúster Autofinanciado

4.5 Interconexión de Centrales Eléctricas Modalidad Individual Clasificación Abasto Aislado

4.6 Interconexión de Centrales Eléctricas Modalidad Planeación Clasificación Estándar

4.7 Interconexión de Centrales Eléctricas Modalidad Planeación Clasificación Clúster

4.8 Interconexión de Centrales Eléctricas Modalidad Existentes en sus Clasificaciones Abasto Aislado, Cambio de Punto de Interconexión e Incrementos de Capacidad Instalada

4.9 Conexión de Centro de Carga Modalidad Individual Clasificación Independiente de Cargas Convencionales y de Cargas Especiales

4.10 Conexión de Centro de Carga Modalidad Individual Clasificación Agrupadas

4.11 Conexión de Centro de Carga Modalidad Individual Clasificación Abasto Aislado

4.12 Conexión de Centro de Carga Modalidad Planeación Clasificación Estándar

4.13 Conexión de Centros de Carga Modalidad Existentes en sus Clasificaciones Abasto Aislado, Cambio de Punto de Conexión e Incrementos de Carga Contratada

capítulo 5 atención y seguimiento a la solicitud...

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