Acuerdo G/JGA/33/2020 por el que se da a conocer el cambio de adscripción del Magistrado Juan Carlos Reyes Torres a la Tercera Ponencia de la Primera Sala Regional del Noroeste III con sede en Culiacán; cambio de adscripción del Magistrado Alberto Rodríguez García a la Primera Ponencia de la Sala Regional de Chiapas; y suplencia de Magistrado en la Segunda Ponencia de la Sala Regional de Chiapas.

Fecha de disposición20 Marzo 2020
Fecha de publicación20 Marzo 2020
EmisorTRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
SecciónUNICA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.- Secretaría Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración.

ACUERDO G/JGA/33/2020.

CAMBIO DE ADSCRIPCIÓN DEL MAGISTRADO JUAN CARLOS REYES TORRES A LA TERCERA PONENCIA DE LA PRIMERA SALA REGIONAL DEL NOROESTE III CON SEDE EN CULIACAN; CAMBIO DE ADSCRIPCIÓN DEL MAGISTRADO ALBERTO RODRIGUEZ GARCÍA A LA PRIMERA PONENCIA DE LA SALA REGIONAL DE CHIAPAS; Y SUPLENCIA DE MAGISTRADO EN LA SEGUNDA PONENCIA DE LA SALA REGIONAL DE CHIAPAS.

CONSIDERANDO

  1. Que de conformidad con el artículo 73, fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relacionado con el artículo 1, segundo y quinto párrafos de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el Tribunal es un órgano jurisdiccional con autonomía para emitir sus fallos y con jurisdicción plena; y el presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados para el Tribunal, se ejercerá con autonomía y conforme a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y las disposiciones legales aplicables, bajo los principios de legalidad, certeza, independencia, honestidad, responsabilidad y transparencia y su administración será eficiente para lograr la eficacia de la justicia administrativa bajo el principio de rendición de cuentas.

  2. Que el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial; por lo que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa se encuentra obligado a garantizar a los ciudadanos este derecho humano contenido en la Carta Magna de manera puntual.

  3. Que el artículo 21 de la Ley Orgánica vigente de este Tribunal, establece que la Junta de Gobierno y Administración tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, contando con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones.

  4. Que de conformidad con el artículo 46, párrafos primero y tercero inciso a) del Reglamento Interior del Tribunal, la Junta de Gobierno y Administración es el órgano que, en términos de la Ley, tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, entendiéndose por administración la actividad tendiente a la correcta y adecuada planeación, organización, operación y control de las áreas del Tribunal que correspondan a sus competencias.

  5. Que el artículo 47, primer párrafo del Reglamento Interior del Tribunal establece que los acuerdos que apruebe y emita la Junta de Gobierno y Administración son instrumentos normativos de carácter obligatorio y de observancia general en el Tribunal.

  6. Que las fracciones II, VI, XXIII y XXXIX del artículo 23 de la Ley Orgánica vigente de este Tribunal, faculta a la Junta de Gobierno y Administración para expedir los acuerdos...

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