Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos (PRODERMAGICO), para el ejercicio fiscal 2018.

Fecha de disposición27 Diciembre 2017
Fecha de publicación27 Diciembre 2017
EmisorSECRETARIA DE TURISMO
SecciónOCTAVA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Turismo. ENRIQUE DE LA MADRID CORDERO, Secretario de Turismo, con fundamento en los artículos 28, párrafo décimo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 y 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 22, 27, 28 y 32 de la Ley de Planeación; 5, fracción II de la Ley General de Turismo; 74, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176, 178 y 179 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 7 y 8 fracción X del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 28, párrafo décimo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que se podrán otorgar subsidios con recursos federales a actividades que sean prioritarias, cuando éstas sean generales, de carácter temporal y no afecten las finanzas de la Nación.

Que una de las Metas Nacionales que se ha propuesto el Gobierno de la República dentro del Plan Nacional de Desarrollo es lograr un México Próspero, con la cual se busca elevar la productividad del país, como medio para incrementar el crecimiento potencial de la economía y así el bienestar de las familias.

Que el objetivo 4.11 de la Meta Nacional IV "México Próspero" del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, consiste en aprovechar el potencial turístico de México para generar una mayor derrama económica en el país.

Que el Programa Sectorial de Turismo, en su objetivo sectorial 2, se establece la necesidad de promover un turismo sustentable y de calidad que ofrezca productos y servicios innovadores, con mayor valor agregado y con una adecuada articulación de la cadena de valor, en aras de fortalecer la competitividad del turismo mexicano y que haga que la industria turística se desarrolle en beneficio de los mexicanos.

Que el Programa Presupuestario S248 "Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos (PRODERMAGICO)" se creó con la finalidad de contribuir a mejorar las condiciones de infraestructura y equipamiento en las regiones turísticas, diversificar la oferta que permita, en el mediano plazo, la consolidación de destinos y el fomento de los productos turísticos.

Que la coordinación institucional y vinculación de acciones gubernamentales busca potenciar el impacto de los recursos, fortalecer la cobertura de las acciones, explotar la complementariedad y reducir gastos administrativos. Por ello, es la intención de la Secretaría de Turismo (SECTUR) establecer los mecanismos de coordinación necesarios para garantizar que el PRODERMAGICO no se contraponga, afecte o presente duplicidades con otros programas o acciones del Gobierno Federal.

Que las presentes Reglas de Operación cumplen con los criterios y disposiciones determinadas por los artículos 28 y 29 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2017 y que entrará en vigor el 1° de enero de 2018.

Que con el propósito de contar con un mecanismo que asegure la aplicación eficiente, eficaz, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos asignados al PRODERMAGICO, se expide el siguiente:

ACUERDO

UNICO.- Se emiten las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos (PRODERMAGICO), para el ejercicio fiscal 2018.

TRANSITORIO

UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la Ciudad de México, a los 22 días del mes de diciembre de 2017.- El Secretario de Turismo, Enrique de la Madrid Cordero.- Rúbrica.

Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos (PRODERMAGICO), para el ejercicio fiscal 2018.

Contenido

  1. - Introducción.

    1.1 Glosario de Términos

  2. - Objetivos.

    2.1.- Objetivo General.

    2.2.- Objetivos Específicos.

  3. - Lineamientos.

    3.1.- Cobertura.

    3.2.- Población Potencial, Objetivo y Atendida.

    3.3.- Criterios y Requisitos de elegibilidad de los Proyectos.

    3.3.1. Criterios.

    3.3.2. Requisitos.

    3.4.- Características de los Apoyos.

    3.5.- Tipos de apoyo.

    3.5.1.- Proyectos estratégicos.

    3.5.2.- Exclusiones y limitaciones.

    3.6.- Derechos, Obligaciones y Sanciones de los beneficiarios.

    3.6.1.- Derechos.

    3.6.2.- Obligaciones.

    3.6.3.- Sanciones.

    3.7.- Participantes.

    3.7.1.- Ejecutores.

    3.7.2.- Instancias Normativas.

    3.7.3.- Participación de otra Instancia de la SECTUR.

    3.7.4.- Unidades Administrativas Participantes en el Comité Dictaminador del PRODERMAGICO.

    3.7.5.- Comité Dictaminador del PRODERMAGICO.

    3.7.6.- Instancia(s) de Control y Vigilancia.

    3.8.- Complementariedad y sinergia con otros recursos federales.

  4. - Operación.

    4.1.- Proceso.

    4.1.1.- Recepción de propuestas.

    4.1.2.- Procedimiento de selección.

