Acuerdo General de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. (Continúa de la Tercera Sección)

Fecha de disposición22 Diciembre 2015
Fecha de publicación22 Diciembre 2015
EmisorTRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION
SecciónCUARTA. Poder Judicial

ACUERDO General de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. (Continúa de la Tercera Sección) (Viene de la Tercera Sección)

SECCIÓN TERCERA Artículos 265 y 266

De la Dirección de Licitaciones

Artículo 265 La Dirección de Licitaciones es el área encargada de desarrollar los procesos licitatorios para la adquisición de los bienes y adjudicación de los servicios requeridos por las áreas del Tribunal Electoral en apego a la normatividad establecida y al presupuesto autorizado para el ejercicio correspondiente.
Artículo 266

Para el cumplimiento de su objetivo, la Dirección de Licitaciones tendrá a su cargo las siguientes funciones:

  1. Cumplir y aplicar la normatividad, lineamientos y procedimientos establecidos en el Acuerdo General que regula los procedimientos de adquisición, arrendamiento de bienes muebles, prestación de servicios, obra pública y los servicios relacionados con la misma del Tribunal Electoral, en materia de adquisiciones;

  2. Integrar la documentación con la información necesaria (requisición, anexo técnico, certificación presupuestal , presupuesto base, convocatoria, invitaciones, bases, actas circunstanciadas, dictámenes resolutivos, informes ejecutivos, entre otros, según sea el caso), para la realización de los procedimientos de licitación pública e invitación a cuando menos tres proveedores o contratistas, así como, los procedimientos diversos de contratación autorizados por el Comité de Adquisiciones, relativos a la adquisición o contratación de los bienes y/o servicios, requeridos por las diversas áreas del Tribunal Electoral, de conformidad con el Acuerdo General de Adquisiciones;

  3. Elaborar y adecuar conjuntamente con la Coordinación, la Dirección General y la Jefatura de Unidad de Adquisiciones, el modelo de bases tipo de los procedimientos de licitación pública e invitación a cuando menos tres proveedores o contratistas, así como las convocatorias e invitaciones respectivas, de conformidad con el Acuerdo General de Adquisiciones, para que sean sometidos a la aprobación del Comité de Adquisiciones;

  4. Solicitar los recursos necesarios para el pago de derechos y realizar las gestiones necesarias para la publicación de las convocatorias en el Diario Oficial de la Federación y en los diversos periódicos de circulación nacional, en su caso, así como su debida comprobación;

  5. Realizar las gestiones para el uso de medios electrónicos, en su caso, para la realización de los procedimientos de concurso;

  6. Elaborar las bases de los procedimientos de licitación pública o invitación a cuando menos tres proveedores o contratistas, de acuerdo a la información contenida en los anexos técnicos y, en su caso, con la previa validación de las áreas solicitantes;

  7. Enviar a la persona titular de la Jefatura de Unidad de Adquisiciones, las bases de los procedimientos y anexos técnicos de licitaciones públicas e invitación a cuando menos tres proveedores, para que el área solicitante las valide;

  8. Organizar los eventos de licitación pública e invitación a cuando menos tres proveedores o contratistas, así como los procedimientos diversos de contratación autorizados por el Comité de Adquisiciones, de acuerdo a las fechas acordadas por la o el titular de la Coordinación de Adquisiciones, Servicios y Obra Pública;

  9. Integrar los dictámenes resolutivos técnico, legal y financiero en un informe ejecutivo, así como generar un dictamen resolutivo económico, presentando los resultados al Comité de Adquisiciones, para la definición y autorización del fallo que corresponda;

  10. Solicitar a la Coordinación de Asuntos Jurídicos la elaboración y formalización de los respectivos contratos, de acuerdo con los resultados obtenidos en los fallos de adjudicación de los distintos procedimientos de licitación pública e invitación a cuando menos tres proveedores o contratistas, así como de los procedimientos diversos de contratación aprobados por el Comité de Adquisiciones;

  11. Elaborar los informes vinculados con los procedimientos de licitación pública e invitación a cuando menos tres proveedores o contratistas, así como los que le sean requeridos por la o el titular de la Jefatura de Unidad de Adquisiciones;

  12. Cubrir, en el ámbito de su competencia, las ausencias temporales de su superior jerárquico; y

  13. Las demás funciones que en el ámbito de su competencia le atribuyan las disposiciones legales aplicables y le confieran las personas titulares de la Dirección General de Recursos Materiales y de la Jefatura de Unidad de Adquisiciones.

SECCIÓN CUARTA Artículos 267 y 268

De la Dirección de Adquisiciones

Artículo 267 La Dirección de Adquisiciones es el área encargada de asegurar que las adquisiciones de los bienes y servicios requeridos por las diferentes áreas del Tribunal Electoral se obtengan con las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
Artículo 268

Para el cumplimiento de su objetivo, la Dirección de Adquisiciones tendrá a su cargo las siguientes funciones:

  1. Cumplir y aplicar la normatividad establecida para la adquisición y administración de los recursos materiales del Tribunal Electoral y verificar periódicamente su cumplimiento;

  2. Coordinar y supervisar la elaboración de la información y documentación soporte para la realización de los procedimientos de licitación pública, invitación a cuando menos tres proveedores o contratistas y adjudicación directa por excepción, relativa a la adquisición y contratación de los bienes y servicios requeridos por las diversas áreas del Tribunal, con la finalidad de que, en su momento, sea sometida a consideración del Comité de Adquisiciones;

  3. Coordinar y supervisar las solicitudes de cotizaciones a los proveedores, los estudios de mercado e integración de expedientes en aquellos procedimientos que, por su monto de actuación, deban ser desahogados a través de adjudicaciones directas;

  4. Supervisar y validar las propuestas económicas de los participantes, en su aspecto legal y económico, así como el contenido del dictamen técnico respectivo presentado por las áreas solicitantes del Tribunal Electoral;

  5. Elaborar las propuestas fundamentadas respecto de la adquisición de bienes desahogados mediante el procedimiento de adjudicación directa, de conformidad con los montos de actuación autorizados por la Comisión de Administración;

  6. Revisar y controlar coordinadamente con la Jefatura de Unidad de Adquisiciones, las solicitudes de recursos financieros requeridas para el pago de pedidos, a efecto de evitar rezagos en su trámite;

  7. Dirigir y supervisar que la Subdirección de Control de Requisiciones y Seguimiento de Pedidos obtenga la información relativa a proveedores y precios y demás circunstancias pertinentes, así como para, en su caso, contar con el apoyo para el desarrollo de las adquisiciones de bienes que se lleven a cabo;

  8. Vigilar la integración y actualización de la base de datos relacionada con el catálogo de proveedores activos, sancionados e inhabilitados;

  9. Calcular y aplicar los montos de las penalizaciones en los pedidos por los incumplimientos cometidos por los proveedores;

  10. Formular los pedidos para las adjudicaciones aprobadas, así como los reportes e informes que le sean requeridos por la o el titular de la Jefatura de Unidad de Adquisiciones;

  11. Coordinar con la Dirección de Almacenes e Inventarios la adecuada recepción de bienes y el seguimiento del cumplimiento de los pedidos;

  12. Cubrir, en el ámbito de su competencia, las ausencias temporales de su superior jerárquico; y

  13. Las demás funciones que en el ámbito de su competencia le atribuyan las disposiciones legales aplicables y las que le confieran las personas titulares de la Dirección General de Recursos Materiales y la Jefatura de la Unidad de Adquisiciones.

SECCIÓN QUINTA Artículos 269 y 270

De la Subdirección de Control de Requisiciones y Seguimiento de Pedidos

Artículo 269 La Subdirección de Control de Requisiciones y Seguimiento de Pedidos en coordinación con la Jefatura de Unidad de Adquisiciones y la Dirección de su adscripción, es el área encargada de llevar a cabo el registro y control de las requisiciones de suministros, de bienes y de servicios, así como el seguimiento de los pedidos fincados.
Artículo 270

Para el cumplimiento de su objetivo, la Subdirección de Control de Requisiciones y Seguimiento de Pedidos tendrá a su cargo las siguientes...

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