Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos Específicos del Programa Nacional de Reconstrucción para el ejercicio fiscal 2019 de la Comisión Nacional de Vivienda.

Fecha de disposición17 Abril 2019
Fecha de publicación17 Abril 2019
EmisorSECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEDATU.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Comisión Nacional de Vivienda.

ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS DEL PROGRAMA NACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VIVIENDA.

EDNA ELENA VEGA RANGEL, Directora General de la Comisión Nacional de Vivienda, con fundamento en los artículos 3, párrafo tercero, 6, fracciones I y II; 7, fracción IV; 8, fracciones XVI, XVII y XVIII; 16, 18, 19, fracciones II, X, XXIV, 21; 23, fracción VII; 25, 40, 62 de la Ley de Vivienda; 11 y 22 fracción I, 47 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 74 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; artículo décimo octavo transitorio del DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018; 10 del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional de Vivienda, y

CONSIDERANDO

Que el día 26 de marzo de 2019, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, en su edición matutina, el acuerdo por el que se emiten los Lineamientos Generales del Programa Nacional de Reconstrucción para el Ejercicio Fiscal 2019.

Que la Comisión Nacional de Vivienda, funge como instancia responsable, según el párrafo cuarto de los lineamientos que anteceden, y que entre sus actividades están, la de planeación, dictaminación, aprobación, ejecución, control, supervisión, rendición de cuentas y transparencia, cierre de los proyectos y acciones del programa, de acuerdo con el ámbito de su competencia.

Que el artículo cuarto transitorio, ordena a las instancias responsables que emitan los Lineamientos Específicos del Programa Nacional de Reconstrucción, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación de los Lineamientos Generales.

Que el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) para el Ejercicio 2019, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2018, establece que la aplicación y erogación de los recursos que se otorgarán a través del PROGRAMA NACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN, así como el seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia, se sujetarán a los lineamientos que emita la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU).

Por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMENTOS ESPECÍFICOS DEL PROGRAMA NACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VIVIENDA.

  1. ANTECEDENTES

    El Programa Nacional de Reconstrucción se crea por la necesidad de implementar acciones que retomen la responsabilidad del Estado en la protección y garantía de los Derechos Humanos de las personas y de las comunidades afectadas por los sismos del mes de septiembre de 2017 y febrero de 2018, alineándose a las Directrices hacia el PND 2019-2024, específicamente a la Directriz 3: Desarrollo Económico e Incluyente; el Sistema PASH lo asigna a la Directriz 2: Bienestar Social e Igualdad. También se vincula a los Objetivos para el Desarrollo Sostenible, particularmente al Objetivo 11 "Lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles".

    Los presentes Lineamientos regirán todo el proceso de operación del Programa Nacional de Reconstrucción en lo referente al componente vivienda, y será ejecutado por la Comisión Nacional de Vivienda, en ellos se especifican los términos de la intervención orientada a la población cuya vivienda fue afectada por los sismos de septiembre de 2017 y febrero de 2018, y que no ha sido atendida o bien su atención ha sido parcial, para restablecer su vida normal y contar con una vivienda habitable y segura. Se establecerán las modalidades del subsidio, así como las líneas de apoyo a aplicar.

  2. GLOSARIO Y SIGLAS

    Asistencia técnica: Asesoría calificada proporcionada por dependencias especializadas, organismos ejecutores de obra y/o prestadores de servicios para el diseño, presupuesto, construcción, materiales y sistemas constructivos, así como para la inspección técnica de la construcción, reconstrucción, remodelación, restauración, rehabilitación, mantenimiento y capacitación para la prevención y la conservación, con el objeto de elevar la calidad y optimizar los costos.

    Autoproducción de vivienda: el proceso de gestión de suelo, construcción y distribución de vivienda bajo el control directo de sus usuarios de forma individual o colectiva, la cual puede desarrollarse mediante la contratación de terceros o por medio de procesos de autoconstrucción y preferentemente incluirá atributos de uso eficiente de los recursos naturales(1).

    Autoconstrucción de vivienda: El proceso de construcción o edificación de la vivienda realizada directamente por sus propios usuarios, en forma individual, familiar o colectiva(2).

    Cédula de Información Socioeconómica (CIS): formato en el que se recopilan los datos socioeconómicos de la (el) solicitante del subsidio y las características de la vivienda que ocupa.

    Censo del Bienestar: Lo realiza personal del gobierno Federal debidamente acreditado, con la finalidad de identificar a la población susceptible de ser beneficiaria de los diversos programas sociales.

    Comité de Financiamiento: Instancia colegiada que tiene como función autorizar los montos y tipos de apoyo, establecidos en las Reglas de Operación, con base en la evaluación de la viabilidad técnica, financiera, jurídica y social de cada intervención para la operación del Programa.

    Comité de Evaluación Técnica: Instancia colegiada que tiene la facultad de integrar el padrón de profesionales y empresas que participan en todas las obras y proyectos que sean subsidiados con recursos del Programa: evaluación y acreditación de la asistencia técnica, empresas constructoras; de supervisión; diseñadores; y, laboratorios de control de calidad de materiales.

    Líneas de apoyo aplicable: Son los componentes del subsidio que integran cada una de las modalidades para la aplicación del subsidio.

    Comisión: Comisión Intersecretarial de Reconstrucción;

    CONAVI: Comisión Nacional de Vivienda;

    Condiciones de habitabilidad: Se refiere a las características físicas de la vivienda en cuanto al grado en que garantiza seguridad física o proporciona espacio suficiente, así como protección contra el frío, la humedad, el calor, la lluvia, el viento u otros riesgos para la salud y peligros estructurales.

    Conjunto Habitacional: Grupo de viviendas planificado y dispuesto en forma integral, con la dotación e instalación necesarias y adecuadas de los servicios urbanos: vialidad, infraestructura, espacios verdes o abiertos, educación, comercio, servicios asistenciales y de salud(3).

    Coordinación: La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano a través de la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial y Agrario, mediante la Dirección General de Ordenamiento Territorial y de Atención a Zonas de Riesgo, llevará a cabo la coordinación, supervisión, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de los proyectos y acciones del PROGRAMA.

    DGPP: Dirección General de Programación y Presupuestación de cada Instancia Responsable u homóloga;

    Entidad Federativa: Una de las partes integrantes de la Federación. Las entidades federativas son: Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental(4).

    Espacios Habitables: El lugar de la vivienda donde se desarrollan actividades de reunión o descanso, que cuenten con las dimensiones mínimas de superficie, altura, ventilación e iluminación natural, además de contar como mínimo con un baño, cocina, estancia-comedor y dos recamaras, de conformidad con las características y condiciones mínimas necesarias que establezcan las leyes y las normas oficiales mexicanas(5).

    Espacio Edificable: Suelo apto para el uso y aprovechamiento de sus propietarios o poseedores en los términos de la legislación correspondiente(6) .

    Financiamiento: instrumentos y apoyos para la realización de las intervenciones habitacionales a través del crédito, subsidio y ahorro previo y otras aportaciones de los sectores público, social y privado, de conformidad con el artículo 47 de la Ley de Vivienda.

    FONDEN: Fondo de Desastres Naturales.

    GIRD: Gestión Integral de Riesgos de Desastres.

    Instancia(s) Ejecutora(s): Responsable(s) de llevar a cabo proyectos y acciones apoyados con recursos del PROGRAMA, que determinen las Secretarías de Educación, de Salud, de Cultura y la Comisión Nacional de Vivienda.

    Instancia(s) Responsable(s): Secretaría de Educación Pública, Secretaría de Cultura, Secretaría de Salud y la Comisión Nacional de Vivienda, quienes llevarán a cabo la planeación, operación, control, verificación y seguimiento por sector o componente del PROGRAMA, de acuerdo al ámbito de su competencia.

    Instancia(s) de Apoyo(s): Representaciones estatales en las entidades federativas afectadas por los sismos.

    LAASSP: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

    LFPRH: Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

    LFSMZAAH: Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

    LFTAIP: Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

    LGCDC: Ley General de Cultura y Derechos Culturales.

    LGCG: Ley General de Contabilidad Gubernamental.

    LOPSRM: Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

    Lineamientos Específicos para...

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