Acuerdo Específico número E/JGA/47/2018 de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, relativo al Acuerdo por el que se reforman diversas disposiciones del Manual de Remuneraciones de los Servidores Públicos del Tribunal Federal de Justicia Administrativa para el ejercicio fiscal 2018.

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EmisorTribunal Federal de Justicia Administrativa

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.- Secretaría Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración.

ACUERDO E/JGA/47/2018

ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL MANUAL DE REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018.

Acuerdo Específico número E/JGA/47/2018 de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, relativo al Acuerdo por el que se reforman diversas disposiciones del Manual de Remuneraciones de los Servidores Públicos del Tribunal Federal de Justicia Administrativa para el ejercicio fiscal 2018.

CONSIDERANDO

Primero. Que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa es un órgano jurisdiccional con autonomía para emitir sus fallos y con jurisdicción plena;

Segundo. Que la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, establece que el presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados para este Tribunal, se ejercerá con autonomía y conforme a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y las disposiciones legales aplicables, bajo los principios de legalidad, certeza, independencia, honestidad, responsabilidad, transparencia, eficacia, austeridad y racionalidad, así como que su administración será eficiente para lograr la eficacia de la justicia administrativa bajo el principio de rendición de cuentas y se sujetará a diversas reglas como lo son: ejercer directamente su presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados, sin sujetarse a las disposiciones emitidas por las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública; autorizar las adecuaciones presupuestarias sin requerir la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, siempre y cuando no rebase su techo global aprobado por la Cámara de Diputados; determinar los ajustes que correspondan a su presupuesto en caso de disminución de ingresos durante el ejercicio fiscal, y realizar los pagos, llevar la contabilidad y elaborar sus informes, a través de su propia tesorería;

Tercero. Que conforme a los párrafos cuarto y quinto del artículo 4 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Tribunal, dentro del margen de la autonomía presupuestal que le otorga su Ley Orgánica, contará con una unidad de administración encargada de planear, programar, presupuestar, establecer las medidas para la administración interna, controlar y evaluar las actividades del Tribunal respecto del gasto público;

Cuarto. Que de lo señalado en los considerandos que anteceden, se desprende que el Tribunal, como ejecutor de gasto con autonomía presupuestal, por conducto de su unidad de administración y en términos de lo establecido por la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria deberá emitir su manual de remuneraciones, el cual incluirá el tabulador de percepciones y las reglas correspondientes para su aplicación;

Quinto. Que corresponde a la Junta de Gobierno y Administración expedir en el ámbito administrativo los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del Tribunal Federal de Justicia Administrativa;

Sexto. Que el veintisiete de febrero de dos mil dieciocho, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo E/JGA/11/2018 mediante el cual se expide el Manual de Remuneraciones de los Servidores Públicos del Tribunal Federal de Justicia Administrativa para el Ejercicio Fiscal 2018, el cual tiene por objeto establecer las disposiciones generales para regular las remuneraciones de los Servidores Públicos del Tribunal, y en el Analítico de Plazas, Anexo 6, contiene la agrupación de plazas jerarquizadas por área;

Séptimo. Que la Sala Superior del Tribunal, en sesión privada de fecha veintinueve de noviembre de dos mil diecisiete, aprobó el Acuerdo SS/22/2017, por el que se reforman y adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa;

Octavo. Que aunado a las acciones inmediatas para apoyar el trabajo jurisdiccional, mediante la creación de la Segunda Sala Regional del Noroeste III, con sede en la Ciudad de Culiacán, Estado de Sinaloa, esto implica el incremento de la plantilla laboral y por ende de las plazas existentes, lo que trae como consecuencia, la modificación del Manual de Remuneraciones de los Servidores Públicos del Tribunal Federal de Justicia Administrativa para el ejercicio fiscal 2018, en cuanto a la creación de plazas presupuestales mediante movimientos compensados;

Noveno. Que derivado del incremento salarial autorizado para cada ejercicio presupuestal por el Gobierno Federal, y que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa otorga los mismos incrementos por concepto de sueldos, salarios y prestaciones, se requiere la actualización de los niveles de sueldos mensuales establecidos para el personal operativo. Así mismo para el buen funcionamiento del Tribunal;

