Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Comunitario 'Comunidad DIFerente', para el ejercicio fiscal 2015

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Enero de 2015
EmisorSecretaría de Salud

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. MARÍA DE LAS MERCEDES MARTHA JUAN LÓPEZ, Secretaria de Salud, con fundamento en los artículos 39, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 77, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 29 y 30, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, y 5, apartado D, fracción IV y 7, fracción XVIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y

CONSIDERANDO Artículo Único

Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en su artículo 77, que con el objeto de que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género, el Presupuesto de Egresos de la Federación, señalará los programas a través de los cuales se otorguen subsidios y aquellos programas que deberán sujetarse a reglas de operación, así como los criterios generales aplicables a las mismas;

Que asimismo el artículo referido en el párrafo anterior, establece que las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las reglas de operación, respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquéllas que continúen vigentes;

Que el Organismo Descentralizado denominado Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, es una entidad de la Administración Pública Federal, agrupada en el sector coordinado por la Secretaría de Salud, como se desprende del artículo 5, apartado D, fracción IV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y de la Relación de Entidades Paraestatales de la Administración Pública Federal sujetas a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de agosto de 2014;

Que en términos del artículo 29, párrafo primero, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, así como su anexo 25, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2014, el Programa de Desarrollo Comunitario "Comunidad DIFerente", estará sujeto a las reglas de operación que para tal efecto se emitan;

Que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, es responsable del desarrollo y la ejecución del Programa de Desarrollo Comunitario "Comunidad DIFerente", así como de dar seguimiento al cumplimiento de sus objetivos y evaluar sus resultados;

Que el Programa de Desarrollo Comunitario "Comunidad DIFerente" no se contrapone, afecta o presenta duplicidad con otros programas y acciones del Gobierno Federal en cuanto a diseño, beneficios, apoyos otorgados y población objetivo;

Que los recursos y las acciones destinadas a solventar los efectos ocasionados por desastres naturales, deberán apegarse a los lineamientos y mecanismos que determinen la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en sus respectivos ámbitos de competencia y demás disposiciones aplicables, y

Que los gastos indirectos del Programa de Desarrollo Comunitario "Comunidad DIFerente", para el ejercicio fiscal 2015, se ajustarán a lo establecido en el Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal, publicado el 10 de diciembre de 2012 en el Diario Oficial de la Federación y a los numerales 11 y 29, de los Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de enero de 2013, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

ARTÍCULO ÚNICO

Se emiten las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Comunitario "Comunidad DIFerente", para el Ejercicio Fiscal 2015, formuladas por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el primero de enero de dos mil quince.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 18 días del mes de diciembre del año 2014.- La Secretaria de Salud, María de las Mercedes Martha Juan López.- Rúbrica.

