Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el similar, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los Órganos Jurisdiccionales en relación con el turno de asuntos entre los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales de la Ciudad de México.

Fecha de Entrada en Vigor10 de Abril de 2017
EdiciónMatutina
EmisorConsejo de la Judicatura Federal

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA EL SIMILAR, QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES EN RELACIÓN CON EL TURNO DE ASUNTOS ENTRE LOS JUZGADOS DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

CONSIDERANDO

PRIMERO. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral del mismo, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO. De conformidad con el artículo 100, primer párrafo, constitucional, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;

TERCERO. Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal emitir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;

CUARTO. De conformidad con el artículo 81, fracción XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal establecer la normatividad y los criterios para modernizar la estructura orgánica; y

QUINTO. Es necesario reformar el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, para atender la situación actual del funcionamiento de los cinco juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México, con residencia en cada uno de los Reclusorios, Norte, Sur y Oriente, en dicha ciudad, y especialmente para establecer un sistema más equitativo de turno de asuntos urgentes y no urgentes de esos órganos jurisdiccionales en días y horas, hábiles e inhábiles.

Por lo anterior, se expide el siguiente

ACUERDO

ARTÍCULO ÚNICO

Se reforman los artículos 32 y 33 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, para quedar como sigue:

Artículo 32. La oficina de correspondencia común de los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México, funcionará durante dos semanas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR