Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa para el Bienestar de las Personas en Emergencia Social o Natural, para el ejercicio fiscal 2021.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- BIENESTAR.- Secretaría de Bienestar. JAVIER MAY RODRÍGUEZ, Secretario de Bienestar, con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; Décimo Quinto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social (hoy Secretaría de Bienestar); y

CONSIDERANDO

Que la ejecución de los proyectos y acciones del Programa para el Bienestar de las Personas en Emergencia Social o Natural deberá llevarse a cabo para apoyar a familias en situación de emergencia social o natural, de forma complementaria a las estrategias de los programas sociales y de protección civil;

Que los apoyos que otorgue el Programa deberán sujetarse a criterios de objetividad, equidad, transparencia, máxima publicidad, selectividad y temporalidad; y los beneficios económicos y/o en especie, deberán entregarse a los beneficiarios de manera directa y sin intermediarios, preferiblemente por instrumento bancario, y

Que la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, mediante oficio CONAMER/21/0005, de fecha 04 de enero de 2021, emitió el dictamen regulatorio correspondiente, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PARA EL BIENESTAR DE LAS PERSONAS EN EMERGENCIA SOCIAL O NATURAL, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021

ÚNICO: Se emiten los Lineamientos de Operación del Programa para el Bienestar de las Personas en Emergencia Social o Natural, para el ejercicio fiscal 2021.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Se abroga el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa para el Bienestar de las Personas en Emergencia Social o Natural para el ejercicio fiscal 2020, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2020.

Dado en la Ciudad de México, a los 12 días del mes de enero de 2021.- El Secretario de Bienestar, Javier May Rodríguez.- Rúbrica.

  1. Introducción

    Por sus condiciones sociales, ubicación geográfica y características climatológicas, México es un país expuesto a distintos fenómenos sociales o naturales que ponen a la población en situación de vulnerabilidad e impactan el bienestar de las personas, por lo que es necesaria la actuación e intervención del Estado para su atención y recuperación.

    Ante tal situación, surge la necesidad que el Estado Mexicano esté en capacidad no solamente de responder en el momento de la emergencia para salvaguardar vidas humanas o bienes, sino también de garantizar el bienestar de las poblaciones ante cualquier tipo de problemática que implique privar a las personas y/o familias de las condiciones mínimas para el bienestar integral.

    Es por ello que, a partir de 2019, el Gobierno de México crea el Programa para el Bienestar de las Personas en Emergencia Social o Natural, con la finalidad de mitigar los efectos negativos que provocan los fenómenos sociales o naturales en la esfera de los derechos sociales de las personas y/o familias, por lo que debe ser visto desde la perspectiva de protección social en una emergencia.

    El Programa tiene prioridad de atención de niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad, personas indígenas y afromexicanas que, por sus condiciones de vulnerabilidad, los fenómenos sociales o naturales tienen un mayor impacto negativo en su bienestar. Lo cual, debe ser un criterio prioritario de acción para la protección social en los casos de emergencia.

    En el marco del Sistema de Planeación Nacional, el programa se encuentra alineado al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2019, en su Eje "Política Social", objetivo Construir un país con Bienestar, que tiene como propósito favorecer el acceso a mejores niveles de bienestar y revertir la situación de desigualdad social en México.

    Asimismo, se vincula con los Objetivos Prioritarios, Estrategias Prioritarias y Líneas de Acción Puntuales del Programa Sectorial de Bienestar 2020-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de junio de 2020, de acuerdo con el Objetivo 1. Contribuir a garantizar un conjunto básico de derechos humanos de manera efectiva y progresiva comenzando por quienes más lo necesitan, y a su Estrategia 1.4 Disminuir el impacto negativo al bienestar de las personas y familias ante situaciones de emergencia natural o social para asegurar el ejercicio de sus derechos humanos.

    Por otro lado, el programa contribuye al cumplimiento de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en sus objetivos 3. Poner fin a la pobreza en todas sus formas en todo el mundo; y, 8. Reducir la desigualdad en y entre los países.

  2. Objetivos

    2.1 Objetivo General

    Mitigar la situación de vulnerabilidad de las personas afectadas por una emergencia social o natural.