Décimo. Que los niveles de los sueldos y salarios deberán incrementarse en proporción a lo acordado como política salarial para cada ejercicio, manteniendo el ingreso de los trabajadores en congruencia con el Presupuesto de Egresos de la Federación establecido para cada ejercicio fiscal;

Décimo Primero. Que el incremento salarial autorizado, también implica modificaciones de las prestaciones económicas denominadas "Despensa", "Previsión social múltiple", "Compensación por Desarrollo y Capacitación", "Ayuda por Servicios", y la "Ayuda de Transporte" en términos de la legislación laboral y de la normatividad presupuestaria aplicable, por lo que resulta necesario actualizar las disposiciones normativas que las contemplan;

Décimo Segundo. Que la Junta de Gobierno y Administración aprobó en sesión de fecha catorce de junio de dos mil dieciocho el Acuerdo E/JGA/40/2018, relativo a la Reestructura de la Secretaría Operativa de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Tribunal Federal de Justicia Administrativa;

Décimo Tercero. Que la Junta de Gobierno y Administración cuenta con facultades para acordar la distribución de los recursos presupuestales conforme a la Ley, dictar las órdenes relacionadas con su ejercicio y supervisar su legal y adecuada aplicación.

En consecuencia, con fundamento en lo dispuesto los artículos 21 y 23, fracciones II, IX, XIV, XXVI y XXXIX de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; con fundamento en lo establecido por el artículo 1 de la Ley Orgánica antes citada, en relación con los artículos 4, 5, fracciones I, incisos b), c), d), e) y f), II, incisos c) y d) y 66 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 21 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018; y 31, fracción I y 32 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Junta de Gobierno y Administración emite el siguiente:

ACUERDO

Único.- Se reforma el Manual de Remuneraciones de los Servidores Públicos del Tribunal Federal de Justicia Administrativa para el Ejercicio Fiscal 2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintisiete de febrero de dos mil dieciocho, en los artículos 17, fracción I, 23 y 24 fracciones I, II, III y IV, así como los Anexos 1, 2, 3 y 6, para quedar en los siguientes términos:

...

Artículo 17

Las Prestaciones previstas en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, son las siguientes:

  1. La prima quinquenal, que se otorgará en razón de la antigüedad, por cada 5 años de servicios efectivamente prestados hasta llegar a 25 años. Esta prestación se entregará sobre base mensual, en forma quincenal, conforme a lo siguiente:

Importe Mensual en Pesos
Antigüedad
160
De 5 a menos de 10 años
185
De 10 a menos de 15 años
235
De 15 a menos de 20 años
260
De 20 a menos de 25 años
285
De 25 en adelante

La prima quinquenal formará parte de la base de cálculo para determinar las cuotas correspondientes de los trabajadores a favor del ISSSTE; no así para determinar las aportaciones institucionales.

Artículo 23

La ayuda para despensa consiste en el otorgamiento de 785 pesos mensuales al personal operativo y al personal de mando y de enlace.

Artículo 24

En el caso de las Prestaciones al personal operativo se incluirán los siguientes conceptos:

  1. Previsión social múltiple por un importe mensual de 585 pesos;

  2. Ayuda por servicios por un importe mensual de 565 pesos;

  3. Ayuda de Transporte por un importe mensual de 600 pesos, y

  4. Compensación por desarrollo y capacitación por un importe mensual de 1,600 pesos.

Este concepto forma parte de la base de cálculo para determinar las cuotas de los Servidores Públicos y las aportaciones del Tribunal a favor del ISSSTE.

Estos conceptos se otorgarán en forma quincenal, en la proporción respectiva, a través del pago de nómina.

ANEXO 1

TABULADOR DE SUELDOS Y SALARIOS PERSONAL OPERATIVO

CLAVE
NIVEL
TIPO
SUELDO BASE BRUTO
MENSUAL
COMPENSACIÓN
GARANTIZADA BRUTA
TOTAL MENSUAL
B/C
Zona II
Zona III
Zona II
Zona III
Zona II
Zona III
CO11
34
C
8,170.00
8,445.00
2,670.00
2,835.00
10,840.00
11,280.00
CO11
34
C
8,170.00
8,445.00
2,670.00
2,835.00
10,840.00
11,280.00
CO11
34
C
8,170.00
8,445.00
2,670.00
2,835.00
10,840.00
11,280.00
BO11
34
B
8,17...

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