Acuerdo General G/JGA/46/2018 de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por el que se aprueban los Lineamientos para el otorgamiento de la prerrogativa vacacional del personal que integra el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

EdiciónMatutina
EmisorTribunal Federal de Justicia Administrativa

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración.- Secretaría Auxiliar de la Junta de Gobierno y Administración.

ACUERDO G/JGA/46/2018

LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LA PRERROGATIVA VACACIONAL DEL PERSONAL QUE INTEGRA EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA.

Acuerdo General G/JGA/46/2018 de la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por el que se aprueban los Lineamientos para el otorgamiento de la prerrogativa vacacional del personal que integra el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

CONSIDERANDO

  1. El artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos tutela el derecho a vacaciones que tiene todo trabajador, en tanto que las normas legales de esta Institución, particularmente el artículo 65 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, regulan las vacaciones como un derecho que adquieren los trabajadores por el transcurso del tiempo en que prestan sus servicios;

  2. Para tal efecto, este último dispositivo señala que el personal del Tribunal tendrá cada año dos periodos de vacaciones, en los días que acuerde el Pleno General y que corresponde a la Junta de Gobierno y Administración determinar el personal que deberá realizar las guardias para atender las cuestiones de carácter urgente, durante los periodos vacacionales;

  3. En consecuencia, la Junta de Gobierno y Administración estima necesario y procedente establecer lineamientos para el otorgamiento de la prerrogativa vacacional, por lo que en términos de los artículos 21 y 23, fracción II, de la Ley Orgánica vigente, se emiten los siguientes:

LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LA PRERROGATIVA VACACIONAL DEL PERSONAL QUE INTEGRA EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA

Primero. El primer periodo de vacaciones del año 2018, inicia el 16 de julio y termina el 31 del mismo mes, conforme el calendario aprobado por el Pleno General para este año.

Segundo. Los servidores públicos que, teniendo derecho a gozar de los periodos vacacionales calendarizados por el Pleno General, hayan cubierto la guardia vacacional o hubieren dejado de disfrutar esta prerrogativa, por causa justificada y acreditable ante la Junta de Gobierno y Administración, deberán ejercerlas conforme a lo siguiente:

  1. Del 07 al 22 de agosto de 2018, para el primer periodo vacacional.

  2. ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR