Acuerdo por el que se emite el Manual del Mercado para el Balance de Potencia
Edición | Matutina |
Emisor | Secretaría de Energía |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía. PEDRO JOAQUÍN COLDWELL, Secretario de Energía, con fundamento en el Tercero Transitorio de la Ley de la Industria Eléctrica y en los artículos 33, fracción XXVI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía.
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artículo 25, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas que se señalan en el artículo 28, párrafo cuarto, de la Constitución;
Que el artículo 27, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que corresponde exclusivamente a la Nación la planeación y el control del Sistema Eléctrico Nacional, así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, y que en estas actividades no se otorgarán concesiones, sin perjuicio de que el Estado pueda celebrar contratos con particulares en los términos que establezcan las leyes, mismas que determinarán la forma en que los particulares podrán participar en las demás actividades de la industria eléctrica;
Que el Transitorio Tercero de la Ley de la Industria Eléctrica establece en su tercer párrafo, que por única ocasión la Secretaría de Energía emitirá las primeras Reglas del Mercado Eléctrico Mayorista, y que dichas Reglas incluirán las Bases del Mercado Eléctrico y las Disposiciones Operativas del Mercado que la referida Secretaría determine;
Que el 8 de septiembre de 2015 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Bases del Mercado Eléctrico, mismas que definen las reglas y procedimientos que deberán llevar a cabo los Participantes del Mercado y las autoridades para mantener una adecuada administración, operación y planeación del Mercado Eléctrico Mayorista;
Que los Manuales de Prácticas del Mercado forman parte de las Disposiciones Operativas del Mercado y tienen por objeto desarrollar con mayor detalle los elementos de las Bases del Mercado Eléctrico y establecer los procedimientos, reglas, instrucciones, principios de cálculo, directrices y ejemplos a seguir para la administración, operación y planeación del Mercado Eléctrico Mayorista;
Que el Manual del Mercado para el Balance de Potencia desarrollará con mayor detalle el contenido de la Base 11 de las Bases del Mercado Eléctrico sobre los procedimientos, reglas, instrucciones, principios de cálculo, directrices y ejemplos para:
(a) La operación y administración del Mercado para el Balance de Potencia, y
(b) Facilitar transacciones entre las Entidades Responsables de Carga cuyos Contratos de Cobertura Eléctrica resultaron insuficientes para cumplir con los requisitos para obtener Potencia establecidos por la Comisión Reguladora de Energía, y los Participantes del Mercado cuenten con Potencia no comprometida en dichos contratos.
Que dicho Manual se considera un acto administrativo de carácter general que debe publicarse en el Diario Oficial de la Federación, a fin de que produzca efectos jurídicos, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente
ACUERDO
La Secretaría de Energía emite el Manual del Mercado para el Balance de Potencia.
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 14 de septiembre de 2016.- El Secretario de Energía, Pedro Joaquín Coldwell.- Rúbrica.
