Acuerdo General 07/2021 que emite el Tribunal Superior Agrario, relativo a las visitas de inspección a los Tribunales Unitarios Agrarios.

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EmisorTribunal Superior Agrario

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.

ACUERDO GENERAL 07/2021 QUE EMITE EL TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO, RELATIVO A LAS VISITAS DE INSPECCIÓN A LOS TRIBUNALES UNITARIOS AGRARIOS.

CONSIDERANDO

  1. Que con fundamento en el Artículo 27, fracción XIX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tribunales Agrarios son órganos jurisdiccionales con autonomía y plena jurisdicción para dictar sus fallos y fueron creados para la certeza jurídica en los derechos de propiedad ejidal, comunal y la pequeña propiedad.

  2. Que de conformidad con el artículo 2 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, éstos se integran por un Tribunal Superior y los Tribunales Unitarios Agrarios, estableciendo, junto con su Reglamento Interior, su competencia y las bases para su organización.

  3. Que de conformidad con los artículos 8o., fracción X y XI, y 11o., fracción IV, de la Ley Orgánica y 9o. del Reglamento Interior, ambos ordenamientos de los Tribunales Agrarios, son atribuciones de la Presidenta y del Pleno del Tribunal Superior Agrario, dictar, proponer y aprobar las medidas necesarias para la adecuada organización y funcionamiento de los tribunales, así como simplificar y hacer más expedita la administración de justicia agraria.

  4. Que los artículos 46 a 51(1) del Reglamento Interior de los Tribunales Agrarios establecen las reglas para realizar las visitas ordinarias y extraordinarias de inspección a los Tribunales Unitarios Agrarios.

  5. Que conforme a lo establecido en el artículo 6 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, en lo no previsto por dicha ley se aplicará supletoriamente; en lo que sea acorde con la naturaleza de los Tribunales Agrarios, la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal, que en sus artículos 101 y 102 establece los objetivos de las visitas de inspección ordinarias y extraordinarias, los cuales serán aplicables en lo que no se contrapongan con la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios.

  6. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 6 la garantía del acceso universal a las tecnologías de la información y comunicación. De igual forma, en los artículos 17 y 27, fracción XIX, determina que las y los justiciables tienen derecho al acceso efectivo a la justicia pronta, completa, imparcial y gratuita.

  7. Que las visitas de inspección se constituyen en un medio para inspeccionar y verificar el funcionamiento adecuado por parte de los tribunales agrarios, así como el cumplimiento de la normatividad, a fin de lograr un ejercicio responsable y profesional de la función jurisdiccional y administrativa con el propósito de garantizar el derecho humano de acceso a la justicia agraria pronta, honesta e imparcial.

  8. Que el once de marzo de dos mil veinte la Organización Mundial de la Salud determinó que la enfermedad causada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19) se constituyó como una pandemia de carácter mundial y, en México, el Consejo de Salubridad General (CSG) encabezado por el Secretario de Salud, por acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el treinta de marzo de dos mil veinte, declaró como emergencia por causa de fuerza mayor a la pandemia generada por el virus citado.

  9. Que conforme a lo anterior, atendiendo los riesgos sanitarios que pueden implicar las visitas presenciales en los tribunales unitarios, se hace necesario establecer que las visitas de inspección ordinarias o extraordinarias se pueden realizar también en la modalidad "a distancia", apoyándose en las tecnologías de la información y comunicación, así como prever diversas cuestiones que coadyuven en el mejor desahogo de éstas, conforme a los siguientes puntos de:

ACUERDO

Primero. Las visitas de inspección, ordinarias o extraordinarias, podrán realizarse de manera presencial o a distancia con el uso de las tecnologías de información y comunicación con que cuentan los tribunales agrarios.

Segundo. Los...

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