Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma, adiciona y deroga el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, en relación a la recepción y registro de las declaraciones de situación patrimonial y de intereses de los servidores públicos del Consejo, así como la transformación de la Coordinación de Derechos Humanos, Igualdad de Género y Asuntos Internacionales en Dirección General.

EdiciónMatutina
EmisorConsejo de la Judicatura Federal

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA EL SIMILAR QUE REGLAMENTA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL PROPIO CONSEJO, EN RELACIÓN A LA RECEPCIÓN Y REGISTRO DE LAS DECLARACIONES DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL CONSEJO, ASÍ COMO LA TRANSFORMACIÓN DE LA COORDINACIÓN DE DERECHOS HUMANOS, IGUALDAD DE GÉNERO Y ASUNTOS INTERNACIONALES EN DIRECCIÓN GENERAL.

CONSIDERANDO

PRIMERO. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO. De conformidad con el artículo 100, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;

TERCERO. Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;

CUARTO. Corresponde al Consejo de la Judicatura Federal establecer la normatividad y los criterios para modernizar sus estructuras orgánicas, de conformidad con el artículo 81, fracción XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y

QUINTO. Mediante oficio SEPLE./CON./001/2159/2019, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, instruyó que la Dirección General de Tecnologías de la Información, comparta a su homóloga del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el Sistema de Declaraciones Patrimoniales y de Intereses; y se adecue la normativa interna.

Por otro lado, mediante oficio SEPLE./GEN./002/2385/2019, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, aprobó la transformación de la Coordinación de Derechos Humanos, Igualdad de Género y Asuntos Internacionales en Dirección General de Derechos Humanos, Igualdad de Género y Asuntos Internacionales, la cual estará adscrita a la Coordinación de Asesores de la Presidencia del Consejo.

Por lo anterior, se expide el siguiente

ACUERDO

ÚNICO. Se reforman los artículos 2, fracción XV; 18, fracciones VIII párrafo primero, XVIII y XIX; 19, fracción III; 107, fracciones XVIII y XIX; la denominación del Capítulo Noveno del Título Segundo; 140; 141, párrafo primero; 142, párrafo primero; 143, párrafo primero; 160, fracción XXI; 163; 164, párrafo primero, y las fracciones I, VI, IX y XII último párrafo; 170, fracciones XX y XXI; 182, fracción VII; y 231; se adiciona el inciso a) a la fracción III del artículo 19; y se derogan el inciso d) de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR