Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa de Fertilizantes para el ejercicio fiscal 2019.

Fecha de disposición01 Marzo 2019
Fecha de publicación01 Marzo 2019
EmisorSECRETARIA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SADER.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. VÍCTOR MANUEL VILLALOBOS ARÁMBULA, Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, con fundamento en los artículos 25, 26 y 27, fracción XX y 28, párrafo decimotercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9, 12, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 9, 12, 33, 34 y 35 de la Ley de Planeación; 175 y 176 del Reglamento Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 7, 8, 32, 53, 54, 55, 56, 58, 59, 60, 61, 72, 79 primer párrafo, 80, 86, 87, 104, 140, 143, 164, 178, 183,190 fracciones I y II, y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 1, 2, 3 fracciones II, III, IV, VII, X, XII y XIII, 5 y 7 de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional; 1 y 70 fracciones I, XV, XIX, XX y XXVI de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 25, 26 y 32 y los Anexos 11 y 26 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2018; 1, 2, 3 y 5 fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y

CONSIDERANDO

Que el Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) establece que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales.

Que el Artículo 26 de la CPEUM establece que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.

En el mismo sentido, el artículo 27, fracción XX del citado ordenamiento, hace mención a que el Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación en el desarrollo nacional, y fomentará la actividad agropecuaria para el óptimo uso de la tierra con insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica.

Que la Ley de Desarrollo Rural Sustentable establece que el Estado, a través del Gobierno Federal impulsará políticas, acciones y programas en el medio rural que serán considerados prioritarios para el desarrollo del país y que estarán orientados a corregir disparidades de desarrollo regional a través de la atención diferenciada a las regiones de mayor rezago, mediante una acción integral que impulse su transformación y la reconversión productiva y económica, con un enfoque productivo de desarrollo rural sustentable; además de contribuir a la soberanía y seguridad alimentaria de la nación mediante el impulso de la producción agropecuaria del país;

Que en el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018, se incluye en los Anexos 11 y 26 relativo al "Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable", al "Programa de Fertilizantes", como uno de los principales programas del Ramo Agricultura y Desarrollo Rural.

En este tenor, he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE FERTILIZANTES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019

TÍTULO I
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 20
Artículo 1

Objeto del Acuerdo

El presente Acuerdo tiene por objeto dar a conocer los Lineamientos para Operación del Programa de Fertilizantes para el Ejercicio Fiscal 2019.

Artículo 2

Glosario de Términos

Para efectos y aplicación del Programa contenido en los presentes Lineamientos, se entenderá por:

  1. Apoyos.- Se refiere a la entrega en especie que se otorga al pequeño productor solicitante que

    cumple con los requisitos, lineamientos, documentos, caracterización y trámites a que se refieren estos Lineamientos.

  2. Beneficiario.- Persona física que recibe el apoyo previsto en los presentes Lineamientos.

  3. CADER.- Centro de Atención para el Desarrollo Rural de la SADER.

  4. Cultivos prioritarios.- Se consideran maíz, arroz y frijol, café y caña de azúcar.

  5. CURP.- Clave Única de Registro de Población. - Es la secuencia alfanumérica que identifica a cada persona, otorgada por la Secretaría de Gobernación.

  6. Estratos E1 y E2.- Clasificación de la población rural según el Diagnóstico del Sector Rural y Pesquero, emitido por SAGARPA-FAO en el 2012:

    1. Estrato E1: Familiar de subsistencia sin vinculación al mercado, su rasgo principal es que no presenta ingresos por ventas o sólo realiza ventas esporádicas de "excedentes no planeados", pues el objetivo de su producción no es el mercado y, por tanto, los integrantes de este Estrato no la consideran relevante en su generación de ingreso.

    2. Estrato E2: Familiar de subsistencia con vinculación al mercado, tiene un carácter familiar y presenta ventas de productos primarios que no superan los $55,200.00 pesos anuales. Adicionalmente, las UER de este Estrato presentan emprendimientos no agropecuarios de menor escala; así como la venta de servicios de mano de obra asalariada, lo que complementa el ingreso familiar.

  7. Padrón de Solicitantes y Beneficiario de la SADER.- Registro que contiene los datos de identificación de las personas físicas y morales que solicitan, y de ser el caso, resultan beneficiadas con alguno de los incentivos previstos en los diferentes Programas a cargo de la SADER, previsto en el Artículo 140 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

  8. Pequeño Productor.- Persona física o moral con actividad agropecuaria, y demás actividades económicas vinculadas al medio rural, que pertenezcan a los estratos E1y E2.

  9. Programa.- Programa de Fertilizantes.

  10. Región Sur Sureste.- Comprende los estados de Campeche, Chiapas, Guerrero, Quintana Roo, Oaxaca, Tabasco, Yucatán y Veracruz.

  11. SADER.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.

  12. SURI.- Sistema Único de Registro de Información de personas físicas y morales beneficiarias de los Programas de la SADER.

  13. Unidad Responsable.- Será la Dirección General de Productividad y Desarrollo Tecnológico (DGPDT) adscrita a la Subsecretaría de Agricultura, quien publicará el Procedimiento General Operativo del Programa y demás disposiciones específicas para su implementación; misma que vigilará que todos los solicitantes que presenten una petición para acceder al apoyo de este Programa se encuentren registrados en el Padrón Único de Solicitantes y Beneficiarios de la SADER y con sus datos debidamente actualizados, antes de que les sea otorgado el apoyo.

  14. Vale Único.- Instrumento documental único e intransferible, mismo que contara con los datos del beneficiario, superficie y cantidad de fertilizantes.

Artículo 3

Objetivo del Programa

Aumentar la disponibilidad oportuna de fertilizantes químicos y biológicos para contribuir a mejorar la productividad agrícola en localidades de alto y muy alto grado de marginación.

Artículo 4

Aplicación

El Programa se aplicará, de conformidad con los presentes Lineamientos de Operación y sujeto a las disponibilidades presupuestarias autorizadas en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Artículo 5

Interpretación

La interpretación técnica y operativa de las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo, así como la resolución de los asuntos no previstos en estos Lineamientos, serán facultad de la Unidad Responsable, en los términos de las disposiciones...

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