Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Comunitario 'Comunidad DIFerente', para el ejercicio fiscal 2016

Fecha de disposición28 Diciembre 2015
Fecha de publicación28 Diciembre 2015
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónQUINTA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. MARÍA DE LAS MERCEDES MARTHA JUAN LÓPEZ, Secretaria de Salud, con fundamento en los artículos 39, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 77, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 29 y 30, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, así como 5, apartado D, fracción IV y 7, fracción XVIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en su artículo 77, que con el objeto de que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género, el Presupuesto de Egresos de la Federación, señalará los programas a través de los cuales se otorguen subsidios y aquellos programas que deberán sujetarse a reglas de operación, así como los criterios generales aplicables a las mismas;

Que asimismo, el artículo referido en el párrafo anterior, establece que las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las reglas de operación, respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes;

Que el Organismo Descentralizado denominado Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, es una entidad de la Administración Pública Federal, agrupada en el sector coordinado por la Secretaría de Salud, como se desprende del artículo 5, apartado D, fracción IV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y de la Relación de Entidades Paraestatales de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de agosto de 2015;

Que en términos de lo dispuesto por el artículo 29, párrafo primero y el Anexo 25, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2015, el Programa de Desarrollo Comunitario "Comunidad DIFerente", estará sujeto a las reglas de operación que se emitan;

Que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia es responsable del desarrollo y la ejecución del Programa de Desarrollo Comunitario "Comunidad DIFerente", así como de dar seguimiento al cumplimiento de sus objetivos y evaluar sus resultados;

Que el Programa de Desarrollo Comunitario "Comunidad DIFerente" no se contrapone, afecta o presenta duplicidad con otros programas y acciones del Gobierno Federal en cuanto a diseño, beneficios, apoyos otorgados y población objetivo;

Que los recursos y las acciones destinadas a solventar los efectos ocasionados por desastres naturales, se apegarán a los lineamientos y mecanismos que determinen la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en sus respectivos ámbitos de competencia y de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, y

Que los gastos indirectos del Programa de Desarrollo Comunitario "Comunidad DIFerente", para el ejercicio fiscal 2016, se ajustarán a lo establecido en el Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal, publicado el 10 de diciembre de 2012 en el Diario Oficial de la Federación y a los numerales 11 y 29, de los Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de enero de 2013, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

ARTÍCULO ÚNICO

Se emiten las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Comunitario "Comunidad DIFerente", para el Ejercicio Fiscal 2016, formuladas por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el primero de enero de dos mil dieciséis.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 22 días del mes de diciembre de 2015.- La Secretaria de Salud, María de las Mercedes Martha Juan López.- Rúbrica.

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DESARROLLO COMUNITARIO "COMUNIDAD DIFERENTE", PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016