MANUAL DEL MERCADO PARA EL BALANCE DE POTENCIA
CONTENIDO
1.1 Propósito de los Manuales de Prácticas del Mercado
1.2 Propósito y contenido de este Manual
1.3 Términos definidos
1.4 Reglas de interpretación
2.1 Propósito y objeto del Mercado para el Balance de Potencia
2.2 Conceptos básicos del Mercado para el Balance de Potencia
2.3 Funcionamiento del Mercado para el Balance de Potencia
3.1 Identificación de las Horas Críticas
3.2 Procedimiento para la identificación de Horas Críticas
3.3 Identificación de Horas Críticas para los años 2016 y 2017
3.4 Identificación de Horas Críticas a partir del año 2018
4.1 Definición de las Zonas de Potencia
4.2 Programa para la evaluación de Zonas de Potencia existentes
4.3 Publicación de las Zonas de Potencia
5.1 Consideraciones Generales
5.2 Cálculo de la Capacidad Entregada
5.3 Cálculo de la Disponibilidad de Producción Física
5.4 Cálculo de la Disponibilidad de Entrega Física
5.5 Validación de la Disponibilidad de Producción Física
6.1 Requisito Anual de Potencia
6.2 Cálculo de la Capacidad Demandada
6.3 Disposiciones particulares para el Generador de Intermediación
7.1 Cálculo y notificación de la Potencia Anual Acreditada
7.2 Cálculo y notificación del Requisito Anual de Potencia
7.3 Estimación de la Curva de Oferta
7.4 Estimación de la Curva de Demanda
7.5 Cálculo y notificación del Precio Máximo de Potencia
7.6 Registro de Transacciones Bilaterales de Potencia
8.1 Cálculo de la Obligación Neta de Potencia
8.2 Cálculo de la Curva de Oferta
8.3 Cálculo de la Curva de Demanda
8.4 Cálculo del Precio Neto
8.5 Cantidad de Potencia Adquirida
8.6 Cantidad de Potencia Adquirida en Zonas de Potencia Anidadas
8.7 Incumplimiento de la Obligación Neta de Potencia
8.8 Publicación de los resultados del Mercado para el Balance de Potencia
9.1 Proceso de liquidación, estados de cuenta, facturación y pagos
9.2 Cálculo de cargos y abonos
9.3 Liquidación de Sanciones
9.4 Generadores Exentos
10.1 Política de Confiabilidad
10.2 Reserva de Planeación Mínima y Reserva de Planeación Eficiente
10.3 Estudios técnicos del CENACE para el cálculo de porcentajes zonales
10.4 Porcentaje Zonal del Requisito de Capacidad Entregada
11.1 Identificación de la Tecnología de Generación de Referencia
11.2 Justificación de las Tecnologías de Generación de Referencia identificadas
11.3 Cálculo de los Ingresos del Mercado de Energía para la Tecnología de Generación de Referencia
11.4 Actualización de los Costos de la Tecnología de Generación de Referencia
12.1 Sanciones por incumplimiento
12.2 Disposiciones transitorias
Manual del Mercado para el Balance de Potencia
1.1 Propósito de los Manuales de Prácticas del Mercado
1.1.1 Las Reglas del Mercado que rigen al Mercado Eléctrico Mayorista se integran por las Bases del Mercado Eléctrico y las Disposiciones Operativas del Mercado.
1.1.2 Los Manuales de Prácticas del Mercado forman parte de las Disposiciones Operativas del Mercado y tienen por objeto desarrollar con mayor detalle los elementos de las Bases del Mercado Eléctrico y establecer los procedimientos, reglas, instrucciones, principios de cálculo, directrices y ejemplos a seguir para la administración, operación y planeación del Mercado Eléctrico Mayorista.
1.2 Propósito y contenido de este Manual
1.2.1 El presente Manual del Mercado para el Balance de Potencia es el Manual de Prácticas del Mercado que establece los procedimientos, reglas, instrucciones, principios de cálculo, directrices y ejemplos a seguir para la operación y administración del Mercado para el Balance de Potencia.
1.2.2 El contenido de este Manual desarrolla a mayor detalle la Base 11 de las Bases del Mercado Eléctrico y abarca lo siguiente:
(a) El propósito y contenido del presente Manual y los términos definidos que se utilizan en el mismo (Capítulo 1).
(b) Los aspectos generales del Mercado para el Balance de Potencia (Capítulo 2).
(c) La definición de Horas Críticas (Capítulo 3).
(d) La definición de Zonas de Potencia (Capítulo 4).
(e) La acreditación de Potencia (Capítulo 5).
(f) Los Requerimientos de Potencia (Capítulo 6).
(g) La etapa de preparación del Mercado para el Balance de Potencia (Capítulo 7).
(h) La etapa de realización o cierre del Mercado para el Balance de Potencia (Capítulo 8).
(i) La etapa de liquidación del Mercado para el Balance de Potencia (Capítulo 9).
(j) La Confiabilidad del Sistema Eléctrico Nacional (Capítulo 10).
(k) La identificación de la Tecnología de Generación de Referencia (Capítulo 11).
(l) Las sanciones por incumplimientos y las disposiciones transitorias para la operación y administración del Mercado para el Balance de Potencia (Capítulo 12).
1.3 Términos definidos
Para efectos del presente Manual...
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