Acuerdo por el cual se expide el Programa Nacional de Investigación Oceanográfica

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Al margen un logotipo, que dice: Comisión Nacional Coordinadora de Investigación Oceanográfica.

ACUERDO POR EL CUAL SE EXPIDE EL PROGRAMA NACIONAL DE INVESTIGACIÓN OCEANOGRÁFICA.

VIDAL FRANCISCO SOBERÓN SANZ, Secretario de Marina; MIGUEL ÁNGEL OSORIO CHONG, Secretario de Gobernación; CLAUDIA RUÍZ MASSIEU SALINAS, Secretaria de Relaciones Exteriores; RAFAEL PACCHIANO ALAMÁN, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales; JOSÉ EDUARDO CALZADA ROVIROSA, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; AURELIO NUÑO MAYER, Secretario de Educación Pública; ENRIQUE CABRERO MENDOZA, Director General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, y ENRIQUE LUÍS GRAUE WIECHERS, Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México, con fundamento en los artículos 3, fracción V, 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 27, 28, 30 fracciones XI, XII, XVII y XVIII, 32 bis, 35 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2 fracciones X, XIII y XVI, 3 y 7 fracción III de la Ley Orgánica de la Armada de México; 1, 4 y 6 fracción X y XX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Marina; 5 fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 1 y 7 fracción XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores; 1 fracción IX de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 5 fracciones II, XV, XVII, XXI y XXVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; 5 fracción XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; 1 y 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública; 1, 2 y 12 de la Ley de Ciencia y Tecnología; 2 y 9 de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; 1 y 9 de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México; 1, 9 fracción IV, 12 fracción III y 30 del Estatuto General de la Universidad Nacional Autónoma de México; Primero, Segundo y Quinto fracción II del Acuerdo mediante el cual se crea la Comisión Nacional Coordinadora de Investigación Oceanográfica publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 2006, y

CONSIDERANDO

Que México forma parte de los países más importantes del mundo por su biodiversidad y cuenta con una situación geográfica privilegiada, con acceso a los dos océanos más grandes del mundo, con una extensión de 11,122 kilómetros de litorales y de 3,149,920 kilómetros cuadrados de Mar Territorial y Zona Económica Exclusiva, así como una amplia plataforma continental y territorio insular;

Que el uso de los recursos marinos se debe basar en el aprovechamiento sustentable de los ecosistemas sin rebasar su capacidad de regeneración, lo cual nos permitirá seguir disfrutando de la naturaleza en el futuro, razón por la cual se debe estimular a las generaciones jóvenes a trabajar para conocer sus recursos y así poderlos explotar, en forma racional y en beneficio de los mexicanos;

Que mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013, se aprobó el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, el cual contiene los objetivos, estrategias, indicadores y metas que regirán la actuación del Gobierno Federal durante la presente administración;

Que el referido Plan Nacional en su Meta Nacional "México con Educación de Calidad", objetivo 3.5 "Hacer del desarrollo científico, tecnológico y la innovación pilares para el progreso económico y social sostenible", estrategia 3.5.4 "Contribuir a la transferencia y aprovechamiento del conocimiento, vinculando a las instituciones de educación superior y los centros de investigación con los sectores público, social y privado", establece, entre otras líneas de acción apoyar los proyectos científicos y tecnológicos evaluados conforme a estándares internacionales, así como promover la vinculación entre las instituciones de educación superior y centros de investigación con los sectores público, social y privado;

Que la Secretaría de Marina, como parte de sus atribuciones realiza actividades de investigación para colaborar al desarrollo científico y paralelamente la importante labor de vigilar la soberanía de las zonas marinas mexicanas; tomando en cuenta que el porvenir de la investigación sobre el océano y los mares del país pueden garantizar una calidad de vida, un desarrollo económico y el descubrimiento del conocimiento marino a favor de la humanidad;

Que existen diversas dependencias del Gobierno Federal, organismos públicos descentralizados, universidades e instituciones de educación superior que se dedican a la investigación oceanográfica, por lo que es necesario conjuntar esfuerzos con el propósito de lograr un desarrollo científico de los océanos, de las zonas marinas mexicanas y de sus recursos naturales;

