Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social (PCS), para el ejercicio fiscal 2019.

Fecha de disposición18 Octubre 2019
Fecha de publicación18 Octubre 2019
MateriaDerecho Público y Administrativo,Financiero
EmisorSECRETARIA DE BIENESTAR
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- BIENESTAR.- Secretaría de Bienestar.- Instituto Nacional de Desarrollo Social. MARÍA LUISA ALBORES, Secretaria de Bienestar, con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social; y Décimo Quinto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos, podrá señalar los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia. Asimismo, se señalarán en el Presupuesto de Egresos los criterios generales a los cuales se sujetarán las reglas de operación de los programas.

Que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20, "Bienestar", entre ellos, el Programa de Coinversión Social, se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, de adultos mayores, de rezago y de marginación, de acuerdo con los criterios de resultados que defina el Consejo Nacional de Población y a las evaluaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, en los programas que resulte aplicable y la Declaratoria de Zonas de Atención Prioritaria formulada por la Cámara de Diputados, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; protección social y programas asistenciales; y el fomento del sector social de la economía; conforme lo establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, y tomando en consideración los criterios que propongan las entidades federativas.

Que en este marco, las dependencias serán responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.

Que las dependencias, las entidades a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector o, en su caso, las entidades no coordinadas, publicarán en el Diario Oficial de la Federación las reglas de operación de programas nuevos, así como las modificaciones a las reglas de programas vigentes, a más tardar el 31 de diciembre anterior al ejercicio y, en su caso, deberán inscribir o modificar la información que corresponda en el Registro Federal de Trámites y Servicios, de conformidad con lo dispuesto por la Ley General de Mejora Regulatoria.

Que tomando en cuenta que con oficio número 312.A.-02319 del 01 de octubre de 2019, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitió la autorización presupuestaria correspondiente a las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social, para el ejercicio fiscal 2019, y la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria mediante oficio número CONAMER/19/6219 de fecha 16 de octubre de 2019, emitió el dictamen respectivo, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE COINVERSIÓN SOCIAL (PCS), PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019

ÚNICO: Se emiten las reglas de operación del Programa de Coinversión Social (PCS), para el ejercicio fiscal 2019.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial

de la Federación.

SEGUNDO.- Se abroga el Acuerdo por el que se emiten las reglas de operación del Programa de Coinversión Social, para el ejercicio fiscal 2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2017.

Dado en la Ciudad de México, a los dieciséis días del mes de octubre de dos mil diecinueve.- La Secretaria de Bienestar, María Luisa Albores González.- Rúbrica.

Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social (PCS) para el ejercicio fiscal 2019 (S070)

1 Introducción

El Programa de Coinversión Social tiene como propósito contribuir a garantizar que las personas ejerzan de manera efectiva sus derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, con énfasis en la reducción de brechas de desigualdad, así como contribuir a disminuir las condiciones de vulnerabilidad y discriminación que enfrentan las poblaciones y territorios en dónde se asientan las personas de comunidades indígenas

El PCS atiende lo mandatado en al artículo 8 de la Ley General de Desarrollo Social; así como lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019 en sus artículos 21 (Anexo 13) y 23 (Anexo 10), este es el marco legal de las presentes Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social (PCS), y atiende lo determinado en el DECRETO por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria para el año 2019.

El catálogo de localidades indígenas de CONAPO 2010, nos arroja que los Estados con la mayor densidad de población indígenas en localidades de muy alta marginación son: 1) Chiapas con el 28.92%; 2) Oaxaca con el 20.27; 3) Guerrero con el 18.34%; 4) Veracruz con el 10.22% y 5) Puebla con el 8.16%.

Según datos del Índice de Marginación, CONAPO, 2010, la población indígena se agrupa en 42,848 localidades de alta y muy alta marginación. Esta población, en general, se caracteriza por presentar desigualdades y carencias para el acceso a los bienes y servicios básicos, fundamentalmente en tres dimensiones: educación, vivienda e ingresos. Solamente nueve de los 15,385 asentamientos indígenas se encuentran en los grados bajo y muy bajo de marginación, lo cual demuestra el problema estructural característico de los pueblos indígenas.

Su situación es precaria y con diversos rezagos, por ejemplo, de la población indígena de 15 a 59 años 26.8% señalan que no cursaron ningún año de educación básica; el 26.8% cuentan con algún año de primaria, pero no la terminaron y un 52.6% terminó la primaria. El 25.9% de las mujeres indígenas y el 14.8% de los hombres indígenas, presentan un rezago educativo. El 28% habita en viviendas sin acceso a agua entubada. El 94.5% de la población vive en hogares familiares. Un 16.2% de los hogares indígenas cuentan con jefas de familia y el 25.6% de las mujeres participa en actividades económicas. Las mujeres indígenas de entre 12 y 49 años tienen en promedio 2.2 hijos.

El gobierno federal impulsará una nueva vía hacia el desarrollo para el bienestar, una vía en la que la participación de la sociedad resulta indispensable y que puede definirse con este propósito: construiremos la modernidad desde abajo, entre todos y sin excluir a nadie.

Por lo anterior, y con la intención de atender a las personas que habiten en zonas de población mayoritariamente indígena con alta y muy alta marginación, el Programa de Coinversión Social (PCS) tiene como fin contribuir al bienestar social de las personas que habitan en municipios indígenas con alta y muy alta marginación mediante el desarrollo de proyectos de cohesión social.

En este sentido, el PCS busca generar una complementariedad con los programas prioritarios del Gobierno Federal y potenciar el desarrollo sostenible de las comunidades, fomentando la participación ciudadana y procesos organizativos, gestionados por las propias comunidades indígenas para enfrentar la desigualdad imperante, la marginación, exclusión y que atiendan las causas que permitan el ejercicio efectivo de sus derechos humanos, desarrollen estrategias de cohesión e integración social para construir un país más justo e igualitario.

El PCS se alinea al numeral 2. Política Social, del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024.

El cual busca ayudar a construir un país con bienestar social, promoviendo el desarrollo sostenible, una cultura para la paz, para el bienestar y para todos.

El objetivo más importante del gobierno de la Cuarta Transformación es que, en 2024, la población de México esté viviendo en un entorno de bienestar.

El gobierno de México está comprometido a impulsar el desarrollo sostenible, que en la época presente se ha evidenciado como un factor indispensable del bienestar. Se le define como la satisfacción de las necesidades de la generación presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades. Además, se guiará por una idea de desarrollo que subsane las injusticias sociales e impulse el crecimiento económico sin provocar afectaciones a la convivencia pacífica, a los lazos de solidaridad, a la diversidad cultural ni al entorno. Es, en este tenor que, a través del PCS también se pondrán en marcha proyectos que contribuyan al desarrollo sostenible para, posteriormente, incidir en la cohesión social.

El gobierno federal impulsará las modalidades de comercio justo de economía social y solidaria.

Por último, dado que nuestro país ha ratificado su compromiso de contribuir con el cumplimiento de los...

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