Acuerdo General 23/2015 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de denominación, domicilio y competencia de los once Juzgados de Distrito en el Estado de Puebla; a la conclusión de funciones del Juzgado Cuarto de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, y su transformación en Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal del Estado de Puebla; al inicio de funciones, denominación, residencia, competencia, jurisdicción territorial y domicilio del Juzgado Quinto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Puebla; así como a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los órganos jurisdiccionales de la entidad en mención, y a la creación y cambio de denominación de las respectivas oficinas de correspondencia común

Fecha de disposición29 Mayo 2015
Fecha de publicación29 Mayo 2015
MateriaDerecho Procesal
EmisorCONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
SecciónQUINTA. Poder Judicial

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL 23/2015, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL CAMBIO DE DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y COMPETENCIA DE LOS ONCE JUZGADOS DE DISTRITO EN EL ESTADO DE PUEBLA; A LA CONCLUSIÓN DE FUNCIONES DEL JUZGADO CUARTO DE DISTRITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA SEGUNDA REGIÓN, Y SU TRANSFORMACIÓN EN JUZGADO CUARTO DE DISTRITO DE AMPARO EN MATERIA PENAL DEL ESTADO DE PUEBLA; AL INICIO DE FUNCIONES, DENOMINACIÓN, RESIDENCIA, COMPETENCIA, JURISDICCIÓN TERRITORIAL Y DOMICILIO DEL JUZGADO QUINTO DE DISTRITO DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL ESTADO DE PUEBLA; ASÍ COMO A LAS REGLAS DE TURNO, SISTEMA DE RECEPCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE ASUNTOS ENTRE LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES DE LA ENTIDAD EN MENCIÓN, Y A LA CREACIÓN Y CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE LAS RESPECTIVAS OFICINAS DE CORRESPONDENCIA COMÚN.

CONSIDERANDO

PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81 fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y los juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

SEGUNDO. De conformidad con el artículo 94, párrafo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 81, fracciones VI y XXIV, y 144, párrafo segundo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número y límites territoriales y, en su caso, la especialización por materia de los juzgados de Distrito en cada uno de los Circuitos en que se divide el territorio de la República Mexicana. Así como dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos. Atribuciones que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, en términos del artículo 42 fracciones II y III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; publicado el veintidós de noviembre de dos mil trece en el Diario Oficial de la Federación;

TERCERO. El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes. En cumplimiento del mandato constitucional, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de veinticinco de febrero de dos mil quince, aprobó el dictamen relativo a la creación de dos juzgados de Distrito en el Estado de Puebla; y la semiespecialización de la totalidad de los juzgados de Distrito en esa entidad federativa.

En razón de lo anterior, los actuales Juzgados Primero y Segundo de Distrito, se denominarán Juzgados Primero y Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Puebla; los actuales Juzgados de Distrito del Tercero al Séptimo y el Decimoprimero, se denominarán Juzgados Primero, Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto y Sexto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla; los Juzgados de Distrito del Octavo al Décimo, se denominarán Juzgados Primero, Segundo y Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Puebla; todos con residencia en la ciudad de San Andrés Cholula; asimismo el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal en sesión de veinticinco de febrero del año en curso aprobó la creación de dos juzgados de Distrito en el Estado de Puebla, los cuales iniciaran funciones mediante la conclusión de funciones y su transformación del Juzgado Cuarto de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, en Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Puebla, con residencia en la ciudad del mismo nombre; así como del inicio de funciones del Juzgado Quinto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Puebla, con residencia en la ciudad del mismo nombre.

De igual forma, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, autorizó las plantillas justificadas de los Juzgados de Distrito en el Estado de Puebla, de conformidad con su especialización y semiespecialización; y,

CUARTO. De conformidad con la información proporcionada por la Coordinación de Administración Regional del Consejo de la Judicatura Federal, actualmente se cuenta con la infraestructura física para la instalación de los citados órganos jurisdiccionales, lo cual hace necesario determinar lo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR