Acuerdo por el que se establecen los días inhábiles para la tramitación de los recursos de reconsideración ante la Instancia Colegiada a que hace referencia el artículo 83, fracción I, de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.

EdiciónMatutina
EmisorComisión Federal de Electricidad

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un logotipo, que dice: Comisión Federal de Electricidad.

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS DÍAS INHÁBILES PARA LA TRAMITACIÓN DE LOS RECURSOS DE RECONSIDERACIÓN ANTE LA INSTANCIA COLEGIADA A QUE HACE REFERENCIA EL ARTÍCULO 83, FRACCIÓN I, DE LA LEY DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD.

RAÚL ARMANDO JIMÉNEZ VÁZQUEZ, Abogado General de la Comisión Federal de Electricidad y Presidente de la Instancia Colegiada de dicha empresa productiva del Estado; con fundamento en lo establecido en los artículos 82, primer párrafo, y 83, fracción I, de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad; 28, segundo párrafo, 29, 30 y 47, del Reglamento de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad; 73, fracción I, y 75, primer párrafo, del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de Electricidad; 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 74 de la Ley Federal del Trabajo; así como la cláusula 53 del Contrato Colectivo de Trabajo CFE-SUTERM 2020-2022 y la circular 013; y

CONSIDERANDO

Que los días inhábiles contemplados en los artículos 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 74 de la Ley Federal del Trabajo, así como los días de descanso obligatorio determinados conforme a la cláusula 53 del Contrato Colectivo de Trabajo CFE-SUTERM 2020-2022, son inhábiles para la tramitación de los recursos de reconsideración, por lo que, con la finalidad de dar a conocer al público en general los días en que no tendrán lugar actuaciones de la Instancia Colegiada ni correrán los términos de los recursos de reconsideración, se emite el siguiente

Acuerdo

Primero. Durante el año 2021 serán inhábiles para la tramitación del recurso de reconsideración ante la Instancia Colegiada de la Comisión Federal de Electricidad los siguientes días:

Día
Fundamento
1 de enero
Artículo 74, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo y artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
1 de febrero
Artículo 74, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo.
5 de febrero
15 de marzo
Artículo 74, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo.
29 de marzo al 2 de abril
28 de la Ley Federal de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR