Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la designación de los Consejeros que integrarán la Comisión que debe proveer los trámites y resolver los asuntos de notoria urgencia que se presenten durante el receso correspondiente al primer periodo de sesiones de dos mil dieciocho.

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EmisorConsejo de la Judicatura Federal

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA DESIGNACIÓN DE LOS CONSEJEROS QUE INTEGRARÁN LA COMISIÓN QUE DEBE PROVEER LOS TRÁMITES Y RESOLVER LOS ASUNTOS DE NOTORIA URGENCIA QUE SE PRESENTEN DURANTE EL RECESO CORRESPONDIENTE AL PRIMER PERÍODO DE SESIONES DE DOS MIL DIECIOCHO.

CONSIDERANDO

PRIMERO.- Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo de la Carta Magna; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

TERCERO.- De acuerdo con lo establecido por el artículo 81, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal establecer las Comisiones que estime convenientes para su adecuado funcionamiento y designar a los Consejeros que deban integrarlas;

CUARTO.- El precepto 77 de la citada Ley, establece que el Consejo de la Judicatura Federal contará con aquellas Comisiones Permanentes o Transitorias de composición variable que determine el Pleno;

QUINTO.- El artículo 73 de la mencionada Ley Orgánica, establece que el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal designará a los Consejeros que deban proveer los trámites y resolver los asuntos de notoria urgencia que se presenten durante los recesos, así como a los secretarios y empleados que sean necesarios para apoyar sus funciones;

SEXTO.- El Consejo de la Judicatura Federal tiene cada año dos períodos de sesiones; el primero, comprende del primer día hábil del mes de enero al último día hábil...

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