Acuerdo por el que se envía una instrucción a las instituciones de seguridad social y de salud de la Administración Pública Federal y un exhorto a las instituciones públicas de las entidades federativas y a aquellas instituciones de salud del sector privado para que brinden atención a la salud con la utilización del Protocolo para el manejo clínico de la intoxicación por plomo en población de menores de 15 años, las mujeres embarazadas y en período de lactancia.

EdiciónMatutina
EmisorConsejo de Salubridad General

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- CSG.- Consejo de Salubridad General. El Consejo de Salubridad General, con fundamento en los artículos 4o, párrafo cuarto y 73, fracción XVI, Bases 1a. y 3a. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3o., fracción XVI, 4o., fracción II y 17 fracción I de la Ley General de Salud, así como 1, 9, fracción II y 10, fracción VIII del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 4o., párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud;

Que en términos de lo dispuesto en los artículos 73, fracción XVI, Base 1a de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 4o., fracción II de la Ley General de Salud, el Consejo de Salubridad General tiene el carácter de autoridad sanitaria;

Que el Consejo de Salubridad General, con base en las atribuciones que le confiere la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Salud, su Reglamento Interior y otros ordenamientos jurídicos, participa en el ámbito de su competencia, en la consolidación y funcionamiento del Sistema Nacional de Salud y en el establecimiento de la política nacional en materia de salud;

Que la intoxicación por plomo es reconocida desde el Siglo XIX y que dicho elemento químico se introdujo en México para la cerámica y producción de juguetes durante la Colonia, por lo cual quedo incorporada a formas tradicionales de la artesanía;

Que el Consejo de Salubridad General, en sesión ordinaria llevada a cabo el 27 de noviembre de 2019, tomo conocimiento de que la actual exposición de las personas a la contaminación química del ambiente provoca daños a la salud, tanto agudos como crónicos, cuyos efectos se acentúan en grupos de mayor vulnerabilidad como los estratos de mayor pobreza, las comunidades indígenas, la población de menores de 15 años, las mujeres embarazadas , las que se encuentran en periodo de lactancia, así como la población en general;

Que en México, dada la toxicidad del plomo, en la segunda parte de la década de los 80 se inició el retiro del elemento señalado en la composición de las gasolinas y a inicios de los 90 se iniciaron acciones para eliminar el plomo en el vidriado de cerámica cocinada abaja temperatura; para ello, entraron en vigor diversas normas oficiales mexicanas;

Que las acciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR