Acuerdo por el que se establecen días inhábiles para la Delegación Estatal del Instituto Mexicano del Seguro Social en Baja California Sur

EmisorInstituto Mexicano del Seguro Social

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de la República.- Instituto Mexicano del Seguro Social.- Dirección General.- Dirección de Incorporación y Recaudación. JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ ANAYA, Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, con fundamento en los artículos 9, párrafo segundo, 268 fracciones III, IX y XII, y 271, de la Ley del Seguro Social; 5o., 22 fracción I, y 59 fracciones I, V y XIV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 12 y 13, del Código Fiscal de la Federación, así como 66, primer párrafo, fracciones I, VIII y XVI, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y

CONSIDERANDO

Que los días 14 y 15 de septiembre de 2014, el huracán "Odile" afectó el Estado de Baja California Sur provocando graves daños materiales, que menoscabaron a la economía y a la planta productiva de esa región, con lo cual se puso en riesgo un gran número de fuentes de empleo en la entidad;

Que por Acuerdo número ACDO.AS1.HCT.170914/192.P.DG Y DIR, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de septiembre de 2014, el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, autorizó que se otorguen diversas facilidades administrativas para el cumplimiento de las obligaciones fiscales a cargo de los patrones y demás sujetos obligados que se vieron afectados por el huracán "Odile" en el Estado de Baja California Sur;

Que es indispensable llevar a cabo medidas extraordinarias adicionales, en apoyo a la reactivación de la planta productiva, así como a la restauración y la normalización de la actividad económica de las zonas afectadas, con el propósito de preservar las fuentes de empleo correspondientes así como el acceso a la seguridad social de los trabajadores y sus derechohabientes, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN DÍAS INHÁBILES PARA LA DELEGACIÓN ESTATAL DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN BAJA CALIFORNIA SUR

Artículo Primero

Para efecto de las actividades, procedimientos y trámites de afiliación, incorporación, recaudación y fiscalización que realiza el Instituto Mexicano del Seguro Social a través de la Delegación Estatal Baja California Sur y de las Subdelegaciones y Oficinas para Cobros "Cabo San Lucas" y "La Paz", se consideran días inhábiles el periodo comprendido...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR