Acuerdo General de la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación relativo a la continuidad de las medidas para el funcionamiento y operación de las áreas administrativas y órganos auxiliares de la Comisión de Administración, en el contexto de la contingencia derivada de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

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EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.- Comisión de Administración.- Secretaría.

ACUERDO GENERAL DE LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN RELATIVO A LA CONTINUIDAD DE LAS MEDIDAS PARA EL FUNCIONAMIENTO Y OPERACIÓN DE LAS ÁREAS ADMINISTRATIVAS Y ÓRGANOS AUXILIARES DE LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN, EN EL CONTEXTO DE LA CONTINGENCIA DERIVADA DE LA ENFERMEDAD POR EL VIRUS SARS-COV2 (COVID-19)

CONSIDERANDO

PRIMERO. - El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, de conformidad con los artículos 99, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 184 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, es la máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral y órgano especializado del Poder Judicial de la Federación.

SEGUNDO. - Que el artículo 205 y 209 fracciones V y XXXII de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y 167, fracciones XI y XXII del Reglamento Interno de este Tribunal Electoral, en los que se establecen que la Comisión de Administración, como órgano de vigilancia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, tiene la atribución de dictar las medidas para el buen servicio del Tribunal, así como vigilar el buen funcionamiento de los órganos auxiliares de la misma, y el cumplimiento de las disposiciones legales y normativas en materia administrativa.

TERCERO. Que el 16 de marzo de 2020, el Magistrado Presidente emitió el Acuerdo del Magistrado Presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, relativo a la implementación de medidas que garanticen el adecuado funcionamiento en la prestación de los servicios esenciales y preventivas para la protección de los servidores públicos de esta institución y personas que acudan a sus instalaciones.

CUARTO Que el 30 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo del Consejo de Salubridad General por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19); desde esa fecha, ese consejo y las autoridades competentes en materia de salud, han emitido diversos acuerdos para hacer frente a la epidemia referida, dentro de las cuales destaca la adopción de medidas estrictas de distanciamiento social y de esquemas para asegurar la continuidad de las actividades catalogadas como esenciales, dentro de las que se incluyó a la procuración e impartición de justicia.

QUINTO. Que el 2 de abril de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo General de la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación por el que se implementan diversas medidas en relación con el funcionamiento y operación de las áreas administrativas y órganos auxiliares de la Comisión de Administración, con motivo de la contingencia derivada de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)., mediante el cual se dispuso la continuidad del desempeño de las funciones administrativas que resultan esenciales para dar continuidad a las actividades jurisdiccionales, las cuales se realizarían con el personal mínimo e indispensable, mediante la implementación de guardias presenciales, exceptuando al personal en situación de riesgo, así como madres y padres con hijos en edad escolar de hasta nivel medio superior, al tenor de las siguientes elementos principales:

· Se privilegió el uso de las tecnologías para el desarrollo de todas sus actividades a través de medios electrónicos y haciendo uso de la infraestructura de conexión remota (VPN) para la realización de dichas funciones.

· Se ratificó la suspensión de todas las actividades que implicaran la concentración de personas, en la inteligencia que podrían llevarse a cabo con el apoyo de medios electrónicos de comunicación remota.

· Se suspendieron los plazos y términos que en materia administrativa tienen lugar en el ejercicio de las funciones de la Contraloría Interna, Visitaduría Judicial y Dirección General de Investigación de Responsabilidades Administrativas hasta en tanto la Comisión de Administración lo determinara.

· Se suspendieron los plazos y términos para que todos los servidores públicos presentarán su Declaración Patrimonial y de Intereses, en sus modalidades de inicial, modificación y conclusión hasta en tanto la Comisión de Administración determinara, dentro de los quince días hábiles posteriores a la regularización de las actividades.

· Se implementaron filtros sanitarios en los accesos a los diferentes inmuebles del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

SEXTO. Que el 11 de mayo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo de la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación respecto a lo dispuesto en el artículo cuarto transitorio del Acuerdo General de la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación por el que se implementan diversas medidas en relación con el funcionamiento y operación de las áreas administrativas y órganos auxiliares de la Comisión de Administración, con motivo de la contingencia derivada de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado el 2 de abril de 2020, y en el cual se acordó la continuidad de las medidas establecidas en él.

Asimismo, se acordó que la Comisión de Administración podría ajustar las medidas establecidas, de conformidad con los acuerdos que emita el Consejo de Salubridad General y las instancias competentes, conforme a las disposiciones de la Constitución y las facultades que esta, sus leyes orgánicas y disposiciones reglamentarias aplicables les otorguen.

SEPTIMO. Que el 14 de mayo de 2020, la Secretaría de Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema que permita evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades de una manera gradual, ordenada y cauta, así como establecer acciones extraordinarias, y el 20 de mayo siguiente, el Gobierno de la Ciudad de México, publicó el Plan Gradual Hacia la Nueva Normalidad en la Ciudad de México.

OCTAVO. Que, en las actuales condiciones, y a efecto de cumplir con las disposiciones emitidas por la Secretaría de Salud, la Comisión de Administración considera necesario emitir disposiciones para la continuidad de la operación y funcionamiento de las áreas administrativas y órganos auxiliares de la Comisión de Administración, así como la reactivación de plazos y términos de todos los procedimientos de su competencia, en el contexto de que la COVID-19 es una enfermedad infecciosa que pone en riesgo la salud de la población en general, en razón de su fácil propagación y que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de proteger el derecho a la salud consagrado en el artículo 4 constitucional.

NOVENO. Que en todo momento se deberá tomar en consideración el comportamiento de la pandemia en las diferentes zonas en donde se encuentran físicamente las oficinas administrativas de los órganos auxiliares de la Comisión de Administración, por lo que, la reincorporación deberá ser de manera programada, paulatina y progresiva a la actividad normal, para evitar que la tasa de reproducción de la COVID-19 aumente, hasta en tanto no se cuente con una vacuna efectiva y validada por las organizaciones internacionales y nacionales que rigen las directrices en materia de salud, para lo cual se estará a lo dispuesto en el o los protocolos de reanudación de actividades que expidan las áreas competentes.

DECIMO. Que mediante Acuerdo 115/S6(25-VI-2020), la Comisión de Administración en su Sexta Sesión Ordinaria de 25 de junio de 2020, aprobó el Acuerdo General de la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Poder Judicial de la Federación, mediante el cual se implementa y regula el uso de la Firma Electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación, en las actuaciones del ámbito administrativo de este máximo órgano jurisdiccional electoral.

DECIMO PRIMERO. Que mediante Acuerdo 007/SE3(23-VII-2020), la Comisión de Administración en su Tercera Sesión Extraordinaria de 23 de julio de 2020, aprobó el Acuerdo General de la Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por el que se modifica el punto de acuerdo tercero del Acuerdo General por el que se implementan diversas medidas en relación con el

funcionamiento y operación de las áreas administrativas y órganos auxiliares de la Comisión de Administración, con motivo de la contingencia derivada de la enfermedad por el virus SARS-COV2 (COVID-19).

Por lo que, de conformidad con lo expuesto y ante las nuevas determinaciones tomadas por las autoridades competentes en materia de salud esta Comisión de Administración expide el siguiente:

ACUERDO

Capítulo I
Disposiciones generales Artículos 1 a 23
Artículo 1 Con la finalidad de evitar la concentración de personas y, con ello, la propagación del virus que ocasiona la enfermedad Covid-19, las labores de las áreas administrativas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación se sujetarán a las siguientes modalidades durante el período comprendido desde el inicio de vigencia del presente acuerdo hasta el 31 de octubre de 2020.
Artículo 2

Las personas titulares de las áreas administrativas y de los órganos auxiliares del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinarán la forma de organizar a sus equipos de trabajo, para lo...

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