Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa para el Bienestar de las Personas en Emergencia Social o Natural para el ejercicio fiscal 2020.

Fecha de disposición28 Febrero 2020
Fecha de publicación28 Febrero 2020
EmisorSECRETARIA DE BIENESTAR
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- BIENESTAR.- Secretaría de Bienestar. MARÍA LUISA ALBORES GONZÁLEZ, Secretaria de Bienestar, con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social; Décimo Quinto Transitorio del Decreto por el que se reforman adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018, y

CONSIDERANDO

Que la ejecución de los proyectos y acciones del Programa para el Bienestar de las Personas en Emergencia Social o Natural, deberá llevarse a cabo para apoyar a familias en situación de emergencia social o natural, de forma complementaria a las estrategias de los programas sociales y de protección civil;

Que los apoyos que otorgue el Programa deberán sujetarse a criterios de objetividad, equidad, transparencia, máxima publicidad, selectividad y temporalidad; y los beneficios económicos y/o en especie, deberán entregarse a los beneficiarios de manera directa y sin intermediarios, preferiblemente por instrumento bancario, y

Que la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, mediante oficio CONAMER/20/0630, de fecha 06 de febrero de 2020, emitió el dictamen regulatorio correspondiente, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PARA EL BIENESTAR DE LAS PERSONAS EN EMERGENCIA SOCIAL O NATURAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020

ÚNICO: Se emiten los Lineamientos de Operación del Programa para el Bienestar de las Personas en Emergencia Social o Natural, para el ejercicio fiscal 2020.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Se abroga el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos del Programa para el Bienestar de las Personas en Emergencia Social o Natural de la Secretaría de Bienestar para el ejercicio fiscal 2019, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de marzo de 2019, así como el Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se emiten los Lineamientos del Programa para el Bienestar de las Personas en Emergencia Social o Natural de la Secretaría de Bienestar para el ejercicio fiscal 2019, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 01 de agosto de 2019.

Dado en la Ciudad de México, a los veintiséis días del mes de febrero de dos mil veinte.- La Secretaria de Bienestar, María Luisa Albores González.- Rúbrica.

  1. Introducción

    Por sus condiciones sociales, ubicación geográfica y características climatológicas, México es un país expuesto a distintos fenómenos sociales o naturales que ponen a la población en situación de vulnerabilidad e impactan el bienestar de las personas, por lo que es necesaria la actuación e intervención del Estado para su atención y recuperación.

    Ante tal situación, surge la necesidad que el Estado Mexicano esté en capacidad no solamente de responder en el momento de la emergencia para salvaguardar vidas humanas o bienes, sino también de garantizar el bienestar de las poblaciones ante cualquier tipo de problemática que implique privar a las personas y/o familias de las condiciones mínimas para el bienestar integral.

    Es por ello que, a partir de 2019, el Gobierno de México crea el Programa para el Bienestar de las Personas en Emergencia Social o Natural, con la finalidad de mitigar los efectos negativos que provocan los fenómenos sociales o naturales en la esfera de los derechos sociales de las personas y/o familias, por lo que debe ser visto desde la perspectiva de protección social en una emergencia.

    El Programa tiene un enfoque donde se atiende priorizando la atención de las niñas, niños, adolescentes,

    personas adultas mayores, personas con discapacidad, personas indígenas y afromexicanas que, por sus condiciones de vulnerabilidad, los fenómenos sociales o naturales tienen un mayor impacto negativo en su bienestar. Lo cual, debe ser un criterio prioritario de acción para la protección social en los casos de emergencia.

    El Programa se encuentra alineado al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2019, en su Eje "Política Social", objetivo Construir un país con Bienestar, que tiene como finalidad favorecer el acceso a mejores niveles de bienestar y revertir la situación de desigualdad social en México.

  2. Objetivos

    2.1 Objetivo General

    La Secretaría de Bienestar actuará como autoridad de reacción pronta e inmediata, que actúe de forma efectiva para mitigar la afectación de personas y familias, además contribuir para salvaguardar el bienestar y el cumplimiento de los derechos sociales de las personas y las familias que se encuentran en vulnerabilidad en el territorio nacional, como resultado de una situación de emergencia social o natural.

