Acuerdo de fecha nueve de febrero de dos mil veintiuno, por el que el Titular de la Contraloría Interna del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, determina como causa justificada la ampliación del término para la presentación oportuna de declaraciones de situación patrimonial y de intereses derivado de la contingencia por el coronavirus COVID-19, exclusivamente respecto de las personas que se indican.

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EmisorTribunal Federal de Conciliación y Arbitraje

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

ACUERDO DE FECHA NUEVE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIUNO, POR EL QUE EL TITULAR DE LA CONTRALORÍA INTERNA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, DETERMINA COMO CAUSA JUSTIFICADA LA AMPLIACIÓN DEL TÉRMINO PARA LA PRESENTACIÓN OPORTUNA DE DECLARACIONES DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES DERIVADO DE LA CONTINGENCIA POR EL CORONAVIRUS COVID-19, EXCLUSIVAMENTE RESPECTO DE LAS PERSONAS QUE SE INDICAN.

CONSIDERANDO

PRIMERO.- Que el 18 de diciembre de 2020, el Gobierno de la Ciudad de México publicó en la Gaceta Oficial de esa entidad federativa, el Trigésimo Sexto Aviso por el que se da a conocer el color del semáforo epidemiológico de la Ciudad de México y se establecen diversas medidas apremiantes de protección a la salud para disminuir la curva de contagios, derivado de que la ciudad está en alerta de emergencia por COVID-19.

SEGUNDO.- Que el día 21 de diciembre del dos mil veinte, la Secretaría de la Función Pública mediante el Diario Oficial de la Federación y derivado del "ACUERDO por el que se reforma y adiciona el diverso por el que se amplían los plazos previstos en el artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses en el año 2020, con motivo de las medidas de prevención y contención de la propagación de la enfermedad generada por el coronavirus SARS-CoV2 (COVID-19)"; amplío el plazo para presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses en la modalidad de modificación en términos de la fracción II del artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, hasta el 10 de enero de 2021, para las personas servidoras públicas de la Administración Pública Federal con niveles de jefe de departamento, enlaces, operativos y de base sindicalizados, que por primera vez están obligados a declarar, en términos del artículo SEGUNDO del "ACUERDO por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción da a conocer que los formatos de declaración de situación patrimonial y de intereses son técnicamente operables con el Sistema de Evolución Patrimonial y de Declaración de Intereses de la Plataforma Digital Nacional, así como el inicio de la obligación de los servidores públicos de presentar sus respectivas declaraciones de situación patrimonial y de intereses conforme a los artículos 32 y 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas."

TERCERO.- Este Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje en concordancia con lo...

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