Acuerdo General del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional Electoral, por el que se modifica el diverso OIC-INE/01/2020, únicamente en lo que respecta al primer periodo del programa de vacaciones para el año 2020 para el personal del Órgano Interno de Control.

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EmisorInstituto Nacional Electoral

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional Electoral.- Órgano Interno de Control.

ACUERDO GENERAL OIC-INE/07/2020

ACUERDO GENERAL DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO OIC-INE/01/2020, ÚNICAMENTE EN LO QUE RESPECTA AL PRIMER PERÍODO DEL PROGRAMA DE VACACIONES PARA EL AÑO 2020 PARA EL PERSONAL DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL.

ACUERDO

PRIMERO.- Se modifica el diverso OIC-INE/01/2020, únicamente en lo que respecta al primer periodo de vacaciones del año 2020 del personal del Órgano Interno de Control, para que pueda ser disfrutado en forma escalonada dentro del periodo comprendido del 16 de junio al 30 de noviembre de 2020.

SEGUNDO.- Se deja sin efectos la suspensión de plazos aprobada por el diverso OIC-INE/01/2020, únicamente en lo que respecta al primer periodo vacacional para el año 2020, subsistiendo la suspensión de plazos en lo correspondiente a los días inhábiles, así como lo dispuesto en los Acuerdos OIC-INE/04/2020 y OIC-INE/06/2020.

TERCERO.- Se instruye a la y los titulares de Unidad, directoras y directores de área y a la titular de la Coordinación Técnica y de Gestión de este Órgano Interno de Control, a garantizar a su personal el disfrute de su primer periodo vacacional dentro del lapso a que se refiere el punto PRIMERO de Acuerdo, estableciendo las medidas pertinentes para continuar con el ejercicio de sus atribuciones; por lo que deberán autorizar las vacaciones del personal adscrito en forma escalonada dentro del periodo mencionado, conforme a las necesidades de cada área.

CUARTO.- Se ordena a la Coordinación Técnica y de Gestión haga del conocimiento de la Dirección Ejecutiva de Administración del Instituto Nacional Electoral, el periodo de vacaciones autorizado a cada una de las personas servidoras públicas del Órgano Interno de Control, para los efectos conducentes.

QUINTO.- Con fundamento en los artículos 2 y 3, fracción VII, de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales, solicítese al Diario Oficial de la Federación, la publicación de los puntos resolutivos de este acuerdo, así como de las ligas electrónicas que correspondan relacionadas con los repositorios del Instituto Nacional Electoral y del propio Diario Oficial de la Federación donde presenten este Acuerdo íntegro.

SEXTO.- Con fundamento en el artículo 3, numeral 1, inciso g)...

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