Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa de Agromercados Sociales y Sustentables para el ejercicio fiscal 2019. (Continúa en la Tercera Sección).

Fecha de disposición21 Marzo 2019
Fecha de publicación21 Marzo 2019
EmisorSECRETARIA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SADER.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. VÍCTOR MANUEL VILLALOBOS ARÁMBULA, Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, con fundamento en los artículos 25, 26 y 27, fracción XX y 28, párrafo decimotercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9, 12, 17, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 9, 12, 22, 32, 33, 34, 35, 36 y 37 de la Ley de Planeación; 54 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento; 1, 7, 8, 32, 53, 54, 55, 56, 58, 59, 60, 61, 72, 79 primer párrafo, 87, 104, 115, 140, 143, 164, 178, 183, 190 fracciones I y II, y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 1 y 70 fracciones I, XV, XIX, XX, XXVI y XXXVIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y los artículos 3 fracciones XII y XXII, 21 y 32 así como los Anexos 11 y 26 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2018; 1, 2 apartado A, fracción I, 3, 7, 17 y 18 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, actualmente Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER), y

CONSIDERANDO

Que el Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales.

Que el Artículo 26 de la referida Constitución, establece que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.

En el mismo sentido, el artículo 27, fracción XX del citado ordenamiento, hace mención a que el Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación en el desarrollo nacional, y fomentará la actividad agropecuaria para el óptimo uso de la tierra con insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica.

Que la Ley de Desarrollo Rural Sustentable establece que el Estado, a través del Gobierno Federal impulsará políticas, acciones y programas en el medio rural que serán considerados prioritarios para el desarrollo del país y que estarán orientados a corregir disparidades de desarrollo regional a través de la atención diferenciada a las regiones de mayor rezago, mediante una acción integral que impulse su transformación y la reconversión productiva y económica, con un enfoque productivo de desarrollo rural sustentable; además de contribuir a la soberanía y seguridad alimentaria de la nación mediante el impulso de la producción agropecuaria del país.

De conformidad con la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, entre otras acciones a cargo de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER), promoverá y apoyará la comercialización agropecuaria, con el fin de lograr una mejor integración de la producción primaria con los procesos de comercialización, la cual es una condición indispensable para alcanzar la seguridad alimentaria.

Que de acuerdo con el segundo párrafo del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los programas de beneficio directo a grupos sociales, los montos y porcentajes se establecerán con base en criterios redistributivos que deberán privilegiar a la población de menos ingresos y procurar la equidad entre regiones y entidades federativas, sin demerito de la eficiencia en el logro de los objetivos.

Que de conformidad con el Anexo 11 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019, en lo sucesivo (PEF), en el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2018, se incluye el nuevo Programa Agromercados Sociales y Sustentables, en adelante AMSYS, como parte de en la estructura programática de la SADER, al cual se le asignó un presupuesto de $6,707,734,811.00 (seis mil setecientos siete millones setecientos treinta y cuatro mil ochocientos once pesos 00/100).

Que de acuerdo al Anexo 26 del PEF, AMSYS es uno de los principales programas de la nueva Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER), y su ejecución estará a cargo de la Subsecretaría de Agricultura por conducto de la Dirección General de Fomento a la Agricultura, designada como la Unidad Responsable del Programa, de conformidad con los presentes Lineamientos.

Que de acuerdo con la fracción IV del artículo 32 del PEF, se establece como lineamiento del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable 2019 apoyar la comercialización cooperativa de productos agropecuarios elegibles, que permita proporcionar una garantía de rentabilidad mediante el ingreso objetivo que proteja a productores contra descensos imprevistos en el precio de mercado, aquellos con problemas de comercialización, así como a los interesados en la construcción, habilitación, ampliación, mejora y equipamiento de la infraestructura de almacenamiento de granos e información para la competitividad agrícola. Asimismo, coadyuvar al impulso de los mercados y a perfeccionar la información disponible para el sector.

Que en la fracción V del artículo 32 del PEF, se establece como lineamiento incidir, en términos de las disposiciones aplicables, en mercados con problemas de comercialización a través de incentivos en los precios relativos que enfrenten los agentes económicos desde la oferta o desde la demanda, y buscar mejorar las condiciones para la comercialización de los pequeños y medianos productores agropecuarios, mediante el otorgamiento de incentivos a los productores que les permitan enfrentar con mayor eficacia el proceso comercial y con ello mejorar su ingreso. Lo anterior permitirá desplazar volúmenes de grano, para lo cual, de manera específica utilizará los instrumentos con los que cuenta, para mantener una banda de precios y producción disponible para el consumo de las personas y de la agroindustria;

Que de acuerdo con la fracción XV del artículo 32 del PEF, los incentivos al proceso de comercialización de los productos agropecuarios y pesqueros, buscarán impulsar el desarrollo de las regiones del país en donde la infraestructura para el acopio y agregación de valor es deficiente e insuficiente; asimismo, privilegiará a la población objetivo de más bajos recursos, con base en el fortalecimiento de su organización y capacitación.

Que la SADER, busca que las políticas relacionadas logren la autosuficiencia alimentaria, sustentada en más producción, mayor responsabilidad ambiental e inclusión de productores de todos los tamaños y condiciones, así como en una asimilación de los diversos grados de desarrollo que tienen los campesinos, los ganaderos, los empresarios agropecuarios y todos los que están ligados al campo de una u otra manera.

Ante un escenario de apertura comercial, donde los productores tienen que competir con una oferta internacional prácticamente ilimitada y competitiva en precios, crédito, regularidad en el suministro y hasta subsidios, y con precios extremadamente volátiles, es necesario mantener una intervención pública que ofrezca a los productores un mínimo de certidumbre para llevar a cabo sus actividades productivas y que asegure a los consumidores y procesadores una oferta nacional estable de...

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