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO COMUNITARIO "COMUNIDAD

DIFERENTE" PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015

ÍNDICE

  1. Introducción

  2. Glosario

  3. Objetivos

    3.1. Objetivo General

    3.2. Objetivo Específico

  4. Subprograma "Comunidad DIFerente"

    4.1. Objetivo

    4.2. Lineamientos

    4.2.1. Cobertura

    4.2.2. Población

    4.2.2.1. Población potencial

    4.2.2.2. Población objetivo

    4.2.3. Beneficiarios

    4.2.3.1. Requisitos de elegibilidad

    4.2.4. Características de los apoyos

    4.2.4.1. Montos de apoyo

    4.2.5. Capacitaciones

    4.2.6. Derechos y Obligaciones

    4.2.7. Participantes

    4.2.7.1. Instancias ejecutoras

    4.2.7.2. Instancia normativa

    4.3. Operación

    4.3.1. Proceso

    4.3.1.1. Procedimiento para la aprobación del PAT

    4.3.1.2. Suscripción del Convenio de Coordinación

    4.3.1.3. Entrega y ejercicio de los recursos

    4.4. Ejecución

    4.4.1. Seguimiento a la operación

  5. Subprograma de Infraestructura, Rehabilitación y/o Equipamiento de Espacios Alimentarios

    5.1. Objetivo

    5.2. Lineamientos

    5.2.1. Cobertura

    5.2.2. Población

    5.2.2.1. Población potencial

    5.2.2.2. Población objetivo

    5.2.3. Beneficiarios

    5.2.3.1. Requisitos de elegibilidad

    5.2.4. Características de los apoyos

    5.2.4.1. Montos de los apoyos

    5.2.5. Derechos y Obligaciones

    5.2.6. Participantes

    5.2.6.1. Instancias ejecutoras

    5.2.6.2. Instancia normativa

    5.3. Operación

    5.3.1. Proceso

    5.3.1.1. Procedimiento para la Aprobación de Proyectos de Infraestructura, Rehabilitación y/o Equipamiento de Espacios Alimentarios

    5.3.1.2. Suscripción del Convenio de Coordinación

    5.3.1.3. Entrega y ejercicio de los recursos

    5.4. Ejecución

    5.4.1. Seguimiento a la operación

  6. Subprograma de Apoyo a familias con menores de 6 años para contribuir a su acceso a la alimentación

    6.1. Objetivo

    6.2. Lineamientos

    6.2.1. Cobertura

    6.2.2. Población

    6.2.2.1. Población potencial

    6.2.2.2. Población objetivo

    6.2.3. Beneficiarios

    6.2.3.1. Requisitos de elegibilidad

    6.2.4. Características de los apoyos

    6.2.4.1. Montos de los apoyos

    6.2.5. Derechos y obligaciones

    6.2.6. Participantes

    6.2.6.1. Instancias ejecutoras

    6.2.6.2. Instancia normativa

    6.3. Operación

    6.3.1. Proceso

    6.3.1.1. Procedimiento para la entrega de apoyos a familias

    6.3.1.2. Suscripción del Instrumento Jurídico

    6.3.1.3. Entrega y ejercicio de los recursos

    6.4. Ejecución

    6.4.1. Seguimiento a la operación

  7. Coordinación Institucional

  8. Operación

    8.1. Ejecución

    8.1.1. Avances físico-financieros

    8.1.2. Recursos no devengados

  9. Auditoría y seguimiento

  10. Evaluación

  11. Transparencia

    11.1.Difusión

    11.2.Contraloría social

    11.3.Padrones de beneficiarios

  12. Quejas y denuncias

  13. Anexos

    Anexo 1. Modelo de convenio de coordinación.

    Anexo 2. Guía para elaborar el proyecto anual de trabajo 2015 (PAT).

    Anexo 3. Formato "Propuesta de modificaciones al PAT 2015".

    Anexo 4. Formato para elaboración del proyecto de infraestructura, rehabilitación y/o equipamiento de espacios alimentarios 2015.

1. Introducción

El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece que la tarea del desarrollo y del crecimiento corresponde a todos los actores, a todos los sectores y a todas las personas del país. El desarrollo no debe ser de un solo actor, ni siquiera de uno tan central como lo es el Estado. El crecimiento y desarrollo surgen de abajo hacia arriba, cuando cada persona, cada empresa y cada actor de nuestra sociedad, son capaces de lograr su mayor contribución.

En la meta nacional "México Incluyente", se garantiza el ejercicio efectivo de los derechos sociales de todos los mexicanos, yendo más allá del asistencialismo y conectando al capital humano con las oportunidades que genere la economía en el marco de una nueva productividad social, disminuyendo las brechas de desigualdad, y promoviendo la más amplia participación social en las políticas públicas como factor de cohesión y ciudadanía.

Establece como líneas de acción de la Estrategia 2.2.1. Generar esquemas de desarrollo comunitario a través de procesos de participación social, fortalecer a los actores sociales que promueven el desarrollo social de los grupos en situación de vulnerabilidad y rezago; potenciar la inversión conjunta de la sociedad organizada y los tres órdenes de gobierno, invirtiendo en proyectos de infraestructura social básica, complementaria y productiva, y fortalecer el capital y cohesión social mediante la...

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