    4.1.3.- Firma de Convenio.

    4.1.4.- Contratación de obras, servicios relacionados con las mismas y acciones.

    4.1.5.- Supervisión de obras, servicios relacionados con las mismas y acciones.

    4.1.6.- Modificaciones a los Convenios de Coordinación.

    4.2.- Ejecución.

    4.2.1.- Avances físicos financieros, de supervisión de obra, servicios relacionados con las mismas y acciones.

    4.2.2.- Documentos de finalización de obra, servicios relacionados con las mismas y acciones.

    4.2.3.- Cierre de Proyectos y Terminación de Convenio.

    4.2.4.- Recursos no devengados.

    4.3.- Gastos indirectos.

  5. - Auditoría, Control y Seguimiento.

  6. - Evaluación.

    6.1.- Interna.

    6.2.- Externa.

  7. - Transparencia.

    7.1.- Difusión.

    7.2.- Acciones de Blindaje Electoral.

  8. - Perspectiva y Equidad de Género.

  9. - Enfoque de Derechos.

  10. - Quejas y Denuncias.

ARTICULOS TRANSITORIOS

ANEXOS.

FLUJOGRAMA.

  1. - Introducción.

    El Turismo es un sector estratégico para el país, porque tiene una alta capacidad para generar empleo, competir exitosamente, democratizar la productividad entre sectores económicos y regiones geográficas, y generar alto valor a través de su integración con cadenas productivas locales.

    Por esta razón, y con el objeto de elevar el nivel de bienestar de la sociedad, se deben crear las condiciones necesarias que hagan posible el aprovechamiento del potencial turístico de México para generar una mayor derrama económica en el país.

    La estrategia 4.11.2 del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece que para el aprovechamiento del potencial turístico de México, se debe impulsar la innovación de la oferta y elevar la competitividad del sector turístico a través del fortalecimiento de la infraestructura y la calidad de los servicios y de los productos turísticos.

    En concordancia con la Meta Nacional IV del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, el Programa Sectorial de Turismo (PROSECTUR) 2013-2018, ha establecido como su objetivo sectorial 2: "Fortalecer las Ventajas Competitivas de la Oferta Turística", que en su diagnóstico señala que el turismo mexicano participa con el resto del mundo en un mercado cada vez más competido, en el cual es necesario promover un turismo sustentable y de calidad, que ofrezca productos y servicios innovadores, diversificados, con mayor valor agregado y con una adecuada articulación de las cadenas de valor productivas y comerciales vinculadas al turismo.

    Con ello, se generarán las condiciones para que los visitantes tengan una experiencia única, que fortalezca la competitividad del turismo mexicano en el mundo y que haga que la industria turística multiplique su potencial y que sus beneficios alcancen a más mexicanos.

    De igual forma, el Diagnóstico determinado por el PROSECTUR, refiere en el numeral II.2 que la

    competitividad en el sector turístico va de la mano del desempeño productivo de la actividad, la cual se ha considerado mediante la utilización de los recursos turísticos de manera ordenada y eficiente, para generar mayor valor agregado, riqueza y bienestar, a través de la transversalidad de convenios con otras Secretarías.

    Por lo anterior, la planeación establece la necesidad de mejorar los esquemas de inversión turística a efecto de desarrollar e impulsar negocios que fortalezcan las redes de infraestructura que faciliten el movimiento de turistas.

    En tal sentido, las acciones implementadas desde las autoridades gubernamentales y/o el sector privado en esta materia han derivado en estrategias desde distintos ámbitos, claramente identificables.

    Por lo anterior, y en atención al objetivo sectorial descrito, la SECTUR creó el Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos (PRODERMAGICO), el cual contribuye a mejorar las condiciones de la infraestructura y equipamiento en las localidades, la capacitación de los prestadores turísticos, el apoyo a la movilidad de turistas, buscando el fomento del producto por conducto de la diversificación de su oferta, y con ello, en el mediano y largo plazo, la consolidación e innovación de nuestros destinos turísticos y Pueblos Mágicos.

    Para ello, las presentes Reglas de Operación contemplan el apoyo a proyectos que contribuyan al desarrollo turístico, a través de subsidios, en beneficio de la población que habita los destinos turísticos.

    Para llevar a cabo dichos proyectos las Direcciones Generales de Gestión de Destinos y de Desarrollo Regional y Fomento Turístico podrán, a través de un grupo de trabajo, recomendar al Comité Dictaminador la procedencia de los mismos. Dicha acción será realizada a través del llenado de la "Cédula de evaluación de utilidad turística de proyectos", que emita el...

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