ÍNDICE

  1. Introducción

  2. Glosario de términos

  3. Objetivos del programa

    3.1. Objetivo general

    3.2. Objetivo específico

  4. Subprograma "Comunidad DIFerente"

    4.1. Objetivo

    4.1.1. Esquema de Acción Comunitaria

    4.2. Lineamientos

    4.2.1. Cobertura

    4.2.2. Población

    4.2.2.1. Población potencial

    4.2.2.2. Población objetivo

    4.2.3. Beneficiarios

    4.2.3.1. Requisitos de elegibilidad

    4.2.4. Características de los apoyos

    4.2.4.1. Montos de apoyo

    4.2.5. Capacitaciones

    4.2.5.1. Vertientes

    4.2.5.2. Tronco común

    4.2.6. Derechos, obligaciones y sanciones

    4.2.6.1. Derechos

    4.2.6.2. Obligaciones

    4.2.6.3. Sanciones

    4.2.7. Participantes

    4.2.7.1. Instancias ejecutoras

    4.2.7.2. Instancia normativa

    4.3. Operación

    4.3.1. Proceso

    4.3.1.1. Procedimiento para la aprobación del PAT

    4.3.1.2. Suscripción del Convenio de Coordinación

    4.3.1.3. Entrega y ejercicio de los recursos

    4.4. Ejecución

    4.4.1. Seguimiento a la operación

  5. Subprograma de Infraestructura, Rehabilitación y/o Equipamiento de Espacios Alimentarios

    5.1. Objetivo específico

    5.2. Lineamientos

    5.2.1. Cobertura

    5.2.2. Población

    5.2.2.1. Población potencial

    5.2.2.2. Población objetivo

    5.2.3. Beneficiarios

    5.2.3.1. Requisitos de elegibilidad

    5.2.4. Características de los apoyos

    5.2.4.1. Monto de los apoyos

    5.2.5. Derechos, obligaciones y sanciones

    5.2.5.1. Derechos

    5.2.5.2. Obligaciones

    5.2.5.3. Sanciones

    5.2.6. Participantes

    5.2.6.1. Instancias ejecutoras

    5.2.6.2. Instancia normativa

    5.3. Operación

    5.3.1. Proceso

    5.3.1.1. Procedimiento para la Aprobación de Proyectos de Infraestructura, Rehabilitación y/o Equipamiento de Espacios Alimentarios

    5.3.1.2. Suscripción del Convenio de Coordinación

    5.3.1.3. Entrega y ejercicio de los recursos

    5.4. Ejecución

    5.4.1. Seguimiento a la operación

  6. Coordinación institucional

  7. Operación

    7.1. Ejecución

    7.1.1. Avances físico-financieros

    7.1.2. Recursos no devengados

  8. Auditoría y seguimiento

  9. Evaluación

  10. Transparencia

    10.1. Difusión

    10.2. Contraloría Social

    10.3. Padrones de beneficiarios

  11. Quejas y denuncias

  12. Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre

  13. Anexos

Anexo 1 Modelo de Convenio de Coordinación
Anexo 2 Guía para elaborar el Proyecto Anual de Trabajo 2016 (PAT)
Anexo 3 Formato para elaboración del Proyecto de Infraestructura, Rehabilitación y/o equipamiento de Espacios Alimentarios (PIREEA) 2016
Anexo 4 Esquema de Contraloría Social
  1. Introducción

    El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece que la tarea del desarrollo y del crecimiento corresponde a todos los actores, a todos los sectores y a todas las personas del país. El desarrollo no debe ser de un solo actor, ni siquiera de uno tan central como lo es el Estado. El crecimiento y desarrollo surgen de abajo hacia arriba, cuando cada persona, cada empresa y cada actor de nuestra sociedad, son capaces de lograr su mayor contribución.

    El espíritu de la meta nacional "México Incluyente", es que el ejercicio efectivo de los derechos sociales de todos los mexicanos, debe ir más allá del asistencialismo y conectando al capital humano con las oportunidades que genere la economía en el marco de una nueva productividad social, disminuyendo las brechas de desigualdad, y promoviendo la más amplia participación social en las políticas públicas como factor de cohesión y ciudadanía.

    Establece como líneas de acción de la Estrategia 2.2.1. Generar esquemas de desarrollo comunitario a través de procesos de participación social, fortalecer a los actores sociales que promueven el desarrollo social de los grupos en situación de vulnerabilidad y rezago; potenciar la inversión conjunta de la sociedad organizada y los tres órdenes de gobierno, invirtiendo en proyectos de infraestructura social básica, complementaria y productiva, y fortalecer el capital y cohesión social mediante la organización y participación de las comunidades, promoviendo la confianza y la corresponsabilidad.

    En la Estrategia 2.1.1. Asegurar una alimentación y nutrición adecuada de los mexicanos, en particular para aquellos en extrema pobreza o con carencia alimentaria severa, se contempla dentro de sus líneas de acción, las relativas a combatir la carencia alimentaria de la población a través de políticas públicas coordinadas y concurrentes, priorizando la atención de las familias en extrema pobreza, y a facilitar el acceso a productos alimenticios básicos y complementarios a un precio adecuado.

    En el marco de lo que disponen la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, tiene el carácter de coordinador del Sistema Nacional de la Asistencia Social Pública y Privada, le corresponde la promoción de la asistencia social, la prestación de...

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