Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la aplicación de los recursos para la conservación y mantenimiento de proyectos de la INFE en el Programa FAM Potenciado.

EdiciónMatutina
EmisorInstituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- EDUCACIÓN.- Secretaría de Educación Pública.- Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa.- En Liquidación. JORGE JAVIER JIMÉNEZ ALCARAZ, Director General del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, con fundamento en los artículos 3, párrafo décimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 22 fracción I de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; Tercero y Cuarto Transitorios de la Ley General de Educación; 11 fracción III del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa; cláusulas Sexta inciso I, Novena párrafo cuarto y Anexo B, numeral 2, apartado A, fracción IV de los convenios de Coordinación y Colaboración para la Potenciación de Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples celebrados con las 32 entidades federativas, y cláusulas 6.2, inciso b, 6.3, apartado segundo, 6.4, inciso c, 8, numeral 8.1, inciso a, fracción ii, 10, numeral 10.1, inciso b del Contrato de Fideicomiso Irrevocable de Administración y Distribución de los Recursos No. 2242, y;

CONSIDERANDO

Que en el mes de octubre de 2015 el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la Secretaría de Educación Pública (SEP) y el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa (en adelante INIFED), celebró con los Gobiernos de las 32 entidades federativas por conducto de sus Gobernadores y Organismos Responsables de la Infraestructura Educativa, convenios de Coordinación y Colaboración para la Potenciación de Recursos del Fondo Aportaciones Múltiples (en adelante Convenios de Coordinación), por medio de los que se instrumentó el programa de la Potenciación de los Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples (en adelante Programa FAM Potenciado), que tiene por objeto establecer los mecanismos por los que se potenciarán y distribuirán los recursos de la aportación del Fondo de Aportaciones Múltiples (en adelante FAM) correspondientes a las Entidades Federativas a través de su afectación en términos del artículo 52 de la Ley de Coordinación Fiscal, para la atención del Proyecto de la Infraestructura Física Educativa, para la atención y mejoramiento de planteles educativos públicos del nivel básico, medio superior y superior en las entidades federativas, contenidos en el anexo A de los Convenios de Coordinación (en adelante Proyectos de la INFE).

Que en el mes de octubre de 2015, se formalizó el Contrato de Fideicomiso Irrevocable de Administración y de Emisión de Certificados Bursátiles Fiduciarios número 2595 (en adelante Contrato de Fideicomiso 2595) celebrado entre Corporación Mexicana de Inversiones de Capital S.A. de C.V., Banco Invex S.A. Institución de Banca Múltiple, Invex Grupo Financiero y Deutsche Bank México, S.A., Institución de Banca Múltiple, División Fiduciaria; así como el Contrato de Fideicomiso Irrevocable de Administración y Distribución de Recursos número 2242 (en adelante Contrato de Fideicomiso 2242), celebrado entre Banco Invex S.A., Institución de Banca Múltiple, Invex Grupo Financiero, y el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, como los instrumentos para la obtención y administración de los recursos del Programa FAM Potenciado.

Que de conformidad con lo establecido en la cláusula Sexta de los Convenios de Coordinación se estableció que conforme al Mecanismo de Distribución, el Fideicomiso de Distribución entregará al Organismo Responsable de la INFE, y/o la Institución Educativa, los montos de distribución que al efecto se deriven de la aplicación de la mecánica de distribución prevista en los mismos Convenios y en el Fideicomiso de Distribución, incluyendo los Recursos para el Mantenimiento de los Proyectos de la INFE, los cuales deben ser empleados para atender la necesidad de liquidez que cada uno de los Proyectos de la INFE requieran para su debida la conservación y mantenimiento; recursos que se obtienen de deducir hasta un 5% (por ciento) de los de los recursos remanentes del FAM, de acuerdo a lo establecido en las cláusulas 6.3, 9.3, inciso b y 10.1 inciso b del Contrato de Fideicomiso 2242, que el fiduciario aplicará a cada Entidad Federativa como le corresponda debiendo resolver el...

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