    2.2 Objetivo Específico

    Atender las necesidades de las personas, prioritariamente de niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad, personas indígenas y afromexicanas, en poblaciones afectadas por fenómenos sociales y naturales a través de la entrega de apoyos económicos o en especie en el lugar donde se suscite la emergencia social o natural, con el fin de reducir el impacto negativo en la esfera de sus derechos sociales.

    Por lo que se podrán destinar recursos para la adquisición de bienes en especie, para la operación de los albergues, así como el auxiliar en el traslado de las personas y/o bienes muebles que requieran ser movilizados para la atención de la emergencia social o natural.

    También se considera emergencia en equiparable a social y/o natural, la emergencia alimentaria o alimenticia, ocasionada por fenómenos naturales, condiciones sociales o económicas que impiden el acceso a los alimentos a una persona o familia para cubrir sus necesidades básicas de alimentación.

  3. Lineamientos

    3.1 Cobertura

    El Programa tendrá cobertura nacional.

    3.2 Población Objetivo

    Las personas o familias que se encuentren en el lugar donde acontezcan fenómenos sociales o naturales, o bien, se encuentren afectadas por estos y que la autoridad considere que se encuentran en riesgo con respecto a su seguridad e integridad, o se encuentren en una situación de vulnerabilidad y que requieran de asistencia para contribuir a salvaguardar el bienestar y cumplimiento de los derechos sociales.

    3.3 Criterios y Requisitos de Incorporación

    Para recibir el apoyo económico, los fenómenos se clasificarán en sociales y naturales, en los que se tendrán que cumplir con los siguientes criterios para su incorporación al Programa:

    CLASIFICACIÓN DEL FENÓMENO
    CRITERIOS
    ÁMBITO DE APLICACIÓN
    TIPO
    FENÓMENO
    Sociales
    Cuando acontece una situación adversa producto de la actividad humana que haya generado una situación de vulnerabilidad en los derechos sociales de las personas o familias.
    Todos aquellos fenómenos sociales que produzcan daño y/o causen perjuicio en las personas y su seguridad, no contemplados en el párrafo anterior, serán determinados por la Secretaría considerando los siguientes criterios: Ubicación, Grado de Intensidad, población o personas en tránsito afectadas y grado de afectación.
    Encontrarse en el territorio o localidad que hayan sido afectados por algún fenómeno.

    Naturales
    Ciclón tropical
    Cuando se active la Alerta Naranja y Alerta Roja en la Fase de Acercamiento o Alejamiento de un Ciclón Tropical.
    Haber sido afectado en sus bienes y/o personas y que requiera de asistencia para su recuperación.
    Inundación
    Cuando se active la Alerta de Riesgo Alto (color Naranja) y máximo (color Rojo) de precipitación por parte del Sistema Meteorológico Nacional, y ocasione daños severos a la población.
    Haber sido afectado en sus bienes y/o personas y que requiera de asistencia para su recuperación.
    Actividad volcánica
    Cuando el semáforo de Alerta Volcánica del CENAPRED indique Alarma (Color Rojo) en sus Fases 1 y 2.
    Haber sido afectado por habitar una localidad cercana al evento volcánico.

    Incendios
    Fuego no controlado de grandes proporciones, que puede presentarse en forma súbita o gradual. Por lo general produce daños materiales, lesiones o pérdida de vidas humanas.
    Incendio parcial: Fuego que abarca parte de una instalación o área determinada que tiene la posibilidad de salirse de control y causar víctimas o daños mayores. Los extintores portátiles son inútiles para sofocarlos, ya que se requiere de la participación de personal capacitado y equipado.
    Incendio total: Incendio completamente fuera de control de alta destructividad, que afecta a toda una instalación o área, siendo difícil de combatir. Debe protegerse a las personas y propiedades de los alrededores.
    Haber sido afectado por un incendio originado por causas adversas.
    Sismo
    Sismo de magnitud superior a 6.1 grados en la escala de Richter que ocasione daños severos.
    Haber sido afectado en sus bienes y/o personas y que requiera de asistencia para su recuperación.

    Derivado de la vulnerabilidad en la que se podrían encontrar las personas o familias por un fenómeno social o natural, la autoridad actuará de forma pro persona, es decir, actuará en favor de las personas y lo que mayor beneficio les puede generar, por lo que, en virtud de la naturaleza de la...

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