Acuerdo por el que se establece el segundo periodo vacacional 2018 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

Fecha de disposición27 Noviembre 2018
Fecha de publicación27 Noviembre 2018
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía.- Junta de Gobierno.

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL SEGUNDO PERIODO VACACIONAL 2018 DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA.

Con fundamento en los artículos 26 Apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 30 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, 52, 76 último párrafo y 77 fracción XIV de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica y 5 fracción XIV del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, y

Considerando

Que el artículo 76, último párrafo, de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, establece que las relaciones laborales de los trabajadores del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, se sujetarán a lo dispuesto en el apartado B) del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Que el artículo 30 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, establece que los trabajadores que tengan más de seis meses de servicio disfrutarán de dos periodos anuales de vacaciones de diez días laborables cada uno, en las fechas que se señalen al efecto, de acuerdo con las necesidades de servicio.

Que es conveniente que el periodo vacacional de los Trabajadores del INEGI, coincida en lo posible, con el Calendario Escolar autorizado por la Secretaría de Educación Pública para el ciclo escolar 2018-2019, y que éste, señala como vacaciones del 20 de diciembre de 2018 al 4 de enero de 2019.

Que mediante Acuerdo 7ª/III/2017 la Junta de Gobierno aprobó el Calendario Oficial de suspensión de labores del Instituto Nacional de Estadística y Geografía para el año 2018.

Que en ejercicio de las funciones conferidas a este Instituto deben contemplarse los plazos establecidos para los efectos correspondientes en las distintas materias, debiéndose dar a conocer al público en general.

Que en adición a lo aprobado en el calendario referido es necesario determinar los días que por corresponder al segundo periodo vacacional, no se consideran como hábiles en el INEGI, por lo que se somete a consideración de los miembros de su Junta de Gobierno el siguiente:

Acuerdo

Único.- El personal de base y de confianza (mando...

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