Acuerdo que establece las normas y políticas generales para la entrega-recepción de los asuntos y recursos asignados a los servidores públicos del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión

Fecha de disposición07 Enero 2016
Fecha de publicación07 Enero 2016
EmisorTRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION
SecciónPRIMERA. Poder Judicial

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.- Comisión de Administración.- Secretaría.- Contraloría Interna.

ACUERDO QUE ESTABLECE LAS NORMAS Y POLÍTICAS GENERALES PARA LA ENTREGA RECEPCIÓN DE LOS ASUNTOS Y RECURSOS ASIGNADOS A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN AL MOMENTO DE SEPARARSE DE SU EMPLEO, CARGO O COMISIÓN.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. Que el Artículo 108, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que para los efectos del Título Cuarto "De las Responsabilidades de los Servidores Públicos, Particulares Vinculados con Faltas Administrativas Graves o Hechos de Corrupción, y Patrimonial del Estado.", se reputarán como servidores públicos a los miembros del Poder Judicial Federal, quienes serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones.

SEGUNDO. Que el tercero y quinto párrafos, de la fracción III del artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que:

Para la investigación, substanciación y sanción de las responsabilidades administrativas de los miembros del Poder Judicial de la Federación, se observará lo previsto en el artículo 94 de esta Constitución, sin perjuicio de las atribuciones de la Auditoría Superior de la Federación en materia de fiscalización sobre el manejo, la custodia y aplicación de recursos públicos.

Los entes públicos federales tendrán órganos internos de control con las facultades que determine la ley para prevenir, corregir e investigar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas; para sancionar aquéllas distintas a las que son competencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; revisar el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de recursos públicos federales y participaciones federales; así como presentar las denuncias por hechos u omisiones que pudieran ser constitutivos de delito ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción a que se refiere esta Constitución.

TERCERO. Que el Artículo 113, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el Sistema Nacional Anticorrupción es la instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como -en la fiscalización y control de recursos públicos.

CUARTO. Que el Artículo 99, párrafo décimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos faculta al Tribunal Electoral para expedir su Reglamento Interno y los acuerdos generales para su adecuado funcionamiento; y que los Artículos 205 párrafo primero y 209 fracciones III, IV y V de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establecen que estarán a cargo de La Comisión de Administración, la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial; así corno las atribuciones de: expedir las normas internas en materia administrativa y establecer las disposiciones generales necesarias para el ingreso, carrera, escalafón, régimen disciplinario y remoción; establecer la normatividad y los criterios para modernizar los sistemas y procedimientos administrativos internos; y dictar las medidas que exijan el buen servicio y disciplina en el Tribunal Electoral.

QUINTO. Que el Artículo 8 fracción IV de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos establece que todo servidor público tendrá la obligación de rendir cuentas sobre el ejercicio de las funciones que tenga conferidas y coadyuvar en la rendición de cuentas de la gestión pública federal, proporcionando la documentación e información que le sea requerida en los términos que establezcan las disposiciones legales correspondientes.

SEXTO. Que los Artículos 1, 3, 7, 23, 24, 70 y 73 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública plantean como propósito fundamental poner a disposición del público la información que transparente el ejercicio de las acciones de los sujetos obligados, así como clasificar, organizar y conservar la información.

SÉPTIMO. Que los Artículos 1, fracciones III y IV; 3, 4, 31, fracción VII; 36, fracción X; y 41, fracción VI, del "ACUERDO General de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.", tienen como propósito transparentar la gestión pública, mediante la mejor organización, clasificación, manejo y custodia de los documentos y archivos, así como la difusión de la información que generen y actualicen las Unidades Administrativas del Tribunal Electoral.

OCTAVO. Que es necesario proporcionar certeza jurídica, histórica y física al patrimonio físico y documental del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, así corno asegurar la continuidad de las acciones para dejar soporte de las metas y objetivos alcanzados.

NOVENO. Que en los procesos de entrega - recepción, los servidores públicos involucrados deberán atender los principios de legalidad, transparencia, imparcialidad, eficacia, eficiencia y oportunidad en el ejercicio de sus respectivas funciones.

DÉCIMO. Que es necesario que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación cuente con los instrumentos jurídicos adecuados que le permitan normar los procesos de entrega - recepción de los asuntos y recursos que sus servidores públicos tuvieren asignados al momento de separarse de sus empleos, cargos o comisiones, dando así cumplimiento a la rendición de cuentas y a la transparencia en el uso y aplicación de los recursos asignados en el desempeño de su encargo; y con ello garantizar el pleno cumplimiento de las atribuciones constitucionales que le han sido conferidas como la máxima autoridad jurisdiccional en la materia electoral.

Por tanto, la Comisión de Administración del Poder Judicial de la Federación, con fundamento en lo señalado en los artículos 205 párrafo primero y 209 fracciones IV y V de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y artículos 166, 167 fracciones I y XVII, y 168 fracción IV del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ha tenido a bien aprobar el siguiente:

Acuerdo que establece las normas y políticas generales para la Entrega - Recepción de los asuntos y recursos asignados a los servidores públicos del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión.

ARTÍCULO PRIMERO

El presente Acuerdo establece las disposiciones conforme a las cuales las servidoras y los servidores públicos del Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación, deberán rendir por escrito, al separarse de su empleo, cargo o comisión, un informe sobre el estado de los asuntos de su competencia y entregar a quienes los sustituyan los recursos humanos, materiales y financieros, que les hayan sido asignados y en general, toda aquella documentación e información debidamente ordenada y clasificada, que haya sido generada en el ejercicio de sus funciones, y con ello, contribuir a mejorar la rendición de cuentas en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

ARTÍCULO SEGUNDO

Para los efectos de este Acuerdo se entiende por.

  1. El Acuerdo. El Acuerdo que establece normas y políticas generales para la Entrega - Recepción de los Asuntos y Recursos asignados a los Servidores Públicos del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión.

  2. Los Servidores Públicos. Todos los servidores públicos del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sujetos al cumplimiento del presente Acuerdo conforme a lo establecido en el Artículo 2° de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

  3. La Entrega - Recepción. La Entrega-Recepción es un procedimiento administrativo de interés público, de cumplimiento obligatorio y formal que deberá llevarse a cabo mediante la elaboración del Acta Administrativa de Entrega - Recepción que describa el estado que guarda la oficina cuya entrega se realiza, a la cual se acompañarán los anexos correspondientes.

  4. El Acta Administrativa de Entrega - Recepción. Documento en el que se hace constar el acto de la entrega - recepción, señalando las personas que intervienen y la relación de los recursos humanos, materiales y financieros que se entregan y reciben.

  5. Los Titulares de las Áreas. Todos los servidores públicos que ocupen la titularidad de cada una de las áreas que integran el Tribunal Electoral.

  6. La Contraloría Interna. La Contraloría Interna del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la

Federación.

ARTÍCULO TERCERO

Las disposiciones de este Acuerdo serán aplicables a los titulares de las áreas que integran el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y a todos aquellos servidores públicos que ocupen cargos hasta el nivel de Director de Área u homólogo.

Asimismo, corresponderá a los titulares de las áreas, determinar, en el ámbito de su competencia, los servidores públicos de nivel inferior a Director de Área u homólogo que por la naturaleza e importancia de las...

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