    2.2 Objetivo Específico

    Entregar apoyos económicos o en especie a personas afectadas por emergencias sociales o naturales.

    Por lo que se podrán destinar recursos para la adquisición de bienes en especie, para la operación de los albergues, así como el auxiliar en el traslado de las personas y/o bienes muebles que requieran ser movilizados para la atención de la emergencia social o natural.

    También se considera emergencia en equiparable a social y/o natural, la emergencia alimentaria o alimenticia, ocasionada por fenómenos naturales, condiciones sociales o económicas que impiden el acceso a los alimentos a una persona para cubrir sus necesidades básicas de alimentación.

  3. Lineamientos

    3.1 Cobertura

    El Programa tendrá cobertura nacional.

    3.2 Población Objetivo

    Las personas que se encuentren en el lugar donde acontezcan fenómenos sociales o naturales, o bien, se encuentren afectadas por estos y que la autoridad considere que se encuentran en riesgo con respecto a su seguridad e integridad, o se encuentren en una situación de vulnerabilidad y que requieran de asistencia para contribuir a salvaguardar el bienestar y cumplimiento de los derechos sociales.

    3.3 Criterios y Requisitos de Incorporación

    Para recibir el apoyo económico, los fenómenos se clasificarán en sociales y naturales, y las personas beneficiarias tendrán que cumplir con los siguientes criterios para su incorporación al Programa:

    CLASIFICACIÓN DEL
    FENÓMENO
    CRITERIOS
    ÁMBITO DE APLICACIÓN
    TIPO
    FENÓMENO
    Sociales
    Cuando acontece una situación adversa producto de la actividad humana que haya generado una situación de vulnerabilidad en los derechos sociales de las personas.
    Todos aquellos fenómenos sociales que produzcan daño y/o causen perjuicio en las personas y su seguridad, no contemplados en el párrafo anterior, serán determinados por la Secretaría considerando los siguientes criterios: Ubicación, Grado de Intensidad, población o personas en tránsito afectadas y grado de afectación.
    Encontrarse en el territorio o localidad que hayan sido afectados por algún fenómeno.

    Naturales
    Ciclón
    tropical
    Cuando se active la Alerta Naranja y Alerta Roja en la Fase de Acercamiento o Alejamiento de un Ciclón Tropical.
    Haber sido afectado en sus bienes y/o personas y que requiera de asistencia para su recuperación.
    Inundación
    Cuando se active la Alerta de Riesgo Alto (color Naranja) y máximo (color Rojo) de precipitación por parte del Sistema Meteorológico Nacional, y ocasione daños severos a la población.
    Haber sido afectado en sus bienes y/o personas y que requiera de asistencia para su recuperación.
    Actividad
    volcánica
    Cuando el semáforo de Alerta Volcánica del CENAPRED indique Alarma (Color Rojo) en sus Fases 1 y 2.
    Haber sido afectado por habitar una localidad cercana al evento volcánico.
    Incendios
    Fuego no controlado de grandes proporciones, que puede presentarse en forma súbita o gradual. Por lo general produce daños materiales, lesiones o pérdida de vidas humanas.
    Incendio parcial: Fuego que abarca parte de una instalación o área determinada que tiene la posibilidad de salirse de control y causar víctimas o daños mayores. Los extintores portátiles son inútiles para sofocarlos, ya que se requiere de la participación de personal capacitado y equipado.
    Incendio total: Incendio completamente fuera de control de alta destructividad, que afecta a toda una instalación o área, siendo difícil de combatir. Debe protegerse a las personas y propiedades de los alrededores.
    Haber sido afectado por un incendio originado por causas adversas.
    Sismo
    Sismo de magnitud superior a 6.1 grados en la escala de Richter que ocasione daños severos.
    Haber sido afectado en sus bienes y/o personas y que requiera de asistencia para su recuperación.

    Derivado de la vulnerabilidad en la que se podrían encontrar las personas por un fenómeno social o natural, la autoridad actuará de forma pro persona, es decir, actuará en favor de las personas y lo que mayor beneficio les puede generar, por lo que, en virtud de la naturaleza de la emergencia ante desastres, no se podrán solicitar mayores documentos a los que en la medida de lo posible posean las personas afectadas. La autoridad registrará y dará seguimiento a las acciones...

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