Acuerdo General de la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por el que se modifica el punto de acuerdo tercero del Acuerdo General por el que se implementan diversas medidas en relación con el funcionamiento y operación de las áreas administrativas y órganos auxiliares de la Comisión de Administración, con motivo de la contingencia derivada de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

Fecha de disposición04 Agosto 2020
Fecha de publicación04 Agosto 2020
EmisorTRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION
SecciónUNICA. Poder Judicial

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.- Comisión de Administración.- Secretaría.

ACUERDO GENERAL DE LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, POR EL QUE SE MODIFICA EL PUNTO DE ACUERDO TERCERO DEL ACUERDO GENERAL POR EL QUE SE IMPLEMENTAN DIVERSAS MEDIDAS EN RELACIÓN CON EL FUNCIONAMIENTO Y OPERACIÓN DE LAS ÁREAS ADMINISTRATIVAS Y ÓRGANOS AUXILIARES DE LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN, CON MOTIVO DE LA CONTINGENCIA DERIVADA DE LA ENFERMEDAD POR EL VIRUS SARS-COV2 (COVID-19)

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que de conformidad con el artículo 99 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 184 y 185 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Tribunal Electoral es el órgano especializado del Poder Judicial de la Federación y, con excepción de lo dispuesto en la fracción II del artículo 105 de la propia Constitución, la máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral; funciona en forma permanente con una Sala Superior, siete Salas Regionales y una Sala Regional Especializada.

SEGUNDO. Que, con fundamento en el propio artículo 99 referido, en relación con el artículo 205 de la citada Ley Orgánica, la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, tiene a su cargo entre otras cosas, la vigilancia, disciplina y la administración del Tribunal Electoral.

TERCERO. Que la Comisión de Administración, en el desempeño de las tareas de vigilancia, disciplina y administración de este órgano jurisdiccional, de conformidad con las fracciones I, XI y XXII del artículo 167 del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, tiene la atribución de vigilar, en el ámbito de su competencia, el buen desempeño, funcionamiento y cumplimiento de las disposiciones legales y normativas en materia administrativa del Tribunal Electoral, así como el funcionamiento de los propios órganos auxiliares de la Comisión.

Aunado a lo anterior, en términos de las fracciones IV, V y XVIII del artículo 209 de la referida Ley Orgánica, la Comisión de Administración, tiene la facultad de establecer la normatividad y los criterios para modernizar las estructuras orgánicas, los sistemas y procedimientos administrativos internos así como para dictar las medidas que exijan el buen servicio y la disciplina en el Tribunal Electoral, y también dictar las bases generales de organización, funcionamiento, coordinación y supervisión de sus órganos auxiliares.

CUARTO. En el ámbito del Poder Ejecutivo Federal, el Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de Salubridad General y el Secretario de Salud han emitido diversos acuerdos para hacer frente a la pandemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), dentro de las cuales destaca la adopción de medidas estrictas de distanciamiento social y de esquemas para asegurar la continuidad de las actividades catalogadas como esenciales...

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