Que la situación actual de las investigaciones oceanográficas en los mares mexicanos y la dispersión de esfuerzos, que de manera aislada efectúan investigadores mexicanos y extranjeros, sin lograr una integración que enriquezca el conocimiento de los mexicanos sobre el territorio nacional oculto bajo el mar, es un motivo para trabajar, hacia el progreso de la investigación oceanográfica para impulsar el desarrollo humano sustentable;

Que la Comisión Nacional Coordinadora de Investigación Oceanográfica (CONACIO), se creó mediante Acuerdo Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 2006, cuyo objetivo es analizar, proponer y coordinar las acciones y actividades de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en materia de investigación oceanográfica que realicen en las zonas marinas del país;

Que en términos de lo dispuesto en el artículo Quinto, fracción II del Acuerdo referido en el párrafo que antecede corresponde a la CONACIO, entre otras funciones, el proponer, coordinar y vigilar la elaboración y actualización de un Programa Nacional de Investigación Oceanográfica;

Que la CONACIO a través de su Comité Técnico, y en vinculación con la Comisión Intersecretarial para el Manejo Sustentable de Mares y Costas, elaboró el Programa Nacional de Investigación Oceanográfica, el cual establece los temas rectores y las necesidades de formar recursos humanos especializados en el uso de tecnologías del mar, así como de capacitación multidisciplinaria a expertos que apliquen sus conocimientos en el aprovechamiento de los recursos marinos, y

Que la coordinación e integración de esfuerzos interinstitucionales entre los distintos sectores del gobierno, ayudará a alcanzar resultados cuantificables en relación con la investigación científica marina, para lo cual se requiere continuidad en las acciones y que con los mismos recursos se logre una mayor productividad; por lo que en ejercicio de las atribuciones que nos confieren las disposiciones jurídicas aplicables y el ámbito de nuestras respectivas competencias; hemos tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

ÚNICO.- Se expide el PROGRAMA NACIONAL DE INVESTIGACIÓN OCEANOGRÁFICA anexo al presente Acuerdo.

TRANSITORIOS

Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- Los gastos que se generen en la aplicación del Programa Nacional de Investigación Oceanográfica, se llevarán a cabo con los recursos de los integrantes de la CONACIO, autorizados en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal correspondiente.

Dado en la Ciudad de México, a los veintidós días del mes de junio de dos mil dieciséis.- El Secretario de Marina y Presidente de la Comisión, Vidal Francisco Soberón Sanz.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong.- Rúbrica.- La Secretaria de Relaciones Exteriores, Claudia Ruiz Massieu Salinas.- Rúbrica.- El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Rafael Pacchiano Alamán.- Rúbrica.- El Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, José Eduardo Calzada Rovirosa.- Rúbrica.- El Secretario de Educación Pública, Aurelio Nuño Mayer.- Rúbrica.- El Director General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, Enrique Cabrero Mendoza.- Rúbrica.- El Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México, Enrique Luís Graue Wiechers.- Rúbrica.

PROGRAMA NACIONAL DE INVESTIGACIÓN OCEANOGRÁFICA

Noviembre 2015

EXTRACTO

Producto del consenso en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente, Conferencia Internacional de Oceanografía de 1994 y las reflexiones del Año Internacional del Océano de 1998; se ha definido a la Investigación Oceanográfica como: "Todas las actividades que se realizan para obtener conocimiento sobre el medio ambiente marino, sus recursos, sus procesos y los fenómenos que en él ocurren".

Oceanografía. Es la rama del conocimiento que comprende los estudios del océano como: la constitución del agua, movimiento, profundidad, fondo marino, flora, fauna, relación con los organismos vivos, la interacción con la atmósfera y su potencial económico. Además integra el conocimiento logrado por las ciencias marinas de Biología, Geología, Oceanografía Física y Oceanografía Química.

La meta básica de la Oceanografía es obtener una clara y sistemática descripción de los océanos, suficientemente cuantitativa para permitir predecir su comportamiento con cierta certeza.

México forma parte de los países más importantes del mundo por su biodiversidad y cuenta con una situación geográfica privilegiada, con acceso a los dos océanos más grandes del planeta...

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