Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa Crédito Ganadero a la Palabra.

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EmisorSecretaria de Agricultura y Desarrollo Rural

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SADER.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. FRANCISCO CONZUELO GUTIÉRREZ, Abogado General, en suplencia por ausencia del Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, con fundamento en los artículos 25, 26 y 27, fracción XX y 28, párrafo decimotercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9, 12, 18, 23, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 9, 12, 33, 34 y 35 de la Ley de Planeación; Artículo 1 segundo párrafo, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento; 1, 7, 8, 32, 53, 54, 55, 56, 58, 59, 60, 61, 72, 79 primer párrafo, 80, 86, 87, 104, 140, 143, 164, 178, 183, 190 fracciones I y II, y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 1, 2, 3 fracciones II, III, IV, VII, X, XII y XIII, 5 y 7 de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional; 1 y 70 fracciones I, XV, XIX, XX, XXVI y XXXVIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 30 fracciones I y III, 31, 32, 35 y 37 así como los Artículos 26 y 32 y Anexos 11 y 26 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2018; 1, 2, 3, 5, 15 y 39 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura Ganadería, Desarrollo Rural Pesca y Alimentación, ahora Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER).

CONSIDERANDO

Que de acuerdo con los artículos 25, 26 y 27 fracción XX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos corresponde al Estado la rectoría del Desarrollo Nacional, integral y sustentable que fortalezca la soberanía nacional, organizando un sistema de planeación democrática con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional.

Que actualmente las insuficiencias de producción que México tiene para satisfacer sus requerimientos de alimentos proteínicos de origen animal, como son la carne y la leche, son grandes y atentan contra la soberanía del país, al hacernos dependientes de las importaciones y afectando de manera significativa las disponibilidades de divisas.

Que en paralelo a ello, las potencialidades productivas pecuarias del país no son aprovechadas de manera suficiente y sustentable para avanzar con mayor celeridad en el progresivo logro de la autosuficiencia de esos alimentos básicos de calidad, por lo que se deben impulsar tecnologías y escalas complementarias a la capitalización productiva y competitiva de las pequeñas unidades de producción pecuarias que abundan en el país y que están correlacionadas con la producción ganadera: bovina, ovina, porcina, caprina y apícola principalmente.

Que los problemas estructurales que han imperado en las actividades pecuarias de las pequeñas unidades son: la insuficiencia de forrajes y de néctares florales durante el estiaje de cada año, la mal nutrición proteica y mineral, así como la insuficiente infraestructura de manejo, abrevaderos de los hatos, aunado al excesivo intermediarismo comercial, entre otros, han incidido en el progresivo despoblamiento de los hatos y en crecientes lesiones adversas a la economía y desarrollo de las familias que en pequeñas y medianas unidades de producción se dedican a las actividades pecuarias.

Que el Gobierno de la República cumpliendo con sus compromisos con el pueblo de México y los ganaderos, implementa el Programa Crédito Ganadero a la Palabra, con un repoblamiento de un millón de novillonas y 50 mil sementales o en su caso el equivalente en otras especies.

Que con los apoyos del Programa unidos al patrimonio, trabajo y dedicación de los productores pecuarios elegibles, éstos mejoren la producción y productividad de sus ranchos y hatos; obtengan un mayor ingreso que les permita mejorar la calidad de vida de sus familias y contribuyan a que se avance en el logro de la autosuficiencia nacional de carne y leche, fortalecimiento de las economías locales, estatales y nacional utilizando el campo como detonador de desarrollo del país así como al incremento de la producción de miel dinamizando además las economías regionales de las principales zonas ganaderas ya que la integralidad de las acciones y componentes del programa propiciaran la generación de una importante cantidad de jornales día hombre.

En este tenor, he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA CRÉDITO GANADERO A LA PALABRA

TÍTULO ÚNICO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 18
Artículo 1 Objeto del Programa
  1. General

    Incrementar la productividad del pequeño productor pecuario, mediante la entrega de apoyos en especie y acciones de capitalización productiva integral sustentable.

  2. Específicos

    1. Incrementar los inventarios de bovinos, ovinos, porcinos, caprinos y abejas;

    2. Apoyar el equipamiento y obras de infraestructura pecuaria;

    3. Incrementar la disponibilidad de alimento, suplementaciones minerales proteinizadas; y sacáridas para el consumo de especies pecuarias, y

    4. Brindar servicios técnicos.

Artículo 2 Glosario

Para los efectos de este Acuerdo, se entenderá por:

  1. Agente Técnico: Es aquella persona moral designada por la Unidad Responsable para apoyar en la ejecución de actividades del Programa o Componente;

  2. Área Natural Protegida: Son las zonas del territorio nacional y aquéllas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción en donde los ambientes originales no han sido alterados significativamente por la actividad del ser humano o que requieren ser preservadas y restauradas;

  3. Anexo Técnico de Ejecución: Instrumento que formalizan la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y las entidades federativas, en el marco del convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable 2019-2024;

  4. Beneficiarios: Las personas físicas o morales que siendo productores pecuarios accedan a los apoyos del Programa;

  5. Calidad Genética: Animales y/o ganado cuya producción es superior a la media del hato, rebaño, piara o apiario y su aportación será para mejorar la productividad de los animales en la unidad de producción de la especie que se trate;

  6. Capitalización productiva integral sustentable: Inversiones en capital físico, humano y tecnológico que permiten incrementar la productividad de las unidades de producción con el mejoramiento integral del bienestar de la población y de las actividades económicas, asegurando la conservación permanente de los recursos naturales y la biodiversidad;

  7. Cera estampada: Lámina de cera de 2 o 3 milímetros de espesor impresa con hexágonos a partir de los cuales la abeja construye celdas para cría o depósito de miel y polen;

  8. CGG: Coordinación General de Ganadería;

  9. Colmena: Alojamiento tecnificado para abejas constituido de panales móviles que consta de tapa telescópica, techo interior, piso reversible y cubo de cámara de cría con diez bastidores con panales trabajados, de los cuales seis deberán estar poblados como mínimo con abeja reina.

  10. Crédito a la palabra: Instrumento de confianza, integración y de corresponsabilidad, por el cual se

    le entregan al beneficiario especies pecuarias y éste se compromete a pagar en especie a través de las primeras crías que obtenga, cuando éstas tengan características semejantes a las que recibió;

  11. Edad reproductiva: Cuando el ganado y/o animales alcanzan el desarrollo físico y el peso adecuado para la reproducción, dependerá de la especie animal de que se trate.

    ANIMAL
    EDAD
    PESO
    Bovinos
    14-36 meses
    300-350 kg
    Porcinos
    6-8 meses
    80-100 kg
    Ovinos
    9-13 meses
    25-45 kg
    Caprinos
    12-13 meses
    30-35 kg
  12. Especies vegetales indeseables: Plantas que invaden pastizales y praderas; por lo general tienen poco o nulo valor forrajero y representan una amenaza para la vegetación y los animales;

  13. Expediente: Carpeta que contiene todos los documentos entregados por los solicitantes para acceder al apoyo de acuerdo con los presentes lineamientos;

  14. Esquema Revolvente: Esquema intrínseco del Programa donde los beneficiarios, del repoblamiento bovino, caprino, ovino y porcino, reintegran los vientres que serán otorgados a los beneficiarios subsecuentes en los plazos que se establecen;

  15. Ganado mayor: Se refiere al ganado bovino;

  16. Ganado menor: Se refiere al ganado porcino, ovino, caprino, extraordinariamente hace también referencia a la apicultura conforme a las equivalencias que determine y publique la Secretaría. Las cuales se pueden consultar en: https://www.gob.mx/sader/documentos/elementos-tecnicos-y-valores-de-referencia-de-los-conceptos-de-apoyo-2018;

  17. Instrumento Jurídico: Se refiere a la Cesión de Derechos y Carta Compromiso, en los que se precisen los compromisos, objetivos y acciones específicas a realizar por las partes involucradas, mismos que se publicarán en la página web de la SADER (www.gob.mx/sader);

  18. Novillona o Vaquilla: Hembra bovina con calidad genética, sanidad y en edad reproductiva, preferentemente cargada;

  19. Núcleo: Están conformados por cuatro bastidores con cría y abejas, panales nuevos y una abeja reina.

  20. Pequeño productor pecuario: Persona física o moral que tiene hasta 35 unidades animal o su equivalente en otras especies y deberán tener capacidad para dar alojamiento, abastecimiento de agua y...

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