Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a la Cultura para el ejercicio fiscal 2019. (Continúa de la Segunda Sección).

Fecha de disposición27 Febrero 2019
Fecha de publicación27 Febrero 2019
EmisorSECRETARIA DE CULTURA
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

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ACUERDO por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a la Cultura para el ejercicio fiscal 2019. (Continúa de la Segunda Sección). (Viene de la Segunda Sección)

f) Integrar el Reporte Final del proyecto cultural, en el formato establecido por "EL PAICE" y remitirlo a "LA DGVC", a más tardar 15 días hábiles después de que "LA INSTANCIA BENEFICIARIA" haya concluido la ejecución del proyecto cultural.

g) Los demás que acuerden "LAS PARTES" por escrito en el instrumento jurídico correspondiente.

SEXTA.- "LA INSTANCIA BENEFICIARIA", será la única responsable de la ejecución del proyecto cultural, por lo que se compromete a realizar las siguientes acciones para cumplir con los objetivos y fines de "EL PAICE":

a) Vigilar y supervisar el desarrollo del proyecto cultural objeto del presente Acuerdo, mismo que ha sido beneficiado por "EL PAICE"; y

b) Las demás que se requieran y acuerden "LAS PARTES" por escrito a través de la suscripción del Instrumento Jurídico correspondiente, para el cumplimiento de los objetivos y fines de "EL PAICE".

SÉPTIMA.- "LA SECRETARÍA", designa como para la coordinación y realización de los compromisos contraídos en el presente acuerdo a la "LA DGVC". Por su parte, "LA INSTANCIA BENEFICIARIA" designa como responsable a su titular en funciones.

OCTAVA.- "LA SECRETARÍA" y "LA INSTANCIA BENEFICIARIA", reconocen expresamente que la suscripción del presente Acuerdo, implica la aceptación de todos y cada uno de los términos del Fallo emitido por el Jurado Dictaminador de "EL PAICE", en su _______ Sesión, de fecha __ de ______ de 20____, respecto al proyecto cultural presentado; así como de las Reglas de Operación de "EL PROGRAMA".

NOVENA.- "LA SECRETARÍA" y "EL ESTADO", convienen en que corresponderá a "LA INSTANCIA BENEFICIARIA", por conducto de ___________, ser el órgano encargado de la supervisión del desarrollo del proyecto cultural que ha sido presentado y aprobado en el marco de "EL PROGRAMA" mediante "EL PAICE", y al que se refiere la cláusula primera del presente Acuerdo.

DÉCIMA.- "LAS PARTES" convienen que podrán, cuando así lo consideren conveniente, realizar por conducto de sus Contralorías, las auditorías necesarias a la aplicación de los recursos otorgados para el cumplimiento del objeto del presente Acuerdo.

DÉCIMA

PRIMERA.- "LAS PARTES" convienen que el presente Instrumento no constituye una sociedad o empresa de ningún tipo entre las mismas, por lo tanto "LA SECRETARÍA" no será responsable de los gastos, deudas o responsabilidades económicas, civiles, penales, autorales, laborales, administrativas, fiscales o de seguridad social que contraiga "LA INSTANCIA BENEFICIARIA".

DÉCIMA

SEGUNDA.- "LAS PARTES" convienen que el personal que participe, por parte de cada una de ellas, en la organización, ejecución, supervisión y cualquier otra actividad que se lleve a cabo con motivo del presente Acuerdo, quedará en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la parte que lo designó, sin que se entienda en forma alguna, que en la realización de los trabajos desarrollados durante la designación, se pudiesen generar o haber generado derechos laborales o de otra naturaleza, con respecto a la otra parte signante.

DÉCIMA

TERCERA.- Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad civil por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de una contingencia, en la inteligencia de que, una vez superados los eventos, se reanudarán las actividades en la forma y términos que determinen por escrito "LAS PARTES".

DÉCIMA

CUARTA.- "LAS PARTES" convienen que, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo __, fracción __, del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 20__, y a lo establecido en las Reglas de Operación de "EL PROGRAMA", toda la papelería, documentación oficial, así como la publicidad y promoción relacionada con "EL PAICE", deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".

DÉCIMA

QUINTA.- Con el propósito de dar cumplimiento con lo establecido en la Ley General de Desarrollo Social y su Reglamento, así como en el Acuerdo por el que se establecen los lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 2016, y de conformidad con los documentos rectores de Contraloría Social (Esquema, Guía Operativa y Programa Anual de Trabajo de Contraloría Social) de "EL PAICE"; autorizados por la Secretaría de la Función Pública, "LA INSTANCIA BENEFICIARIA" se compromete a realizar acciones de promoción y seguimiento de contraloría social.

DÉCIMA

SEXTA.- "LAS PARTES" convienen que cualquier modificación o adición al presente Acuerdo se hará de común acuerdo y a través de la suscripción del documento jurídico que corresponda.

DÉCIMA

SÉPTIMA.- El presente Acuerdo iniciará sus efectos jurídicos a partir de la fecha de la aportación, referida en la cláusula segunda inciso a) que realice "LA SECRETARÍA" y concluirá el día __ de ________ de 20___, concediéndose a "LA INSTANCIA BENEFICIARIA", de así solicitarlo por escrito a la "LA DGVC", previo al vencimiento del presente Acuerdo, hasta dos meses calendario de gracia para su conclusión.

DÉCIMA

OCTAVA.- El presente Acuerdo podrá darse por terminado anticipadamente por cualquiera de "LAS PARTES", previa notificación que por escrito presente alguna de ellas a su contraparte, con al menos quince días de anticipación; y será cancelado por "LA SECRETARÍA".

DÉCIMA

NOVENA.- En caso de existir recursos públicos federales no vinculados a compromisos de pago al 31 de diciembre de 20__, "LA INSTANCIA BENEFICIARIA" deberá reintegrarlos junto con los rendimientos que se hubieren generado para su entero a la Tesorería de la Federación (TESOFE), a través de "LA SECRETARÍA", de conformidad con lo dispuesto por los artículos 54, tercer párrafo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, respectivamente.

VIGÉSIMA.- "LAS PARTES" convienen que el presente Acuerdo, es producto de la buena fe, por lo que toda controversia que se derive de éste, respecto de su aplicación, interpretación, operación, formalización y cumplimiento, será resuelta atendiendo en primera instancia y de común acuerdo entre "LAS PARTES", a lo expresado en las Reglas de Operación citadas en la Declaración ___ del presente Acuerdo.

VIGÉSIMA

PRIMERA.- "LAS PARTES" convienen que en caso de no llegar a ningún arreglo de conformidad con lo establecido en la cláusula anterior, y de continuar la controversia sobre la aplicación, interpretación, operación, formalización y cumplimiento del presente Acuerdo, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, "LAS PARTES" aceptan y reconocen que se sujetarán a lo establecido en el Convenio Marco original y, en su caso, a la jurisdicción de los Tribunales Federales con residencia en la Ciudad de México, por lo que ambas renuncian desde ahora a cualquier fuero que pudiera corresponderles derivado de su domicilio presente o futuro.

LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE ACUERDO ESPECÍFICO DE EJECUCIÓN, Y ENTERADAS "LAS PARTES" DE SU CONTENIDO, VALOR Y CONSECUENCIAS LEGALES, LO FIRMAN EN ______ TANTOS ORIGINALES, EN ________, _________, EL DÍA __ DEL MES DE ____________ DEL AÑO DOS MIL __________.

POR "LA SECRETARÍA"
__________________________________________
__________________________________
DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
DIRECTOR(A) GENERAL DE VINCULACIÓN
CULTURAL
POR "EL ESTADO"
_______________________________________
____________________________________
________________________________
____________________________________
____________________________________

d) Proyecto de convenio de colaboración (municipios y universidades públicas estatales), en la modalidad de fortalecimiento a la infraestructura cultural.

CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA APLICACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYOS A LA CULTURA EN ADELANTE "EL PROGRAMA", EN LA VERTIENTE DE APOYO A LA INFRAESTRUCTURA CULTURAL DE LOS ESTADOS, EN LO SUBSECUENTE "EL PAICE", EN EL ESTADO DE ______________, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE CULTURA, EN LO SUCESIVO "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA POR _________________________________; Y POR LA OTRA, "LA INSTANCIA BENEFICIARIA", EN ADELANTE "LA INSTANCIA BENEFICIARIA", REPRESENTADA POR SU _______________________, _________________________; A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES"; DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

  1. "LA SECRETARÍA" declara que:

    I.1 Mediante el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 17 de diciembre del 2015, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como otras leyes, se crea la Secretaría de Cultura.

    I.2 Es una dependencia...

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